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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


Entidades Religiosas de Derecho Público
ESTATUTOS IGLESIA CRISTIANA REDIMIDA DE DIOS MISIÓN INTERNACIONAL EN CHILE REGISTRO N° 01852 DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2009. LEY 19.638
(Extracto)
Alberto Mozó Aguilar, Notario Público, 40ª Notaría de Santiago, Teatinos 332, certifica, Anna Fasoro-Martínez, Rómulo Miranda Campos, Francisca Camila Concha Miranda, Silvia Rosa Miranda Campos y Alicia Spaudo Saravia, constituyeron Organización Religiosa ley 19.638 denominada "Iglesia Cristiana Redimida de Dios Misión Internacional en Chile - RCCG The Redeemed Christian Church of God", domicilio General Ibáñez 1739, Barrancas San Antonio, Quinta Región, visión y misión como propósito y finalidad lograr llegar al cielo, siendo santos en nuestra vida, llevar a cuantos más sea posible con la Iglesia y tener un miembro en cada familia de todas las naciones, para eso plantar iglesias muy cercanas entre sí, hasta lograr que cada país en el mundo sea llegado para Jesucristo. Fundamentos: La soberanía y la gracia de Dios, quien subsiste como Padre Hijo y Espíritu Santo, en la creación, providencia, revelación, redención y el juicio final. La divina inspiración de las sagradas escrituras, en la culpabilidad humana universal, el sacrificio vicario de Jesucristo, la justificación del pecador solamente en la gracia de Dios, el bautismo de agua por inmersión, la esperanza del retorno visible del Señor Jesucristo en poder y gloria. Cumplimiento objetivo se logrará por la mutua edificación en la común fe, mediante la adoración a Dios, discipulado de sus miembros, desarrollo integral de los mismos, fomentar y crear, para el logro de fines, instituciones corporaciones fundaciones, impartir enseñanza, información y asistencia religiosa de toda índole, ofrecer servicios solemnes propios de una iglesia evangélica, establecer lugares de culto. Los principales órganos serán: La Asamblea General: órgano máximo integrada por todos los miembros de la Iglesia. Junta Directiva compuesta por 3 miembros, atribuciones serán: dirigir y supervigilar la entidad religiosa, administrar bienes sociales y recursos, citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias, cumplir acuerdos, difundir y dar a conocer a la opinión pública la actividad de la Iglesia y, en general velar por buena marcha de Iglesia. Autoridad religiosa máxima será el Presidente, quien debe ser Ministro de Culto y representará a la Iglesia en el ámbito eclesiástico. Otros grados religiosos, pastor probando, ministros de culto simples, obreros de base. Lo que consta de escritura pública de fecha 31 de marzo de 2009 otorgada ante este Notario y escritura complementaria de fecha 24 de agosto de 2009 otorgada ante Notario Público don Clovis Toro.- Santiago, 5 octubre de 2009.




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