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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


Ministerio de Justicia
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA EVANGÉLICA TEMPLO DEL ESPÍRITU DE DIOS
Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco, Antonio Varas N°976, certifica siguiente extracto: Escritura de fecha 4 de diciembre de 2008, ante mí, reduce acta de constitución de Iglesia, de fecha 2 de noviembre de 2008. Contiene siguiente estatuto: Constitución Nombre e Inscripción: Extracto del estatuto entidad denominada "Iglesia Evangélica Templo del Espíritu de Dios", inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el número 01809 de fecha 4 de febrero de 2009.- Domicilio N°de Miembros y Duración: Domicilio: Calle 5 Norte N°2805 B, Temuco; Duración indefinida, y número de miembros ilimitados. Constituyentes: Carlos Alberto Quintana Pérez, Villa San Andrés s/n de Temuco; Carmen Gloria Quintana Pérez, Villa San Andrés s/n, Temuco; Claudia Alejandra Torres Muñoz, Once Norte 01244 Pobl. Evaristo Marín, Temuco; Hugo Enrique Utreras Utreras, Once Norte 01245 Pobl. Evaristo Marín, Temuco; Erika Paola Toro Navarrete, Ziem 2805 Pobl. Evaristo Marín, Temuco. Objeto: a) Evangelizar, b) Realizar labores educativas de tipo cultural y social, c) Promover la superación personal, d) Crear y sostener Templos, establecimientos asistenciales, refugios y centros de ayuda social. Organización y Administración: La organización será: Gobierno Congregacional, compuesto por un Directorio de siete miembros y un órgano eclesiástico. Principios: "Iglesia Evangélica Templo del Espíritu de Dios", cree en: a) La Trinidad, b) La creación divina, c) La inspiración divina de la Santa Biblia, d) La pecaminosidad del hombre, e) La redención de la culpa sólo por la muerte del Señor, f) La resurrección, g) La presencia y poder del Espíritu Santo, h) La justificación de los hombres, i) Iglesia de Jesucristo, j) La venida gloriosa del Señor Jesucristo, k) La vida eterna. Temuco, a 14 de octubre de 2009.




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