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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


Entidades Religiosas de Derecho Público
ASAMBLEA ESPIRITUAL DE LOS BAHÁ’ÍS DE PROVIDENCIA
(Extracto)
Acta de constitución de la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de Providencia como Personalidad Jurídica Religiosa con Derecho Público, según el artículo 11 del Reglamento de la ley 19.638. Óscar Ernesto Navarrete Villalobos, Notario Público Suplente del Titular 43ª Notaría Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Que el 29 octubre 2008, ante el Titular, se redujo a escritura pública el Acta de Reunión Constitutiva de la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de Providencia, celebrada el día 24 agosto 2008: a) El nombre de la entidad es Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de Providencia y su domicilio principal está en calle Francisco Bilbao N°3775, Depto. 2301, comuna de Providencia, Región Metropolitana. b) Por certificación del Ministerio de Justicia, de fecha 31 de julio de 2009 la entidad está anotada con el N°001790 del 15 de diciembre de 2008 en el Registro de Personas Jurídicas Religiosas de Derecho Público. c) El nombre de los constituyentes de la entidad es Coordinador, Anis Khan Sadeghpour Rezai; Vice Coordinador, Shadi Delighan-Manshadi Kemm; Secretaria de Actas, Ana María Ramírez Carrasco; Secretaria de Correspondencia, Vivian Bergman; Tesorero, Christine Lee Wright Badiian, y vocales: Alba Luz Paulino; Fabián Jesús González Berger; Nancy Sofía Ortega Pacheco, y Ana María Sepúlveda Vera. d) Su elemento esencial es la promoción y la práctica de las enseñanzas de las Escrituras Sagradas de la Religión Bahá’í, reveladas por Bahá’u’lláh, su Fundador; de Abdu’l-Bahá el Autorizado Intérprete, de Shoghi Efendi, el Guardián y de la Casa Universal de Justicia, la Suprema Autoridad Internacional Bahá’í con sede en Haifa, Israel, todas cuales tienden a la unidad sobre la base de los siguientes principios fundamentales: Unidad del Género Humano, Investigación Independiente de la Verdad; Unidad Esencial de Todas las Religiones, Revelación Progresiva de la Verdad Religiosa; Armonía entre Religión y Ciencia; Educación Universal Obligatoria; Igualdad entre Hombres y Mujeres; Eliminación de Prejuicios de Raza, Religión, Clase y Nacionalidad; Un Idioma Auxiliar Internacional, Solución Espiritual de los Problemas Económicos; Paz Universal; Un Tribunal Internacional de Justicia. e) El órgano de administración de la Religión Bahá’í es la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de Providencia, su Autoridad Suprema Bahá’í en Providencia, la que está constituida por nueve miembros elegidos en la Reunión Anual por los Bahá’ís mayores de 21 años de edad residentes en Providencia. Los miembros duran en funciones un año y pueden ser reelegidos indefinidamente. Otros órganos son los comités y departamentos que la entidad estime necesarios. La Asamblea Espiritual Nacional de los Bahá’ís de Chile, inscrita con el N°298 del 6 agosto de 2002 en el Registro de Personerías Jurídicas de Derecho Público del Ministerio de Justicia, autorizó la formación de la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de Providencia por carta de fecha 28 marzo de 2008. Sus estatutos se ciñen a la Sección Tercera del acta constitutiva de la Asamblea Espiritual Nacional de los Bahá’ís de Chile. Puede establecer funciones, corporaciones, escuelas, hospitales, orfelinatos, y cualquier otra entidad de servicio social que estime necesarios y que no contravengan las leyes, el orden público y las buenas costumbres. Las atribuciones de estos órgano conciernen a todos los asuntos necesarios para la administración y promoción de los fines de la institución, que se detallan en la Sección Primera, Artículos I al VII y en la Sección Segunda, Artículos I al XV del Acta Constitutiva. La Sección Tercera señala los nueve días Sagrados que están llamados a observar los creyentes de esta Religión. f) La Escritura Pública que contiene los estatutos inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia, fue otorgada con fecha 29 octubre de 2008, por el Notario Público, Titular de Santiago, Región Metropolitana, con oficio en esta ciudad, calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago. g) En relación a las disposiciones de la ley N°19.947, que establece la nueva Ley de Matrimonio Civil, la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de Providencia, nombra como su representante legal a Anis Sadeghpour Rezai, Cédula de Identidad N°21.986.719-0, con domicilio en Francisco Bilbao N°3775, Depto. 2301, Providencia.- Santiago, 27 de octubre de 2009.




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