GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


CENTRO CRISTIANO ÁGAPE-FILADELFIA
(Extracto)
Claudia Brahm Bahamonde, Notario Público de Puerto Montt, Suplente del Titular don Hernán Tike Carrasco, Urmeneta N°414, certifica: Que viene en extractar: Acta de constitución y aprobación estatutos persona jurídica de derecho público Entidad Religiosa "Centro Cristiano Ágape-Filadelfia". 1. Constitución. En Puerto Montt, República de Chile, a cinco de enero del dos mil nueve, se efectuó la asamblea constitutiva de la persona jurídica de derecho público de la Entidad Religiosa "Centro Cristiano Ágape-Filadelfia". 2. Domicilio. El domicilio principal de la entidad es calle Regimiento N°1020, comuna de Puerto Montt. 3. Registro. El 22 de mayo de 2009, el Ministro de Justicia asignó a la Entidad Religiosa "Centro Cristiano Ágape-Filadelfia" el N° 01876 del Registro Público de Iglesias, Confesiones e Instituciones Religiosas. 4. Constituyentes. Asistieron a la asamblea constitutiva y firmaron al final del acta respectiva, en señal de aprobación, las siguientes personas: 1.-Alejandro Seguel, 2.-Estrid Anna Louise Sjoberg Nilsson, 3.- Juan Ricardo Sjoberg, 4.-Elsa Abigaíl Matamala Matamala, 5.- Ángel Lorenzo Cortés, 6.-Ana Gabriela Muñoz Puentes, 7.-José Eduardo García García, 8.- Moisés Toro García, 9.- Benedicto Erlin Toro Toro, 10.- Luz Marina Carreño, 11.- Arístides Roberto Hernández Garcés, 12.- Alexis Sebastián Hernández Maldonado, 5. Elementos esenciales. De los Fines. Los propósitos de la organización son los siguientes. A. Difundir el Evangelio del Señor Jesucristo por todos los medios legítimamente aprobados por la Biblia, estableciendo para ello templos, institutos bíblicos, canales de televisión, librerías, casas editoras, radioemisoras, establecimientos de asistencia social y de beneficencia privada y acción social y, en general, por cualquier medio de difusión pública de ideas que no sean contrarias a la ley y la moral; B. Promover y desarrollar acciones de beneficencia privada y de solidaridad y acción social; C. Promover el culto religioso a Dios y la comunión cristiana entre los miembros, a través de la enseñanza de la doctrina cristiana, con base en las Sagradas Escrituras; D. Establecer congregaciones y desarrollarlas en la unidad; E. Promover las actividades de todos los ministros y congregaciones de su comunión en estricta sujeción a las enseñanzas bíblicas, a la legislación vigente, a las disposiciones de los presentes estatutos; B. Órganos de administración.- La Asamblea General es la reunión de todos ministros ordenados y licenciados de la iglesia, por lo que su número es variable, tendrá conocimiento de todo negocio colectivo y su resolución corresponderá a la Entidad Religiosa, la que adoptará los acuerdos en su Asamblea General por mayoría de dos tercios de los miembros presentes. Habrá dos clases de Asambleas Generales: Ordinarias y Extraordinarias. Se constituirá en Asamblea General Ordinaria en la segunda quincena de marzo con la mayoría absoluta de los miembros de la Entidad Religiosa, cada dos años, en el lugar designado por el Presbiterio Ejecutivo. Este acuerdo se avisará por carta o circular enviada con un mes de anticipación, a lo menos, a los domicilios que los miembros tengan registrados en la Entidad Religiosa. c) El Directorio: El Presbiterio Ejecutivo está formado por un total de 5 miembros, a saber: El Presidente Alejandro Seguel, Vicepresidente Estrid Anna Louise Sjoberg Nilsson, Secretario Ángel Lorenzo Cortés Fuentes, el Tesorero de la Entidad Religiosa Ana Gabriela Muñoz Puentes, y un Vocal Juan Ricardo Sjoberg. El Presbiterio General es el cuerpo que constituye el Directorio de la Entidad Religiosa, y estará conformado por: A- Todos los miembros del Presbiterio Ejecutivo. B- Los Superintendentes elegidos de acuerdo al Reglamento interno de la entidad Religiosa. Cada Superintendente tendrá la calidad de Director en las sesiones del Presbiterio General.7. Escritura pública actas de constitución. El acta de constitución de la Entidad Religiosa "Centro Cristiano Ágape-Filadelfia" fue reducida a escritura pública, otorgada ante la Notario de Puerto Montt, doña Claudia Brahm Bahamonde, Suplente del Titular don Hernán Tike Carrasco, el día 7 de abril 2009 N°2043 por requerimiento de la abogado doña Dámaris Aburto Barría, debidamente facultada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 7 de abril de 2009.




VolverTamaño de Fuente