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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA MISIONERA NUEVA ALIANZA DE CHILE
(Extracto)
Jorge Rehbein Ohaco, Notario Público, Balmaceda 279, Puente Alto, certifico: Que con fecha 4 de marzo de 2009 ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de los Estatutos de la Iglesia Misionera Nueva Alianza de Chile, y por escritura pública de fecha 24 de agosto de 2009 ante mí, se modificaron los estatutos de dicha Iglesia. Domicilio en calle Bulnes N° 541, comuna de San Bernardo, Registro Público Ministerio de Justicia N° 01830 de fecha 10 de marzo de 2009, como miembros constituyentes asistieron: Jaime Isaías Naranjo Valenzuela, Bernardino del Tránsito Pastén Puentes, Ricardo Arturo Álvarez Torres, Jeniffer Soledad Obregón Villacura, Juana Raquel Ortega Canales, Orlando Antonio Valenzuela Oróstica, Lucía Elizabeth Acosta Pastén, Eduardo Esteban Valdivia Fernandoi, Elena del Carmen Cortez Martínez, Mónica Cecilia Valenzuela Vidal, Jaime Exequiel Naranjo Ortega. La Iglesia es de denominación Cristiana Evangélica, su objetivo es proclamar y difundir el evangelio, realizar actividades, ayuda social, establecer labores de capellanía, crear dispensarios, policlínicos, hospitales, jardines infantiles, colegios. Los elementos esenciales que caracterizan y los fundamentos y principios de fe que la iglesia profesa, son los siguientes: a) Creemos que hay un Dios en Tres Personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo; b) Creemos en Jesucristo que es verdadero Dios, verdadero hombre, salvador y redentor del hombre; c) Creemos en la Biblia que es nuestra única regla de fe y conducta; d) Creemos en el Bautismo en agua como testimonio público de fe en Jesucristo; e) Creemos en la presentación de los infantes para dedicación a Dios; f) Creemos en la Santa Cena que fue instituida por Jesucristo para recordar su muerte y perdón de pecados. Sus órganos de administración son los siguientes: Asamblea General de Miembros: Forma de gobierno único de la Iglesia Misionera Nueva Alianza de Chile, de la asamblea se elegirá el Directorio de la Iglesia su número de miembros no será inferior a cinco. Tiene como facultad la ordenación de nuevos miembros eclesiásticos. También la facultad de administrar la Iglesia cuatro de marzo de dos mil nueve, y escritura pública de modificación en Constitución de fecha veinticuatro de agosto de dos mil nueve, se redujo a acta de los Estatutos Iglesia Misionera Nueva Alianza de Chile. Domicilio en calle Bulnes N° 541, comuna de San Bernardo, Registro Público Ministerio de Justicia, N° 01830 de fecha 10 de marzo de 2009, como miembros constituyentes asistieron: Jaime Isaías Naranjo Valenzuela, Bernardino del Tránsito Pastén Puentes, Ricardo Arturo Álvarez Torres, Jeniffer Soledad Obregón Villacura, Juana Raquel Ortega Canales, Orlando Antonio Valenzuela Oróstica, Lucía Elizabeth Acosta Pastén, Eduardo Esteban Valdivia Fernandoi, Elena del Carmen Cortez Martínez, Mónica Cecilia Valenzuela Vidal, Jaime Exequiel Naranjo Ortega. La Iglesia es de denominación Cristiana Evangélica, su objetivo es proclamar y difundir el evangelio, realizar actividades ayuda social, establecer labores de capellanía, crear dispensarios, policlínicos, hospitales, jardines infantiles, colegios. Los elementos esenciales que caracterizan y los fundamentos y principios de fe que la Iglesia profesa, son los siguientes: a) Creemos que hay un Dios en Tres Personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo; b) Creemos en Jesucristo que es verdadero Dios, verdadero hombre, salvador y redentor del hombre; c) Creemos en la Biblia que es nuestra única regla de fe y conducta; d) Creernos en el Bautismo en agua como testimonio público de fe en Jesucristo; e) Creemos en la presentación de los infantes para dedicación a Dios; f) Creemos en la Santa Cena que fue instituida por Jesucristo para recordar su muerte y perdón de pecados. Sus órganos de administración son los siguientes: Asamblea General de Miembros: Forma de gobierno único de la Iglesia Misionera Nueva Alianza de Chile, de la asamblea se elegirá el Directorio de la Iglesia su número de miembros no será inferior a cinco. Tiene como facultad la ordenación de nuevos miembros eclesiásticos. También la facultad de administrar la Iglesia. Demás estipulaciones escritura extractada.- Puente Alto, 24 de agosto de 2009.




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