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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2010


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
MINISTERIO EVANGELÍSTICO SEMILLA DE FE
(Extracto)
Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Notario Titular 19ª Notaría Santiago, Bandera 341, of. 352, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, A) Ministerio Evangelístico Semilla de Fe, domicilio Reforma número Novecientos Cuatro, Villa Manuel Rojas, comuna de Maipú, Santiago, Región Metropolitana, Código Postal 9300157.- B) Fecha 12 de octubre de 2009, Registro número 02007.- C) Constituyentes: Silvia de las Mercedes Rojas Guzmán, Miguel Orlando Argote Montero, Susana Victoria Gutiérrez Ortega, Aída del Tránsito Rojas Guzmán, Héctor Hernando Garrido Urrea, Erma Guzmán Guzmán, Noemí Génesis Argote Rojas, Claudia Katherine Cepeda Rojas, Boris Alexander Zárate Gutiérrez, Katherine Yuvikza Zárate Gutiérrez, Adolfo Antonio Zárate Lizana, Isabel del Carmen Argote Rojas, Roberto Enrique Tapia Barros, Luis Esteban Gómez Cid, Verónica Yeannette Rojas Guzmán. D) Principios: a) Creemos que hay un Dios en tres personas, Padre, Hijo, Espíritu Santo, denominada Santa Trinidad; b) Creemos en Jesucristo que es el verdadero Dios, verdadero hombre, salvador y redentor del hombre; c) Creemos en la Biblia que es nuestra única regla de fe y conducta; la Biblia en su canon de sesenta y seis libros, es la "Palabra de Dios" revelada al hombre, única y completa; d) Creemos en el Bautismo en agua como testimonio público de la fe en Jesucristo; e) Creemos en la Santa Cena que fue instituida por Jesucristo para recordar su muerte y perdón de los pecados. Fundamentos: a) Predicar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo a toda persona, sin importar su sexo, raza, nacionalidad, estado social e ideología política. b) Realizará individualmente o asociada con otros organismos sean públicos o privados, con fondos propios o aportes externos, obras de caridad y de ayuda al prójimo. c) Celebrar Actos religiosos como son Matrimonios, Bautismos, Misas, etc. d) Promover nuestra fe, el estudio de la palabra y las virtudes Cristiano Evangélicas. e) Enunciar, comunicar y difundir por cualquier medio permitido su propio credo y manifestar en su doctrina. f) Ejercer libremente su ministerio, practicar su culto, celebrar reuniones o eventos de carácter religioso y asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades que le son propias. g) Reunirse, manifestarse privadamente o públicamente con fines religiosos y asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades que le son propias. h) Fundar, abrir, cerrar, mantener, administrar y dirigir en forma autónoma institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, instituciones de salud, instituciones de beneficencia o humanitaria, como asilos de ancianos, comedores abiertos, hogares de niños y/o adultos, etc. i) Crear, participar, patrocinar, fomentar asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. Caracterista: jamás podrá comprometerse con doctrina antibíblica, agnóstica y/o libre pensadora. E) Los órganos de administración más relevantes, sus atribuciones más esenciales y el número de miembros que los componen: a) Directorio, Dirigir el Ministerio administrando sus bienes; b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las Asambleas Generales; c) Citar a la Asamblea General Ordinaria y Asambleas Extraordinarias, cuando las estimen necesarias o a petición escrita del tercio de los miembros del Ministerio; d) Someter a la aprobación de la Asamblea los reglamentos que fueren necesarios para el funcionamiento y cumplimiento de los fines del Ministerio; e) Someter a la consideración y aprobación de la Asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesario para su adecuado funcionamiento y el cumplimiento de los fines del Ministerio; f) Rendir cuenta por escrito ante la correspondiente Asamblea General Ordinaria de la inversión y manejo de los fondos del Ministerio y de su marcha durante el periodo de duración de sus funciones; g) Vigilar por estricto cumplimiento del estatuto y reglamentos internos de la corporación, y si fuese necesario, proponer la reforma de éstos manteniendo su correcta vigencia; h) Visitar los Ministerios locales, asistir y participar en todas las actividades del Ministerio. Miembros cuatro personas. Comisiones de control.- Compuesta por: 1) La comisión Revisora de Cuentas. a) Revisar semestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingreso y egreso que el tesorero debe exhibirle; b) Supervigilar la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas y dar cuenta a la Asamblea o el Directorio de cualquier irregularidad para que se adopten las medidas correspondientes; c) Comprobar la exactitud de inventarios; d) Elevar a la Asamblea General Ordinaria anual un informe escrito de las finanzas de la corporación. Número de miembros: tres integrantes activos. 2) Comisión de Ascensos. A) tendrá por objeto proponer al Directorio los ascensos ministeriales dentro de la Misión. Miembros tres pastores. 3) Consejo Asesor. a) evaluará informes, asesorías y recomendaciones en materias específicas y técnicas que el Directorio solicite. Miembro no superior a cinco personas, calificadas o profesionales. La Asamblea General ordinaria. Dará cuenta de su administración, presentará los informes de tesorería correspondientes, propondrá modificar el monto de las cuotas, informará sobre la inversión de los fondos administrados y tratará de cualquier otro asunto directamente relacionado con la administración y dirección del ministerio. Miembros, integrada por quince miembros activos. Asamblea General Extraordinaria. La reforma de los estatutos: Los directores podrán ser removidos de sus cargos, antes del término formal de su mandato. Número quince miembros activos. Comisión Electoral. Dirigirá el proceso eleccionario, realizará el recuento de votos y proclamará a nuestros directivos electos. Miembro por tres personas. F) Fecha, escritura pública de primero de octubre del año dos mil nueve, modificaciones del dieciséis de marzo del año dos mil diez, ambas otorgadas en la Décima Novena Notaría de Santiago, de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal. G) Representante legal, doña Silvia de las Mercedes Rojas Guzmán, cédula nacional de identidad número: siete millones quinientos cuarenta y ocho mil novecientos veinticinco guión cero. Domicilio en la Reforma Novecientos Cuatro, Código Postal 9300157, Villa Manuel Rojas, comuna de Maipú, Santiago, Región Metropolitana. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01/10/2009.




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