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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2010


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
"IGLESIA JESUCRISTO A LAS NACIONES"
(Extracto)
Extracto Acta de Constitución. Clovis Toro Campos, abogado Notario Público Titular décimo tercera Notaría Santiago, con oficio en Compañía 1312 Santiago. Certifico: Por escritura pública suscrita ante María Paz Valdés Véjar, suplente de este titular, el 21 de febrero del 2008, se constituyó entidad religiosa "Iglesia Jesucristo a Las Naciones" domicilio: Carrera 8526, Pudahuel, Santiago, Región Metropolitana, persona jurídica de derecho público, registro público 01610 de 28 de marzo de 2008, en virtud ley 19.638. Constituyentes: Virginia Espinoza L., Nelson Gutiérrez V., Andrea Villalobos A., Marcos Ramírez P., Mario González T., Guillermo Vidal G., Mirta Castillo V., Óscar Morales O., Adela Arancibia A., Claudio Ángel A., Claudio Romero A., Orlando González M., Amada González S., Johnny Vidal G., Miguel Zepeda Rivano, Guillermo Vidal M. Su finalidad será propagar enseñanza del evangelio. Ordenanzas: Bautismo por inmersión, presentación de niños, celebración Santa Cena, celebración del matrimonio entre personas de distinto sexo, justificación por la fe, creencia en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo, creencia en Jesucristo como único salvador de humanidad, concebido por obra del Espíritu Santo murió en la cruz del calvario y resucitó al tercer día, autoridad sagradas escrituras, bautismo Espíritu Santo, resurrección de los salvados para vida eterna y de los incrédulos para castigo eterno; arrebatamiento de la iglesia; en la sanidad divina por fe y la imposición de manos. Administración: Corresponderá al Obispo como órgano unipersonal, al Directorio como órgano colegiado y Asamblea de Pastores. Obispo: Órgano unipersonal, autoridad máxima orden espiritual iglesia. Directorio: integrado por 7, elegidos cada dos años en Asamblea General Ordinaria; funciones: Dirigir marcha administrativa y cumplimiento estatutos, reglamentos y demás normativas internas; administrar bienes sociales e invertir recursos de la iglesia; citar a Asambleas Generales; redactar y someter a aprobación Reglamentos Internos; cumplir acuerdos de Asamblea General; rendir cuenta por escrito y acordar creación de nuevos lugares de culto, establecimientos, ministerios y comisiones. Al Obispo, corresponderá representación legal de la entidad religiosa. Santiago, 23 abril 2010.




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