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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2010


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA DE DIOS UNIDA-CHILE
(Extracto)
Armando Arancibia Calderón, Notario Público de la Notaría de La Cisterna, con oficio en Gran Avda. José Miguel Carrera N° 6988, La Cisterna, certifica el siguiente extracto: Acta de la Asamblea General de la entidad de derecho público Iglesia de Dios Unida-Chile. Asistencia: 190 miembros de un total de 234 de la nómina oficial de los registros del secretario, se recogen 190 papeletas de aprobación de acuerdos (PAA). Tabla de la asamblea: Uno) Renovación de dos directores. Se renueva a dos directores por ausencia, quedando éste de la siguiente manera: Saúl Langarica Verdín, presidente; Jaime Guíñez Rojas, secretario; Eugenia Riquelme Cabrera, tesorera; Francia Coppa Carrasco, director y Fermín Naín Huenchullán, director. Se aprueba esta renovación por 188 contra 2 PPA. Dos) Modificación estatuto. Se modifican tres artículos del estatuto: Primero: Se reemplaza el artículo Décimo Quinto por el siguiente: La calidad de miembro se pierde por renuncia, por suspensión y por desasociación. La suspensión será temporal y la desasociación tendrá el carácter de expulsión. Ambas sanciones, antes de ser notificadas, serán evaluadas y sancionadas por el Consejo de ministros de la Iglesia de Dios Unida-Chile y notificadas por escrito y/o verbalmente. Se dejará constancia escrita en el libro de actas del directorio cuando se trate de una desasociación o expulsión, la que será firmada por los ministros de la Iglesia de Dios Unida-Chile que participen en dicha evaluación y sanción. Segundo: Se reemplaza la segunda y tercera oración del artículo Vigésimo Tercero, por las siguientes: El pastor de las congregaciones en Chile es un miembro permanente del directorio y lo presidirá. El anciano de la Iglesia de Dios Unida-Chile con residencia en nuestro país es automáticamente miembro del directorio y el término de su cargo no expira, mientras mantenga su residencia. Tercero: Se modifica el artículo Trigésimo por el siguiente: Los oficiales del directorio de la Iglesia de Dios Unida-Chile serán el presidente, el secretario, el tesorero y los directores. Este directorio elegirá de entre sus miembros a los oficiales, siendo el presidente quien representa a la entidad para todos los efectos legales. Se aprueba la modificación al estatuto por 185 contra 5 PAA. Tres) Planes para el próximo período. Se aprueba por 190 PAA los planes para el siguiente período. Certificado: El Ministro de Fe que suscribe certifica que estuvo presente, de principio a fin, en la Asamblea General de que da cuenta el Acta precedente y que lo expresado en ella, respecto del temario, así como de los acuerdos adoptados y resultados de la votación, corresponde a lo sucedido durante su realización. Escritura pública N° 1317-2010, ante el Notario que certifica este extracto. Santiago, 21 de septiembre de 2010.




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