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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2010


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA BÍBLICA BAUTISTA EMANUEL
(Extracto)
Elba Sanhueza Muñoz, Notario Titular Notaría 32, Santiago, Paseo Phillips 23, certifica: Por escritura ante mí de 12 de mayo de 2008, se constituyó la persona jurídica de derecho público de acuerdo a la Ley N° 19.638 y cuyo extracto es el siguiente, Constituyentes: 1.- Antonio Baeza Alvarado; 2.- Florisa Baeza Breve; 3.- Daniela Baeza Rivas; 4.- Fernando Baeza Rivas; 5.- Rubén Canelo Pozo; 6.- Sylvia Galaz Román; 7.- Sergio Galaz Román; 8.-Isabel Irarrázabal Sáez; 9.- Rosa Muñoz Naranjo; 10.- Víctor Obregón Contreras; 11.- Alex Obregón Galaz; 12.- Viviana Obregón Galaz; 13.- Alex Soto Moya; 14.- Maritza Torres Muñoz; 15.- Ana Villanueva Moreno. Nombre: Iglesia Bíblica Bautista Emanuel. Domicilio, Santiago, Las Condes, Región Metropolitana; calle Los Vilos 1226, sin perjuicio filiales que la propia congregación acuerde establecer otras regiones y ciudades del país. Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 01659 de fecha 30 de mayo de 2008. Finalidades: La Iglesia Bíblica Bautista Emanuel tendrá como propósito y finalidad Exaltar a nuestro Señor y Salvador Jesucristo; evangelizar a los que no conocen personalmente al Señor Jesucristo como Salvador personal, equipar al pueblo de Dios para servir con mayor eficacia a nuestro Señor y exponer y contender ardientemente por la fe que ha sido una vez dada a los santos, y mantener la línea bíblica clara y consistentemente. El cumplimiento de dicho objetivo se buscará mediante la alabanza pública de Dios, la vida cristiana testimoniada por sus miembros, el evangelismo personal y colectivo, según lo indica la Palabra de Dios, la Biblia. El establecimiento o creación y mantención de locales de extensión; por medio de la educación cristiana; activando la responsabilidad social, de beneficencia y educativa por ejemplo a través de colegios, hogares de niños, hogares de ancianos, hogares para madres solteras y/o abandonadas, albergues para estudiantes, policlínicos, centros médicos, centros de recreación deportiva, campamentos de recreación, y descanso, jardínes infantiles, escuelas, centros de formación técnica, universidades, Agencias Misioneras o cualquier otra organización o establecimiento que exista o se creare, será de carácter público, conforme a la Ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, y mediante la colaboración con otras Iglesias basadas en los mismos principios que ésta, pudiendo participar e integrar federaciones o convenciones regionales y/o entidades nacionales e internacionales. Para promover los objetivos propuestos y las actividades derivadas, la entidad hará uso de medios de difusión hablados, escritos, visuales, computacionales, etcétera. Duración: Indefinida a contar de la fecha de su constitución, sin perjuicio de lo que se establezca en las disposiciones estatutarias y legales respecto de su disolución. Órganos de Administración: La Iglesia reconoce la responsabilidad del Pastor de proveer dirección al ministerio, el cual y para todos los efectos legales tendrá la calidad de Ministro de Culto. Los oficiales reconocidos por la entidad son el Pastor y los Diáconos, quiénes en todo momento defenderán celosamente el bienestar de la Iglesia, guardando cuidadosamente los principios bíblicos. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 12 mayo 2008.




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