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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2010


MINISTERIO CRISTIANO NAIOT DE SANTIAGO
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que, con fecha 14 de diciembre de 2009, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de Constitución de Persona Jurídica de Derecho Público denominada Ministerio Cristiano Naiot de Santiago, celebrada el 27 de octubre de 2009, inscrita en el Registro Público de entidades religiosas bajo el No. 02032, de fecha 28 de diciembre de 2009, constituida por su Presidente: Carlos Roberto Toro Sepúlveda CI: 12.483.549-6; Vicepresidenta: Susana Amelia Díaz Martínez CI 13.545.900-3; Director: Leonardo Adolfo Gatica Montecino CI 15.003.980-0 Tesorera: Elba Susana Martínez Delaporet CI 4.226.802-K; Secretaria: Romina Verónica Pinto Moya CI 13.925.873-8; Verónica Georgina de la Luz Araneda Pérez CI 15.359.152-0; María Soledad Sepúlveda Pérez CI 6. 024.709-9.- Objeto: uno) Predicar el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo con el objeto de proclamar y defender el Reino de Dios; dos) Ser una entidad religiosa compuesta de fieles predicadores de la Biblia que administren debidamente las Ordenanzas establecidas por Nuestro Señor Jesucristo; tres) Propender de acuerdo a la doctrina cristiana a fundar, escuelas, institutos de carácter social y de beneficencia, templos, hospitales, asilos, u otros; cuatro) Publicar literatura evangélica en forma impresa, digital y audiovisual, buscando contribuir a la formación espiritual, moral, intelectual y cívica de sus miembros y de la sociedad en general; cinco) Promover el desarrollo integral de los pastores, mediante el fortalecimiento de los principios bíblicos, la unidad, la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos sus miembros, y a quienes ellos representan en su condición de pastor; seis) Representar y asumir la defensa y protección de los pastores y los Ministerios que éstos administran, cuando agentes del Estado o particulares coarten, desconozcan o impidan el libre ejercicio de la proclamación del Evangelio, garantizado por las leyes de la República; y, siete) Procurar el bienestar de sus miembros, en logros para sus miembros o a quienes representan, provengan estos del Estado, del Municipio, entidades privadas o personas naturales.- Domicilio: San Carlos 1092, Comuna de Independencia, provincia de Santiago, Región Metropolitana, pero se podrá establecer y reunir en cualquier lugar del país. Duración: Indefinida.- Número de pastores e iglesias miembros de ésta, será ilimitado.- Podrá ser miembro toda persona que reconozca a Jesucristo como Señor de su vida, sea bautizado y que manifieste públicamente aceptar sus principios de fe y las disposiciones contenidas en los presentes estatutos.- Administración: Corresponderá a un Directorio formado por cinco miembros: El Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero, y un Director.- Como administrador de los bienes del Ministerio, corresponderá al Directorio a través del presidente y tesorero en ejercicio, amplias facultades.- Santiago, 22 de octubre de 2010.




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