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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2010


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA NUEVO AMANECER EN CRISTO
(Extracto)
Rodrigo Marín Larraín, Notario Público, Suplente de Eduardo Diez Morello, Titular de la 34ª Notaría Santiago, Morandé 243, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de marzo 2010, otorgada ante el Titular, se redujo a escritura pública Acta Estatutos Iglesia Evangélica Bautista Nuevo Amanecer en Cristo, domiciliada en calle Volcán Tolhuaca N° 5827, Población Nuevo Amanecer, comuna de La Florida, Región Metropolitana, inscrita en el Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia bajo el N° 8438 de fecha 09/11/2010, cuyos constituyentes son: Juan Osvaldo Estefo Moscoso, Jaime Llabulen Vergara, Solange Romero Valenzuela, Miriam Lorenzo, Jaime Figueroa, Rosa Henríquez, Ismael Ancavil, Isaac Ancavil, Israel Ancavil, Róbinson Palacios, Lidia Gabilan, Guillermo Castillo, Miriam Lorenzo, Roberto Arrepol, Carla Javiera Díaz Ortega, Viviana Pinto A., Jessica Aranda Vergara, Solange Romero, Juan Estefó, María Cristina Lara Rivera, Rosario Sanhueza Inostroza, María Petronila Meli Chanqueo, Rosa Estefó, Francisco Javier Figueroa Henríquez, Paola Godoy, Silvia Di Lallo Cicchelli, Jaime Llabulen Vergara; los elementos esenciales que la caracterizan y fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa son: I. Creemos en las Escrituras, el Antiguo y Nuevo Testamento, divinamente inspiradas y que son nuestra única y suficiente regla de autoridad, de doctrina, fe y conducta. II- Creemos en el Dios único, revelado en tres personas distintas, como Padre, Hijo y Espíritu Santo, iguales en sustancia -esencia. III- Creemos en Jesucristo el Hijo de Dios, quien se hizo hombre y se ofreció en un único y perfecto sacrificio expiatorio para salvación de la humanidad. IV- Creemos que la salvación es por Gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo. V- Creemos que la iglesia es la asamblea de personas que, en conciencia, han aceptado a Jesucristo como único Salvador y Señor, lo han declarado públicamente a través del bautismo por inmersión y que observa las ordenanzas dadas por El y que tiene como misión, la adoración a Dios, la Evangelización del mundo, la enseñanza de la Palabra de Dios, el servicio a la comunidad y el compañerismo fraternal. VI- Creemos en la autonomía de la iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el bienestar de la sociedad temporal. VII- Creemos que Jesucristo vendrá por segunda vez para juzgar a toda la humanidad, sea para salvación eterna, sea para condenación eterna. Organos de Administración de la iglesia serán los siguientes: La Asamblea General, Red de Ministerios (REdeMI) y el Ministerio Ejecutivo. El REdeMI estará integrado por el Pastor Principal, el Ministerio Pastoral, el representante de cada ministerio de la iglesia, los Ministros que lideran Instituciones que la Iglesia acuerde crear. El REdeMI sesionará a lo menos una vez al mes o cuando sea convocado por el Pastor Principal, el Ministerio Ejecutivo, o por quien el Pastor Principal designe, que determinará lugar y fecha de la reunión. Son funciones del REdeMI: a) Velar por la iglesia para que se acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) conocer de la marcha de los ministerios; coordinar sus actividades y exigir la respuesta a los objetivos de la iglesia respecto de cada ministerio; c) conocer o tramitar el procedimiento disciplinario descrito en el artículo Décimo Tercero y, en su caso, imponer a los miembros las medidas de suspensión o expulsión; y d) cumplir con todas las tareas que le encomiende el Pastor Principal, la sesión administrativa, los estatutos y los reglamentos. Santiago, 16 de noviembre de 2010.




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