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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2011


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA BAUTISTA MISIONERA LA
FLORIDA
María Gloria Acharán Toledo, Notario de Santiago, Matías Cousiño N° 150, autorizó el siguiente extracto: Iglesia Bautista Misionera La Florida, domiciliada en calle Honduras N°9102, La Florida, Santiago, Registro Público de Entidades Religiosas N° 02125, de fecha 2 de junio de 2010. Constituyentes: Bárbara Lorena Aguirre Pizarro; Lorena Fernanda Pizarro Díaz; Noemí Elizabeth Fredes González; Sergio Iván Alegría Alzadora; Pablo Andrés Ramírez Ramírez; Lisette Eugenia Avendaño Nouvel; Liliana Noemí Leoz; Patricio Jaime Nahuelan Casanova, Paula Andrea Venegas Acevedo, Waldo Germán Muñoz Rubilar; Jorge Humberto Cruz Suárez; Víctor Javier Herrera Herrera; Samuel Esteban Alegría Fredes; María Alejandra García Valderrama; Antonio Osvaldo Millañir Segura; Maiquel Valdés Cardoso; Alejandra Isabel Bustos Medina. Fundamentos y Principios: Cree en Escrituras Antiguo y Nuevo Testamento como fueron escritas originalmente inspiradas por Dios, Cree que Biblia es revelación suprema de voluntad de Dios, única guía infalible para la fe y la vida, Cree en Dios Creador de los cielos y la tierra, en la unidad de la Divinidad hay tres personas, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo iguales en poder y gloria, cree que el Señor Jesucristo fue concebido por el Espíritu Santo y nacido de la Virgen María, siendo Dios Manifestado en Carne, cree que Espíritu Santo es persona divina poseyendo todos los atributos de personalidad y la deidad. Es igual al Padre y al Hijo, y es de la misma naturaleza, que dota a creyentes con dones para el servicio en el momento de la conversión; cree que las escrituras enseñan que el hombre fue creado por un acto directo de Dios, y no de alguna forma de vida anteriormente existente. Por transgresión voluntaria, él cayó de su estado de inocencia, los hombres son pecadores por naturaleza y no por voluntad propia, las escrituras enseñan que salvación de pecadores es iniciada divinamente, totalmente por gracia y lograda sólo a través de la obra intermediaria de Hijo de Dios, que para ser salvo, el pecador tiene que nacer de nuevo, siendo regenerado por el poder del Espíritu Santo por fe en la Palabra de Dios, cree en la seguridad de la salvación y que es imposible que se pierda jamás el que ha nacido en la familia de Dios: cree que las escrituras enseñan que la Iglesia de Jesucristo, fue inaugurada en el día de Pentecostés y tiene que ser considerada en la iglesia local formada por creyente bautizados y la iglesia que es su cuerpo, cree que las escrituras enseñan que el bautismo cristiano es por la inmersión del creyente en agua una sola vez, en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, cree que la cena del Señor es la conmemoración de la muerte de Cristo hasta que El venga. Cree que las Escrituras enseñan la resurrección corporal del justo y del injusto, todos lo que por la fe son justificados en el nombre del Señor Jesucristo pasarán la eternidad en el pleno deleite de la presencia de Dios; cree que las Escrituras enseñan que Satanás es una persona y que es el dios de este siglo y el príncipe de la potestad del aire, que busca continuamente frustrar los propósitos de Dios y que fue derrotado por Cristo en la cruz y condenado a juicio eterno; cree en el regreso personal, premilenial, pretribulacional e inminente de nuestro Señor y Salvador Jesucristo. Cristo vuelve visiblemente y personalmente con sus santos a establecer su Reino. Administración: Será administrada por un cuerpo de Diáconos Directores compuesto por tres varones, que tendrá la representación legal de la Iglesia, actuando y con las facultades que establece los estatutos. El Pastor o el Cuerpo de Pastores, tendrán a su cargo la dirección espiritual de la Iglesia, en conjunto con los Diáconos, quienes, además, deberán velar por el cumplimiento de los principios, fundamentos, estatutos, y reglamento interno de la Iglesia, Escritura pública que contiene los estatutos fue otorgada el 18 de mayo del año dos mil diez, en la 42ª Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo Santiago, 9 de mayo de 2011.




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