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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2011


IGLESIA UNIDAD EVANGÉLICA
PENTECOSTAL BOYECO
Héctor Efraín Basualto Bustamante, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N°854, certifica que: El siguiente extracto corresponde al acta de constitución y estatutos de entidad religiosa, reducida a escritura pública ante mí con fecha 19 mayo 2010 y rectificada por escritura de 20 abril 2011, ante Notario de Temuco Carlos Alarcón Ramírez: Iglesia Unidad Evangélica Pentecostal Boyeco. La corporación tiene su domicilio en el kilómetro ocho camino a Chol Chol sin número, localidad de Boyeco de la comuna y ciudad de Temuco, sin perjuicio de mantener sedes o iglesias que se acuerden crear en otros puntos país. Inscrita en el registro público de entidades religiosas a cargo del Ministerio de Justicia bajo el número 02127 de fecha 10 de junio de 2010. Los miembros constituyentes son: Yunior Absalon González Sanhueza, Juan Álvarez Leviman, Cristian Cifuentes Parra, Corina Riveros Retamal, Jaqueline Huichaqueo Cariman, Carla Velásquez Fuenzalida, Magno Millapan Ponce, Rosa Elvira Coliqueo Millapan, Guillermo Coliqueo Huenuqueo, Marco Antonio Coliqueo Millapan, Miguel Froilan Painequeo Cheuquelaf, Patricia del Carmen Coliqueo Millapan. Sus fundamentos y principios rectores son: Predicar e interpretar el evangelio y en general las sagradas escrituras tanto antiguo como nuevo testamento. Elevar el nivel espiritual de sus miembros, proporcionar a los miembros educación cívica y religiosa. Instruir a los padres de familia para que éstos eduquen a sus hijos conforme a la moral y buenas costumbres. Luchar contra toda forma de vicios. Propender al bienestar de sus miembros y sus familias mediante el desarrollo de actividades religiosas, sociales y culturales. Otorgar asistencia social a los miembros y sus familiares de acuerdo con las posibilidades económicas de la corporación. Sin fines de lucro, tolerante y excluye toda forma de distingo social. Órganos de Administración: Directorio nacional compuesto por un presidente, vicepresidente, un secretario general, un secretario de actas, un tesorero, un subtesorero y tres directores, miembros que serán elegidos por votación secreta, por los delegados de la asamblea general nacional ordinaria. Las iglesias sedes, que puedan formarse, serán dirigidas por un Directorio Local elegido por la Asamblea Local de cada sede, que quedará sometido a la jerarquía directiva, disciplinaria y económica del Directorio Nacional, quien tiene como atribuciones y deberes: Dirigir la iglesia y administrar sus bienes. Citar a asamblea general ordinaria, la que se llevará a cabo una vez al año, y citar a asambleas extraordinarias; someter a la aprobación de la asamblea general los reglamentos que se dicten para el buen funcionamiento de la iglesia. Cumplir los acuerdos de las asambleas generales nacionales, rendir cuenta por escrito a la asamblea general ordinaria de la inversión de fondos y marcha de la iglesia durante el periodo que ejerza sus funciones. Conocer las apelaciones derivadas de la aplicación de medidas disciplinarias. Resolver las dudas y controversias que surjan con motivo de la aplicación de los estatutos y reglamentos. Asimismo en la corporación existirán miembros: Fundadores, activos, y cooperadores, el número de socios es ilimitado y su duración indefinida. En cuanto a su disolución: No podrá disolverse la iglesia sino por disposición de la ley o por resolución tomada en asamblea general extraordinaria convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros, forma señalada estatutos.- Temuco, 10 junio 2011.




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