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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2011


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
"IGLESIA CASA DE ORACIÓN DE JESUCRISTO"
(Extracto)
Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público, oficio Antonio Varas 976, Temuco, Notaría Temuco, certifica: Por escritura de fecha 24 de septiembre de 2008, se redujo escritura pública el acta de constitución de la Iglesia Casa de Oración de Jesucristo. Domicilio Principal: Las Galicias 0521, Temuco. Fecha y Número de Registro: 12 febrero de 2009, bajo el N° 01820. Constituyentes: Remigio Sinecio Sáez Uribe, José Santiago Tropa Cheuquelaf, Irma del Carmen Nielaf Ñanco, Daniel Nielaf Jacimino, Segundo Millapán Antivil, Carmen María Marileo Cuminao, Alejandro Marcelo Sánchez Riveros, Nivia del Carmen Ramos Antiqueo, Juan Antonio Millapán Neculpán, Alex Fabián Cayuqueo Cayuqueo, Rosario Millapán Antivil, Cherioth Gerson Cerda Sandoval, Olivia Marta Reyes Antillanca, Claudia Ximena Sánchez Riveros, Veneranda del Carmen Morales Fota, Verónica Jeannette Ulloa Tralma, Juan Eleazar Ulloa Tralma, Flor Mónica Ulloa Tralma, Jordán Ángelo Reyes Reyes, María Mercedes Tralma Ñirrian, Luis Alexis Millapán Bustos, Carmen Calfura Ulloa Tralma, César Raúl Antimil Huircalaf, Yenifer Caterin Ulloa Tralma y Juan Roberto Ulloa Quintriqueo, todos chilenos, mayores de edad, individualizados en escritura pública constitución. Elementos esenciales, fundamento y principio de fe: Extender el Evangelio de Jesucristo en su totalidad, dentro y fuera de Chile; para ello, difundir el Evangelio por todos los medios, estableciendo templos, institutos bíblicos, canales de televisión, librerías, fundaciones, casas editoras, radios, establecimientos de asistencia social y de beneficencia privada y, en general, por cualquier medio de difusión pública de ideas que no sean contrarias a la ley y la moral; promover la fe cristiana en el sentido y expresión ministerial; fomentar la unidad, armonía, en la enseñanza y predicación de la palabra de Dios; enviará y sostendrá evangelizadores a trabajar por el Reino de los Cielos fuera del territorio nacional; promoverá la sana doctrina contra toda conducta antibíblica y anticristiana dentro de la Iglesia; promoverá y desarrollará acciones de beneficencia, solidaridad y acción social, para lo cual podrá establecer todo tipo de centro, comunidades, hogares, hospederías, hospitales, postas, clínica, jardines, guarderías, salas cuna, establecimientos de deportes, escuelas, liceos, universidades, institutos profesionales, centros de formación técnica, y todo otro ente que sirva para estos fines que funcione bajo los principios bíblicos y doctrinales de esta entidad cristiana; desarrollará labor cristiana por todos los medios: el púlpito, radio, televisión, internet y otros medios escritos; podrá recibir donaciones en dinero o documentos bancarios, bienes muebles o inmuebles y artículos varios, nacionales o internacionales, los que se destinarán al desarrollo y la ayuda social de personas que viven en riesgo social, de pobreza y/o marginalidad. Órganos, Administración, Atribuciones y Número Miembros: Órganos Administración: el gobierno es Ministerial, máxima autoridad el Ministro, asesorado por un directorio ministerial, por lo tanto, representada y administrada por el ministro en conjunto consejo ejecutivo y siguiente estructura organizacional: a) Consejo Ejecutivo (o Consejo Ministerial) compuesto por 7 miembros, presidido por el Ministro; b) Un cuerpo de Servidores (Supervisores) 1 por distrito; c) Un cuerpo ministerial; d) Asamblea General, nacional llamada Conferencia; e) Iglesia local, y f) Comisión Revisora de Cuentas. Consejo Ministerial formado por Ministro, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Directores, nombrados por Asamblea General, teniendo atribuciones para conocer negocios de pronta resolución, supervisar correcto funcionamiento de institutos, calificar candidatos ministeriales, determinar exclusión de miembros con procedimiento previo, instancia de apelación o reconsideración, aceptar donaciones, adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento de bienes raíces o muebles, constituir fundaciones o corporaciones; Ministro: designado por Asamblea General, carácter vitalicio, preside reuniones, vela por cumplimiento reglamentos, hace proposiciones asambleas, abrir cuentas corrientes bancarias y representar a la Iglesia con amplias atribuciones señaladas artículo decimoprimero estatutos; Asamblea General: compuesta por ministros ordenados o licenciados y delegados de iglesias, acuerdos por dos tercios miembros, asambleas ordinarias cada dos años y extraordinarias cuando así lo determine Consejo Ministerial o cuarta parte de miembros entidad cristiana, señalándose objeto reunión; El Servidor será un supervisor del desarrollo de la obra a nivel nacional; Iglesia local, toda congregación que cuente con treinta miembros como mínimo; Comisión Revisora de Cuentas velará por la transparencia en el uso de los fondos, revisar ingresos y gastos y libros contabilidad, estados de cuentas bancarias e informes financieros. Duración indefinida y disolución asamblea extraordinaria. Fecha estatutos 30 agosto de 2008, reducido escritura pública 24 septiembre mismo año, misma Notaría. Temuco, 19 de diciembre de 2011.




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