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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


IGLESIA UNIÓN CRISTIANA
Bruno V. Battocchio Ghigliotto, Notario Suplente Titular María E. Astorga Lagos, Cochrane 838, Valparaíso, rectifica y complementa extractos N° 1 publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de febrero de 2001 que se rectifica con publicación de extracto N° 2 publicado en el Diario Oficial de fecha 30 de enero de 2012, en el sentido de aclarar que con fecha 31 de julio de 2000 tuvo lugar la Asamblea Constitutiva de la Iglesia Unión, que la entidad religiosa denominada Iglesia Unión Cristiana se encuentra inscrita en el Registro Público con fecha 28 de septiembre de 2000 bajo el N° 26; rectificado por el extracto N° 3 publicado en el Diario Oficial de fecha 6 de marzo de 2012 en el sentido de aclarar que en la segunda de las publicaciones sólo se puso la fecha en que tuvo lugar la asamblea constitutiva, 31 de julio de 2000 y no la fecha en que fue reducida escritura pública, esto es el 4 de agosto de 2000 y que se cambian las partes en que dice corporación por iglesia. En consecuencia, el extracto será del siguiente tenor: Uno.- Con fecha 31 de julio de 2000, en sala de reuniones de este oficio, tuvo lugar la Asamblea constitutiva de la Iglesia Unión Cristiana, con la asistencia de los señores Alejandro Lara Coronado, Sandra Isabel Onetto Pacheco, Luis Nolberto Guzmán Castro, Mónica Elizabeth Guzmán Oñate, David Omar Fuentes Franco, Helga Ely Pfeiffer Rilling, Ulises Alberto Chamorro López, María Angélica Acuña Carreño, Eduardo Alexis Neira Dassonvalle, Nancy Inés Alarcón Baeza, Raúl Osvaldo Rodríguez Peralta, Eva del Pilar Clavero Cerda, Cecilia Juana Araya Norman, Luisa Sonnia Contreras Robles, Ítalo Andrés Astorga Soriano. Esta reunión fue presenciada por la Notario Titular doña María Ester Astorga Lagos, quien certificó el texto de los estatutos aprobados en la asamblea citada, el acta de constitución fue reducida a escritura pública el 4 de agosto de 2000, repertorio 2405-2000. Una vez revisados los estatutos, por parte del Ministerio de Justicia, éste requirió subsanar observaciones mediante escrituras públicas complementarias de fecha 22 de septiembre y 13 de diciembre del mismo año, en la misma Notaría. Dos.- La Iglesia Unión Cristiana tiene domicilio en Viña del Mar, Von Schroeder N° 356; se regirá por las normas de la ley 19.638 y Reglamento sobre concesión de Personalidad Jurídica contenida en el decreto N° 303, de 2000, del Ministerio de Justicia, y por sus estatutos. Tiene como finalidad la propagación de la fe cristiana fundamentada en las Sagradas Escrituras, mediante la creación, motivación, desarrollo y equipamientos de iglesias y colaborando en el fortalecimiento de las mismas dentro y fuera del país, utilizando, además, medios de difusión escritos y audiovisuales. Asimismo, fundar y mantener obras de beneficio social tales como: Bibliotecas, servicio de asesoría a la comunidad, de tipo legal, médico, educacional y, en general, toda obra de beneficio social, en colaboración con las instituciones legalmente establecidas, en todo lo que tienda al cumplimiento de sus fines; para estos efectos deberá sujetarse estrictamente a las leyes de Chile y a estos estatutos. Será administrada por un directorio compuesto de cinco miembros: El presidente, el vicepresidente, el secretario, el prosecretario y el tesorero. Los miembros del directorio prestarán sus servicios gratuitamente y ejercerán todas las facultades necesarias para alcanzar los objetivos, limitada sólo por las obligaciones y restricciones que los estatutos y ley imponen. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. Tres.- Por oficio N° 0856 de la División Jurídica del Ministerio de Justicia de fecha 1 de febrero de 2001, se informó a la abogado patrocinante, doña Nancy Alarcón Baeza, que los plazos que indica la ley 19.638 y el decreto supremo 303, de 2000, se encuentran vencidos y no existe trámite pendiente. La entidad religiosa denominada Iglesia Unión Cristiana se encuentra inscrita en el Registro Público a cargo de esa Secretaría de Estado N° 26 con fecha 28 de septiembre de 2000. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Valparaíso, 20 marzo 2012.




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