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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA CASA DEL PADRE CALAMA CHILE
Eugenio Camus Mesa, Notario Público Puente Alto, Balmaceda 403, certifica: Por escritura pública ante mí, 17/08/2011, se redujo a escritura pública acta de constitución y aprobación de estatutos de persona jurídica de derecho público de conformidad a ley N°19.638, y cuyo extracto es el sgte: Nombre: Iglesia Casa del Padre Calama Chile; Domicilio: calle Riquelme N°4508, Villa Huaytiquina, comuna de Calama; Registro Público: Registro del Ministerio de Justicia N°02488, de 17/08/2011, en virtud de ley N°19.638 y DS N°303, del 2000; Constituyentes: Pastor Presidente Luis Godoy Alfaro, Vicepresidente: Gladys Alfaro Rosso, Secretaria: Sofía Caimanque Pizarro, Tesorero: Luis Godoy Cortés, Vocal: Daniza Díaz Valenzuela.- Fundamentos de Fe: Reconoce y afirma el fundamento bíblico y doctrinal que distingue a las iglesias cristianas que confiesan a Cristo Jesús como único Señor y Redentor, a Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, y que tienen a la Biblia como norma de fe y conducta. Perseveramos en la doctrina de los apóstoles y todas las verdades reafirmadas por el Espíritu de Dios, desde la Reforma Protestante y los avivamientos genuinos experimentados por el cristianismo. Duración: Indefinido. Autoridades y Órganos Eclesiásticos: A) Asamblea General Ordinarias y Extraordinarias, primera autoridad de la iglesia y representa el conjunto de sus miembros. Sus acuerdos obligan a todos los miembros presentes y ausentes siempre que hubieren sido tomados en la forma establecida en los estatutos y no fueren contrarios a las leyes y reglamentos internos, lo componen todos sus miembros; en las asambleas generales ordinarias anuales podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses espirituales y materiales de la iglesia, a excepción de lo que corresponda exclusivamente a las asambleas extraordinarias. Son atribuciones de la asamblea general ordinaria anual: a) Elegir los miembros del directorio; b) Aceptar donaciones que se hagan a la iglesia; abrir suscripciones y resolver sobre colocaciones e inversiones, y c) Acordar la celebración de cualquier acto jurídico que signifique comprometer más de cien unidades de fomento, entre los cuales se cuenta la adquisición, enajenación, traspaso o permuta o gravámenes de bienes raíces o muebles y, con la misma limitación, celebrar cualquier acto o contrato que importe enajenación y que se estime necesario o conveniente para los fines de la iglesia y ocuparlos para resolver y actuar conforme a las leyes vigentes, en los términos de la letra b) del artículo treinta y uno. Corresponde exclusivamente a la asamblea general extraordinaria tratar de las siguientes materias: a) De la reforma de los estatutos, y b) De la disolución de la iglesia. Cualquier acuerdo tomado deberá reducirse a escritura pública, que suscribirá en representación de la asamblea general extraordinaria el presidente y una persona que la asamblea designe. B) Directorio. Administración. Atribuciones: a) Dirigir la iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades perseguidas por ella; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos con facultades para arrendar, efectuar depósitos a plazo o en valores accionarios, comprar, vender bienes muebles e inmuebles en una enumeración no taxativa. En todo caso, cualquier acto jurídico que signifique comprometer más de cien unidades de fomento requerirá el acuerdo de la asamblea; c) Citar asambleas generales tanto ordinarias como extraordinarias en la forma y época que señalen estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de esta iglesia y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dicho reglamento a la aprobación de la asamblea general; e) Cumplir los acuerdos de la asamblea general, y f) Rendir cuenta en la asamblea general ordinaria anual, tanto en la marcha de la iglesia como la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario que, en esta ocasión, someterá a la aprobación de los miembros. Conformada por el pastor presidente, el vicepresidente, secretario, tesorero y vocal. Demás estipulaciones escritura extractada. Puente Alto, 17 de agosto de 2011.




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