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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA CENTRO CRISTIANO ABRIGO DEL ALTÍSIMO
Francisco Javier Yáber Lozano, Notario Público Chillán, Arauco 645, certifico: Por escritura pública suscrita ante mi suplente, Ana María Eriza Meza, con fecha 7 de octubre de 2010, rectificada por escritura pública suscrita ante el mismo Notario con fecha 22 de diciembre de 2011, los señores: Luis Eleazar Neira Bobadilla; Mercedes Vásquez Quezada; Myriam Elena Bravo Urbina; Catalino Omar Bravo Vera; Nilsa Elena Urbina Muñoz; Javier César Gallardo Romero; José Benito Carrasco Brevis; Juan Ramón Becerra Ramírez; Inés Fuentealba Fuentealba; Matilde del Carmen Marín Pirul; Pedro Pascual Flores Fuentes; Luis Leonel Flores Marín; Pedro Enrique Flores Marín; Hilda Rosa Gaete Anavalón; Norma Duvije Sánchez Villagra; Jorge Gabriel Sepúlveda Gaete; Miguel Jesús Bravo Urbina; José Manuel Lagos Roa; Olivia Saavedra Aguilera; María de Lourdes Briones Werner; Raúl Andrés Sánchez Villagra; Marisol del Carmen Ovando Durán; Isabra Mireya Gallardo Romero; Francisco Nolasco Navarrete Sandoval; Ana María Flores Marín; Adina Rachel Bravo Ovando; Rosa Villagra Jara, Elena del Carmen Durán Parra, constituyeron la entidad religiosa: "Iglesia Centro Cristiano Abrigo del Altísimo, con domicilio principal en Comunidad Rural El Quillay, Panamericana 5 Sur Km. 12, sector Cancha, Sitio 16 B, comuna de Chillán Viejo. Tiene el Registro Público N° 02358 de fecha 21-04-2011.- Fundamentos: a) Divulgar doctrina Cristiana Evangélica establecida en Palabra de Dios, Santa Biblia. b) Promover mejoramiento sus miembros. c) Promover mejoramiento espiritual y superación en fe de personas que integran medio influido por estas Iglesias. d) Crear y sostener Iglesias. e) Crear y sostener imprentas, radioemisoras, periódicos y otros que permitan difundir Palabra. f) Procurar desarrollo de espíritu comunidad y solidaridad espiritual y social entre integrantes. g) Promover perfeccionamiento espiritual miembros y pastores. h) Someter accionar, estrictamente, a leyes chilenas y observar completa imparcialidad política.- Administración: a) Juntas Generales: Primera autoridad de Entidad y representa conjunto de miembros. Acuerdos obligan miembros ausentes y presentes siempre que hayan sido tomados forma establecida Estatutos y no fueren contrarios leyes y reglamentos de la República y Estatutos y Reglamentos válidamente declarados por Entidad. El Directorio: Le corresponde administración y dirección superior de Entidad, conforme Estatutos y acuerdos de Juntas Generales. Formado por siete miembros o Directores. De la Comisión Revisora de Cuentas: compuesta tres miembros activos, atribuciones revisar trimestralmente libros contabilidad y comprobantes ingresos y egresos que tesorero debe exhibir. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Entidad regida por ley 19.638 y su reglamento. Chillán, mayo 10 de 2012.




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