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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


IGLESIA EVANGÉLICA KAYROS
Ante Notario Público de Santiago don Hernán Cuadra Gazmuri con oficio calle Huérfanos 1160, Oficinas 101 y 102 reduce a escritura pública Acta de Constitución y estatutos de Iglesia Evangélica Kayros con fecha 14 de noviembre 2011 y rectificada 19 de abril 2012. Nombre: Iglesia Evangélica Kayros. Domicilio: Gran Avenida José Miguel Carrera N°9743, comuna El Bosque, Santiago, sin perjuicio otras sedes. Registro Público de entidades religiosas personas jurídicas de derecho público N°02548, de 7 de diciembre 2011, del Ministerio de Justicia. Constituyentes don Julio Andrés Rivera Hung; don Eduardo Iván Camacho Salazar; doña Mabel del Carmen Zepeda Ferraz; doña Nelly Inés Pinilla García; don Rodrigo Esteban Pallero Urzúa; doña Juliette Hodali Hodali; Karen Santos; Margarita Vera Aroca; Alicia Gibson; Sonia Aros; Amelia Soto; Eva Hung Hau; Laura Valencia García. Objetivos: Difusión del Evangelio de Jesucristo y discipulado de creyentes conforme a Sagradas Escrituras. Divulgar la doctrina cristiana, promover mejoramiento moral, intelectual y bienestar social de sus miembros, mediante cursos, conferencias. Promover mejoramiento espiritual y superación en la fe de personas integrantes. Sostener iglesias, bibliotecas y centros de reunión, escuelas, hogares de ancianos. Crear y sostener imprentas, radioemisoras, periódicos, páginas web, y medios audiovisuales para difundir la Palabra Divina. Procurar el desarrollo de un espíritu de comunidad y solidaridad espiritual y social entre sus miembros y simpatizantes. Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y pastores, creando y manteniendo institutos bíblicos, escuelas religiosas por correspondencia. Someterse en su accionar a las leyes chilenas y extranjeras y observar la más completa imparcialidad política. Solemnizar el matrimonio entre un hombre y una mujer. Celebrar Bautismo por inmersión de creyentes en señal de arrepentimiento. Recepción de nuevos miembros, celebración de Santa Cena. Dedicación de presentación de niños a Dios. Impartir ayuda y orar por sanidad de enfermos. Celebrar Culto fúnebre. Presentación y dedicación al ministerio o servicio de los líderes de la iglesia. Ordenación de ministros. Establecer lugares de culto. Fundamentos y Principios doctrinales-teológicos. Creemos en Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo. Creemos en Jesucristo único salvador de la humanidad, hijo de Dios concebido por el Espíritu Santo. Creemos en las Sagradas Escrituras inspiradas por Dios. Creemos en la pecaminosidad universal y culpabilidad de los hombres desde la caída de Adán. Creemos que Jesús de Nazaret dio su vida para redimirnos del dominio y corrupción del pecado. Creemos que la iglesia es guiada por el Espíritu Santo. Creemos en resurrección de los muertos y en la venida de Cristo para llevar a sus redimidos, en forma inminente y personal. Creemos en la justificación por la fe en Jesucristo y no por las obras la que debe ser confesada verbalmente. Las buenas obras son producto de la Salvación. Órganos de administración y atribuciones, Asamblea General: Máxima autoridad y representa a los miembros activos. Acuerdos obligan a miembros presentes y ausentes siempre no sean contrarios a estatutos. Asamblea ordinaria pronunciarse sobre marcha administrativa de la iglesia, memoria y balance que presente Directorio sobre el año anterior; elegir los miembros para ocupar cargos que correspondan. Tomar acuerdos relacionados con marcha actual o futura de la iglesia, planes de acción, objetivos, metas y recursos. Acuerdos sobre compraventa de bienes de toda clase, constituir hipotecas y otros de carácter financiero y otorgar poderes a miembros del directorio. Asamblea Extraordinaria: cada vez que el directorio las convoque por necesidades y buena marcha de la iglesia o cuando se solicite por escrito por el 60% de los miembros, indicando el o los objetivos a tratar. Sólo se tratarán las materias indicadas en la convocatoria, cualquier otro acuerdo será nulo. Sólo en asamblea extraordinaria se acordará modificar estatutos, conocer las reclamaciones contra directores para hacer efectivas sus responsabilidades conforme a la ley y estatutos. Acordar compra venta, hipoteca, cesión y transferencia de bienes raíces de la iglesia, constituir servidumbres, prohibiciones de gravar, enajenar y arrendar inmuebles por plazo superior a 5 años, y de la disolución de la iglesia. Acuerdos se reducirán a escritura pública por la persona que la asamblea designe. Comisión Revisora de Cuentas: compuesta de 3 miembros capacitados en la materia. Atribuciones: revisar semestralmente los libros de contabilidad y comprobante de ingresos y egresos que exhibirá el tesorero de la iglesia; informar a la asamblea general el resultado de su labor, en especial irregularidades que notasen en el manejo de fondos de la iglesia proponiendo medidas correctivas, requerir al directorio y/o asamblea para que se someta a auditoría externa la gestión administrativa financiera y estados financieros de la iglesia. Directorio Nacional: Está compuesto por seis pastores y misioneros, elegibles cada siete años en abril en la Asamblea General Ordinaria compuesto por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y dos directores. Atribuciones: Dirigir y administrar los bienes de la iglesia. Cumplir los acuerdos e instrucciones de la Asamblea General. Citar a asamblea general extraordinaria a petición del directorio o del sesenta por ciento de los miembros activos. Someter a aprobación de Asamblea General los reglamentos necesarios para funcionamiento de la iglesia, rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General del uso y disposición de los fondos sociales de inversión y manejo de fondos de la iglesia. Vigilar por cumplimiento de estatutos y de fines y principios de la iglesia, asistir y participar de todos los eventos de la iglesia, ejercer disciplina y expulsión de pastores de iglesias locales. Revisar, adecuar y proponer modificaciones de estatutos y reglamentos y presentarlas a la asamblea general para su aprobación. El pastor ejerce el gobierno de la congregación en unión con los presbíteros; velar por la recta observancia de la fe. Designar de común acuerdo con el Directorio a las personas a cargo de otros ministerios y funciones de la iglesia. Predicar el evangelio, administrar los sacramentos, servir de guía espiritual, orar y ayudar a todas las personas que lo requieran. Iglesias locales, pastor local y directorio local, con iguales y semejantes atribuciones y competencias de los órganos señalados precedentemente en el ámbito local, sometidas al directorio nacional y a estatutos y reglamentos de la iglesia. Santiago, 22 mayo 2012.




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