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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
CONGREGACIÓN PENTECOSTÉS LA
GLORIA POSTRERA
Susana Belmonte Aguirre, Notario Público San Miguel, asiento San Ramón, Avda. Santa Rosa 7963, certifica: que por escritura pública, ante Notario Suplente de esta Notaría, Lorena Elisa Quintanilla León, con fecha 02/07/2011, Rep. 330-2011, se constituyó entidad religiosa: Congregación Pentecostés La Gloria Postrera, con domicilio principal en calle Hermanos Carrera N° 4249, Población Los Nogales, Estación Central, modificada por escritura pública, ante mí, con fecha 10/04/2012, en esta Notaría, rep. 215-2012, Registro Público N° 02455, de fecha 22/07/2011. Constituyentes: Daniel Antonio Álvarez Cornejo; Patricia Pilar Tapia Ulloa; Ruth Elizbeth Molina Díaz; Aarón Ezequiel Gutiérrez Tapia; Ricardo Aníbal Polanco Calabrano; María Carolina Álvarez Cornejo; Dorca Blanca Álvarez Cornejo; Ramón Roberto Martínez Lara; Leontina del Carmen Cornejo Morales; Clara Rosa Opazo Valdez; Priscila Andrea Flores Morales; Alejandro Filomeno Valdivia Rodríguez; Guillermina del Tránsito Rodríguez Pizarro; Manuel Hernán Valdivia Rodríguez; Alfredo Abelardo Rivera López; María Cristina Bravo González; María Paz Sánchez Huiarcan; María Adela Vergara Solís; Lionel Orlando Sánchez Sandoval; Cecilia Leonor Tapia Ulloa; Fabián Orlando Cid Tapia; Pablina Francisca Castillo Rodríguez; Carmen Kerina Salas Cárialo; Orlando Enrique Tapia Meneses; Juan Miguel Antiqueo Huenchual; María Hueichaqueo Huaiquimil; Rodolfo Hernán Álvarez Muñoz. Principios de Fe: I. Creemos en Dios Padre, en Jesucristo su Unigénito Hijo y en el Espíritu Santo; II. Creemos en la Santa Palabra de Dios; III. Creemos en el Nacimiento virginal y santo de Jesús, creemos en su muerte, sepultura y resurrección; IV. Creemos en el perdón de nuestro Señor Jesucristo; V. Creemos en el arrepentimiento;VI. Creemos en dones impartidos Espíritu Santo a su Iglesia y en la sanidad divina; VII. Creemos en el arrebatamiento de la Iglesia; VIII. Creemos en la segunda venida de Cristo; IX. Creemos en los sacramentos instaurados por nuestro Señor Jesucristo; X. Creemos en las ceremonias instauradas por Dios: presentación de niños y el matrimonio entre hombre y mujer; XI. Creemos que Jesucristo, único mediador entre Dios y los hombres; XII. Creemos en la base bíblica de ofrendas y diezmos. Finalidad y Objetivos: De carácter espiritual: interpretar, expresar la palabra de Dios. A. Predicar el Evangelio de Cristo Jesús. B. Promover la fe y virtudes cristianas. C. Mantener la comunión espiritual entre los miembros del Ministerio. D. Realizar congresos, conferencias, actividades evangelísticas, seminarios, reuniones, charlas y exposiciones sobre la fe y los derechos cristianos. E. Apoyar a otras entidades religiosas según la necesidad recurrente conforme a la letra D anterior. De carácter social y económico: A. Optar y expresar los intereses y aspiraciones de sus miembros en acciones reales y posibles. B. Mantener diálogo y relación con entidades sociales representativas de la comunidad toda, siempre cuando no falten a la moral y las buenas costumbres y principios de la congregación. C. Ser un medio en la obtención de recursos materiales para dar cumplimiento a la finalidad del Ministerio. D. Propiciar y dar facilidad a la participación de sus miembros en las diversas actividades del pueblo cristiano y también de carácter secular. E. Representar a los miembros de este Ministerio ante las autoridades públicas y privadas. F. Crear y/o establecer centros educacionales, centros de rehabilitación, casas de acogida para la tercera edad. Crear canales de difusión cristiana. Órganos de Administración: Directorio Eclesiástico,compuesto por 5 ministros integrantes, Presidente, Secretario, Tesorero, Primer y Segundo Director. Atribuciones y Deberes: La dirección y supervisión eclesiástica del Ministerio. Su verbo rector la Palabra de Dios; su responsabilidad es velar por fiel cumplimiento de la palabra de Dios, estatutos y reglamento interno del Ministerio; administrar los bienes; cumplir los acuerdos de las Conferencias Generales; Rendir cuenta por escrito ante la Conferencia General Ordinaria; Dejar constancia en libro de actas, y demás facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones escritura extractada de fecha 02/07/2011 y del 10/04/2012.- San Ramón, 31 de mayo de 2012.




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