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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


UNIÓN CRISTIANA APOSTÓLICA DE CHILE
Mariana Cristina Abuter Game, abogado, Notario Público Titular de Lota, Caupolicán 334, primer piso, Lota Bajo, Lota, certifica: Por acta de fundación y aprobación de estatutos, reducida a escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2011, ante mí, se constituyó la entidad religiosa de Derecho Público denominada Unión Cristiana Apostólica de Chile bajo Ley 19.638, con domicilio en calle Chollin 446, Berta Acevedo 2, comuna de Coronel, Región del Bíobío, inscrita bajo el N° 02529 el 18 de noviembre de 2011. Constituyentes: Carmen A. Rebolledo Morales, Emmanuel A. Valencia Monsalves, Elizabeth Monsalves Acevedo, Roxana X. Cárcamo Mendoza, Juana A. Monsalves Acevedo, Luis Omar Arévalo Toledo, Corina A. Luengo Fernández, Cristina Soto Mendoza, Ramón B. Aravena Toledo, Painen Rain Fernando E., Plaza Quintana Yena C, Ildegar N. Aravena Rain, María Eugenia Sepúlveda Solís, Pamela Johanna Valenzia Monsalve, Celinda América Valenzuela Marín, Luis Enrique Valenzuela Marín, Bernardita del Carmen Raín Mendoza, Emelina Rain Mendoza, Emelina del C. Ancatrio Barra, Ildegar Aravena Toledo, Melissa Suelen Painen Rain, Evelyn Andrea Rain Pradenas, Alejandro Esteban Monsalves Monsalve, Nicol Valeska Arevalo Machuca, Juan Manuel Ceballos Riffo, Marisel Yesenia Mardones Arévalo, Marcela Ivonne Arévalo Machuca, Pablo Elías Rosales Inostroza, Plácido Issac Araneda Báez, Fresia Cecilia Faúndez Sáez, Florencia Cecilia Castro Faúndez, Blanca Estela Sáez Grez, María Teresa Pereira Contreras, Humberto Arturo Aceitón Navarrete, Héctor Valentín Rodríguez Villarroel, Leonel Patricio Benavente Cifuentes, Mirtha Carmen Zapata Monares, Bernardo Bernabe Jara Hernández, Pedro Ramón Arévalo Machuca, Cristian Fernando Montoya Alarcón, Rosa Liria Araneda Báez, Nancy Elizabeth Mena Henríquez. Objetivo: a) Divulgar la doctrina Cristiana Evangélica en sus principios integrales, establecidos en la palabra de Dios, la Santa Biblia y procurar por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen; b) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, artísticos, charlas, alabanzas, sermones, de tal manera, que cada miembro de la iglesia represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador. c) Promover el mejoramiento espiritual y superación en la fe de las personas que integran el medio social influido por nuestras iglesias, pudiendo para dicho objeto realizar ceremonias, prédicas, cultos, cánticos, oraciones, campañas, cruzadas y otras manifestaciones activas, públicas o privadas en que resalte el mensaje divino y cumpla con la misión que nos mandara el Señor Jesucristo en el Libro de San Mateo capítulo veintiocho versículo dieciocho al veinte. d) Crear y sostener Iglesias, bibliotecas y centros de reunión, escuelas, hogares de ancianos, jardines infantiles, y en general todas aquellas corporaciones y/o organizaciones que permita la ley para la difusión del Evangelio. e) Crear y sostener imprentas, radioemisoras, periódicos y otros medios que permitan difundir la Palabra de Dios, pudiendo para ello, contratar programas de prensa, radiales, televisivos y cualquier otro medio para la difusión del Evangelio. f) Procurar el desarrollo de un espíritu de comunidad, solidaridad espiritual y social entre sus integrantes y simpatizantes, pudiendo auspiciar la creación de sociedades mutualistas, cooperativas y otras manifestaciones similares, g) Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y pastores, creando institutos bíblicos, escuelas religiosas por correspondencias y otros medios que permitan acrecentar sus conocimientos bíblicos y aun otorgarles títulos de formación cristiana suficientes que le permitan enfrentar con mayor eficiencia y eficacia la misión evangélica que les compete. h) Someterse en su accionar, estrictamente, a las Sagradas Escrituras, a las leyes chilenas y observar la más completa imparcialidad política. i) Posibilitar a las iglesias locales su autonomía administrativa, debiendo éstas someterse en todo lo demás a la normativa estatutaria que aquí se establece.- Creemos en el Dios único, y padre de todos, santo e infinito, vivo, verdadero y eterno, de infinito poder y sabiduría, lleno de bondad y misericordia, omnisciente, soberano, omnipresente y omnipotente e inmutable, perfecto y justo, creador de todas las cosas visibles e invisibles. El Hijo, el verbo concebido por el Espíritu Santo, cuyo nombre es Jesucristo o Emmanuel.- Él es la cabeza de la Iglesia. Creemos en la Trinidad del Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, todos iguales, en cuanto a su perfecta y suprema divinidad. Creemos en las Sagradas Escrituras del Antiguo y Nuevo Testamento.- Creemos que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo.- Creemos en el cielo, en el bautismo en agua por inmersión, Creemos en la celebración de la Santa Cena, Creemos en la presentación de los niños al Señor, según el Evangelio de Marcos capítulo diez versículo trece en adelante. Creemos en el Matrimonio entre un hombre y una mujer, según lo establecido en el Evangelio, Creemos que el Divorcio debe ser tratado entre los creyentes Manda el Señor y no la Iglesia.- Los hermanos socios o integrantes serán de cuatro clases: a) Obispo; b) Pastores; c) Hermanos en Plena Comunión; y d) Hermanos a Prueba. La dirección y administración superior estará a cargo de una Junta Jurídica integrado por 7 personas: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres Directores. Son atribuciones y deberes de la Junta Jurídica o Directorio: a) Dirigir la Unión Cristiana Apostólica y velar que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes de la Unión Cristiana Apostólica e invertir sus recursos; c) Citar a las conferencias o asambleas generales ordinarias y extraordinarias; d) Redactar los reglamentos que estime necesarios para su mejor funcionamiento, en las materias que le son propias; e) Cumplir los acuerdos de las conferencias o asambleas generales; f) Rendir cuenta en la conferencia o asamblea general ordinaria, tanto de la marcha de la Unión Cristiana Apostólica, como de la inversión de sus fondos; y g) Entregar, al término de su período, una cuenta circunstanciada de su gestión a la Junta Jurídica o Directorio entrante.- b) El Consejo de Planificación y Coordinación, estará integrado por los pastores Diáconos y pastores Presbíteros de las de iglesias.- Las Conferencias o asambleas generales son la máxima autoridad de la Unión Cristiana Apostólica y se constituyen por la reunión de los integrantes de las iglesias locales.- Lota, 1 junio 2012.




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