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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA BAUTISTA GRACIA-PAZ Y ESPERANZA
Ramón García Carrasco, Notario Público de Concepción, domiciliado en Rengo 444 de la ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de julio de 2010, otorgada ante don Francisco Javier Santibáñez Yáñez, Notario Público Suplente de este Oficio, se redujo a escritura pública el Acta de Constitución de la Iglesia Bautista Gracia-Paz y Esperanza de fecha 20 de mayo de 2010, bajo los siguientes estatutos: A) Nombre y domicilio principal: Nombre de la entidad religiosa: Iglesia Bautista Gracia-Paz y Esperanza; Domicilio principal: Ejército 1884, comuna de Concepción; B) Fecha y número de registro: N° Registro: 02254, fecha 22 noviembre de 2010; C) Nombre de los constituyentes: Germán Esteban Durán Rivera, Juan Roberto Gutiérrez García, Leontina del Carmen Rojas Escalona, Miguel Ángel Andrés Cosmelli Rojas, Cristian Jean Paul Cosmelli Rojas, Isabel del Carmen Fuentes Aravena, Loida Ester Mardones Apablaza, Daniela Alejandra Arévalo Quiroga, Juan Alberto Muñoz Quezada, Erwin Alexis Pérez Núñez, Miguel Andrés Rifo Suazo, Daniela Isidora Schulz Faúndez, Francisco Israel Pérez Núñez, Juan Israel Muñoz Melo, Mercedes del Tránsito Quezada Melo, Ida Alicia Guzmán Avendaño, Adriana Edith García Garcés, Juan de Dios Gutiérrez Sepúlveda, David Hernán Suazo Castillo, María Rivera Figueroa, Germán Durán Valdebenito, Marco Antonio Hernández Aravena, Rodolfo Antonio Araya Durán, Carmen Helena Bucher Garay, Luis Alberto Rifo Molinet, Domingo Araya Quiroga, Álvaro Elías Vidal Flores, Oscar Arévalo Urrea, María Gladys Flores Flores, Carolina Andrea Sanhueza Flores, Gabriela Ester Flores Flores, Berta del Carmen Cuevas Saldías, Cindi Priscila Pulgar Garrido, Ricardo Andrés Badilla Villa, Nicanor Francisco Pérez Arrau, Johana Elisa Agurto Vargas, María Irma Vargas Vivar, Cristian Andrés Mesina Otárola, Ximena Soledad Gutiérrez García, María Beatriz Bastías Monsálvez, Camilo Hernández Mellado, Margarita del Carmen Castillo Pardo, Cecilia Margarita Suazo Castillo, Doris Alicia González Guzmán, David Enoc Muñoz Quezada; D) Elementos esenciales que caracterizan a la iglesia y sus fundamentos y principios en que se sustenta la fe: La iglesia estimulará y promoverá los principios espirituales sobre los que se inspira y el desarrollo espiritual, físico, emocional, intelectual y social de los miembros que la integran, como así mismo de la sociedad que la rodea. Podrá ser miembro de la Iglesia Bautista Gracia-Paz y Esperanza toda aquella persona que declare públicamente su decisión de fe en Jesucristo como Señor y Salvador de su vida y que sea bautizado por inmersión en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo por el Pastor Principal, y además participe activamente en algún ministerio de la Iglesia y de las actividades de la misma. El Bautismo podrá realizarlo el Pastor Principal o quien éste designe. Principios teológicos y espirituales de la Iglesia Bautista Gracia-Paz y Esperanza: El reino de Dios: Creemos en la soberanía del Dios vivo que vino a nosotros en la persona de Jesucristo. Al recibir esas buenas nuevas de Jesús, nacemos de nuevo y tenemos entrada a ese reino (Juan 3:5). Este evangelio es el centro de nuestra identidad y misión. La iglesia como comunidad de fe, es un testimonio de ese gobierno de la gracia de Dios que incluye cada aspecto de la vida, pero la iglesia nunca debe equipararse con el gobierno soberano. Somos llamados a ser fieles al reino de Dios, somos llamados fundamentalmente a ser fieles al reino de Dios, y a pagar el alto precio que demanda ser discípulos. Esto nos demanda una misión de reconciliación que alcanza a cada persona; cada nación, cada institución humana, y por cierto al orden creado. El principio de la Iglesia está en el evangelio cristiano, el cual la creó y a la vez la renueva en todos los tiempos. Este evangelio (buenas nuevas) del reino de Dios: tiene su centro en Jesucristo como Señor; se lo conoce a través de las escrituras; y se hace efectivo a través del Espíritu Santo; El señorío de Cristo: Todos los cristianos confiesan que Jesús es Señor (Romanos 10:9). La vida y estructuras de la iglesia deben reafirmar el señorío de Cristo. No debe permitirse que autoridad alguna, ya sea del estado o iglesia distorsione esta verdad. Jesucristo, el Hijo viviente de Dios, conocido en las Escrituras y en la experiencia del pueblo de Dios a través de su Espíritu, es el centro de nuestra existencia como Iglesia. Él es la suprema autoridad para nuestra vida juntos. La autoridad de las Escrituras: La Biblia es la revelación de Dios a nuestro mundo, y es también la suprema guía escrita para nuestra fe y práctica hoy. Debido a que nos conduce a Cristo Jesús la Palabra viva, hablamos de la Biblia como la Palabra de Dios y creemos que fue inspirada por el Espíritu de Dios. Toda enseñanza debe estar en perfecta armonía con las Escrituras. La obra del Espíritu Santo: El mismo Espíritu que inspiró las Escrituras guía en la actualidad a los creyentes al escuchar e interpretar la Palabra. El Espíritu Santo capacita a la Iglesia para escuchar las Escrituras con nueva frescura y así ser renovada en cada generación, a la vez que hace eficaz la proclamación del evangelio en la vida de cada creyente en forma personal. El Espíritu Santo nos convence de pecado y nos guía a través de la conversión, obrando en nosotros para producir una nueva persona que se conforme a la imagen de Cristo, y que produzca en nuestras vidas el fruto apropiado. Esta presencia del Espíritu es personal, pero nunca obra de manera individualista, porque el Espíritu reúne a los creyentes en la comunidad de la fe y dota al pueblo de Dios de dones espirituales (charismata) para su adoración y el cumplimiento de su misión. La comunión de los creyentes: Creemos que la iglesia está compuesta únicamente por creyentes; aquellos que han nacido de nuevo por el Espíritu Santo y que tienen un compromiso de pacto con Dios y con los otros creyentes. Nos oponemos al individualismo que considera la Iglesia como innecesaria. Al pertenecer a Cristo pertenecemos a su cuerpo. En la iglesia estamos ligados unos a otros en una común visión y compromiso, y este compañerismo se refleja en la comunión con Dios: Padre, Hijo, y Espíritu Santo, a la vez que comparte esa comunión. Creemos que la iglesia local tiene la libertad como la responsabilidad de conducir su propia vida y misión. El bautismo del creyente, por inmersión: Sostenemos que el bautismo es únicamente para creyentes. Entendemos que es una enseñanza del Nuevo Testamento. Es más, consideramos que si la iglesia ha de estar conformada solamente por creyentes, el bautismo, como manera de ingreso al cuerpo de Cristo, debe ser un acto realizado solamente por creyentes responsables. Creemos que el procedimiento correcto para el bautismo es la inmersión. El procedimiento no sólo parece haber sido usado en el Nuevo Testamento, sino que, lo que es más importante, guarda una estrecha relación con la enseñanza sobre la participación del creyente en la muerte, sepultura, y resurrección de Cristo a través del bautismo (Romanos 6:3,4). La membresía de la iglesia: Creemos que la persona que es bautizada en conformidad al Nuevo Testamento pasa de inmediato a ser parte de la iglesia. Las responsabilidades del miembro de la iglesia incluyen la participación en los cultos públicos de adoración, la oración, las reuniones administrativas y la participación en la vida evangelizadora, educativa y de servicio de la iglesia. La mayordomía, o sea el concepto de que todo lo que somos y tenemos es algo que Dios nos ha confiado, guía al miembro de la iglesia a sostener las finanzas de la misma de manera sistemática. Es fundamental, por supuesto, que todos los miembros sirvan a Dios en sus trabajos o profesiones diarias y en la totalidad de su manera de vivir; El sacerdocio de todos los creyentes: La iglesia es un compañerismo de creyentes. Cada miembro tiene una relación con la cabeza de la iglesia. En consecuencia no existen jerarquías entre los cristianos. Cada creyente está llamado a llevar a cabo el ministerio de la iglesia. En su sacerdocio, la iglesia cumple dos funciones básicas: se presenta ante Dios de parte de la humanidad y ante la humanidad de parte de Dios. Tiene una función de adoración y de testimonio. El sacerdocio de todos los creyentes incluye también lo que podría llamarse el ministerio profético de todos los creyentes. El acto de anunciar o proclamar el evangelio es una función ineludible del sacerdocio (1 Pedro 2:9). Por lo tanto, todos los creyentes deben participar en esta vida de adoración y testimonio en la iglesia. El ministerio: Cada cristiano es parte del ministerio de la iglesia. Cuando una persona se convierte y se une a la iglesia se transforma en un ministro o siervo de Dios. No existe el concepto de laicos y clero en el sentido del uso popular de esos términos. La iglesia está formada por personas y en su conjunto es el ministro de Dios. Dondequiera que vayan las personas, allí va la iglesia. Lo anterior no quiere decir que todos tengan la misma función dentro de la iglesia. Reconocemos pastores y diáconos como funciones especiales de personas llamadas y apartadas para tales ministerios. De ser necesario reconocemos otros ministerios que sean necesarios en la edificación del cuerpo de Cristo. La cena del Señor: Un aspecto importante de la adoración cristiana es la cena del Señor o Comunión. El significado se desprende del Nuevo Testamento. Es un acto de recordación, debido a que el partimento del pan y el llenado de la copa ayudan al creyente a recordar el significado de la muerte de Cristo. Es un acto de comunión, porque se reúnen en la presencia viva del Cristo que les ordenó hacer esto y que une a su pueblo. Es un acto de agradecimiento, al hacer memoria de todo lo que dignifican su muerte y su continua presencia. Es un acto de esperanza, ya que este acto se continuará celebrando hasta que Él venga. La participación de esta cena está dada para aquellos creyentes que han sido bautizados por inmersión. Libertad religiosa: Creemos que la libertad religiosa es una libertad civil, una libertad de toda imposición y coerción por parte de la iglesia nacional o de Estado, en materia de fe y práctica religiosa. Muy diferente es la libertad cristiana que resulta de la obra salvadora de Cristo. Sin embargo, esta última no debe tomarse como que significa que cualquier persona es libre de creer y actuar con total menosprecio de la ortodoxia y los principios morales cristianos. La auténtica libertad cristiana debe ir de la mano de la responsabilidad; La misión de Cristo a las naciones: Creemos que cada creyente en Cristo, y cada iglesia, tienen la seria obligación de obedecer la Gran Comisión (Mateo 28:18-20) procurando hacer discípulos de todas las personas y enseñándoles todo lo que Jesús ordenó. La evangelización personal debiera ser una de las mayores pasiones de la iglesia. El trabajo a favor de la justicia, la reconciliación y la paz es una parte fundamental de la misión de la iglesia. E) Órganos de administración, atribuciones y N° de miembros: uno: El Cuerpo Pastoral lo integrarán el Pastor(a) principal, quien lo preside, y demás pastores o pastoras ordenados o reconocidos por el cuerpo pastoral, si los hubiere. Atribuciones y deberes: a) Establecer la visión a desarrollar por la iglesia; b) Asistir espiritualmente a la membresía; c) Decretar la expulsión de un miembro de la iglesia en la forma indicada en el artículo 9; y d) Demás funciones que le encomiende la asamblea. Dos: Presidente del cuerpo pastoral o pastor principal: Pastor(a) principal. Atribuciones y deberes: a) Dirigir el cuerpo pastoral de la Iglesia, b) Participar del Directorio de la iglesia por derecho propio; c) Dirigir la Iglesia de acuerdo a la visión y la declaración de realizada en el artículo 4, d) Prestar asistencia espiritual a los miembros de la iglesia, e) Realizar todo actos relativos al culto de la iglesia, tales como, bautismo, matrimonios, presentación de niños, entre otros, f) Recibir un estipendio en dinero por su trabajo en la iglesia, determinado anualmente por el voto conforme de la mayoría absoluta del total de los miembros del Directorio; y g) Demás funciones que le encomiende la asamblea. Tres: Directorio. Compuesto por: El Directorio estará compuesto por un Presidente, un secretario(a), un tesorero(a), y dos directores(as), lo integra por derecho propio el Pastor principal y otro pastor del cuerpo pastoral que estuviese ordenado, si lo hubiese. Son atribuciones y deberes del Directorio. Atribuciones y deberes: a) Actuar como órgano resolutivo y ejecutivo de los mandatos de la asamblea, b) Realizar actividades administrativas y propias de la Iglesia para dar cumplimiento al desarrollo de la Visión y de los objetivos planteados por la asamblea, cuerpo de pastores y el propio directorio, c) Llevar a cabo todo programa, proyecto o tarea para el engrandecimiento de la obra de la Iglesia, d) Remover al presidente u otro miembro del directorio de su cargo por el notable abandono de sus funciones y deberes y cuando este sobrepase las funciones entregadas por la asamblea y el directorio. Las solicitudes de remoción del cargo del presidente podrá realizarse por iniciativa de dos de los integrantes del directorio y será ratificada por mayoría simple del directorio en pleno, e) Determinar anualmente el estipendio en dinero por su trabajo en la iglesia a que tiene derecho a percibir el Pastor Principal o Presidente del Cuerpo Pastoral, determinado anualmente por el voto conforme de la mayoría absoluta del total de los miembros del Directorio, f) Comprar, vender, enajenar o gravar los bienes que integren el patrimonio de la iglesia. En el caso de los bienes raíces y de la constitución de gravámenes sobre todo tipo de bienes se requerirá el voto conforme de las tres quintas partes de los directores con derecho a voto; g) Administrar el patrimonio de la iglesia, en todo aquello que no sea de competencia del Tesorero(a); y h) Todas las demás funciones que le encomiende la asamblea. F) Escritura pública que contiene estatutos y modificaciones: Escritura pública que contiene estatutos: Fecha: 5 julio de 2010: Escritura pública que contiene acta complementaria: 9 agosto 2011. Ambas suscritas en la Notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, domiciliado en Rengo 444, comuna Concepción. Concepción, julio 9 de 2012.




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