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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTÉS LINAJE DE DIOS DE SANTIAGO
Iglesia Evangélica Pentecostés Linaje de Dios de Santiago, domiciliada en Avenida Central 6008, Pedro Aguirre Cerda, inscrita en el Registro Público bajo el N° 02493, de fecha 15 de septiembre de 2011. Sus Miembros son los siguientes: Antonio Lobos Martines, Cecilia González Villalobos, Carlos Ordóñez Núñez, Néstor Vásquez Armijo, Mauricio Moya Maldonado, Yasna Lobos González, Eduardo López Olmedo, Peter Fr Stock Taiba, Julia Lagos Beccera, Massiel Lobos González, Bernarda Araya Yáñez, Álvaro Seisdedos Araya, Elvis Gallardo Henríquez, María Olmedo Parra, Antonio Herrera Salinas, Joselin Tapia Silva, Deyanira Doussang Silva, Alejandro Herrera Pardo, Mercedes León, Juan Ortega Reyes, José Álvarez Ortega, María M. Taiba Rodríguez, Paola Ortega Reyes, Felipe Román Fuentes, Karen de la Puentes Álvarez, Claudio Ortega Reyes, Aída Vargas Verdejos, Pedro Paredes Reyes, Matías Roldán Aceituno, Pilar Chávez Aceituno, Cecilia Mancilla Vaes, Millaray Canales Aceituno, Daniel Aceituno Romero, Rosa Vega Reyes, Evangelina de las Me. Toro Zúñiga, José Salgado Mancilla, Paul Lobos González, Leonardo Ramos Lisboa, Jaqueline Luna Trujillo, Víctor Muñoz Maldonado, Evelyn Gutiérrez Ovalle, Ana Navarrete Rodríguez, Alicia Jara Cornejo, Yeny García Jara, John Pate Romero, Jocelyn Got Sánchez, Fabián Estay Jara, Lissette Rojas Díaz, Juan Ramírez Zamorano, Rocío Silva Zárate, Berta Zárate Torres, Iván Lepin Quezada, Laura Cerda Rosales, José Álvarez Urbina, Adolfo Gonzales Arriagada, Nathalie Moya Lobos, Fermín Villanueva Castro, Margarita Morales Miranda, Lucas Ordóñez Araya, Tamara Ruiz Lecaros. La Iglesia Pentecostés Linaje de Dios de Santiago, institución sin fines de lucro, tendrá por finalidad y objetivo proclamar el evangelio eterno de nuestro Señor Jesucristo difundiendo sus enseñanzas a través de medios legales permitidos. Los fundamentos y principios de fe en la que la Iglesia es en Dios, ser único y personal creador de los cielos y la tierra y de todo lo que existe en ellos. La Iglesia está compuesta por 60 miembros. La Iglesia mencionada será dirigida y administrada por un directorio eclesiástico, por un presidente, un secretario, un tesorero y dos directores; el director eclesiástico durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos. Serán deberes y atribuciones del director eclesiástico, dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades perseguidas por ella, administrar los bienes sociales e invertir sus recursos, aprobar los proyectos y programas que se encuentran ajustados a los objetivos de la Iglesia, citar a conferencias generales de socios tanto ordinaria como extraordinaria, en la forma y época que señalen estos estatutos; el directorio eclesiástico deberá administrar los bienes sociales, por lo cual estará facultado para comprar, adquirir, vender, permutar, dar y tomar en arrendamiento, administración, ceder y transferir toda clase de bienes muebles y valores mobiliarios; entre otras funciones. El Presidente, le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, presidir las reuniones del directorio eclesiástico y las conferencias generales de miembros, ejecutar los acuerdos del directorio eclesiástico, organizar los trabajos del directorio eclesiástico y proponer el plan general de actividades de la iglesia, nombrar las comisiones de trabajo que estime conveniente, firma de documentación propia de su cargo, resolver cualquier asunto urgente que se presente y solicitar en la sesión del directorio eclesiástico más próximo su ratificación, velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Iglesia; El Secretario, serán los siguientes, llevar el libro de actas del directorio eclesiástico, el de conferencias y el libro de registro de miembros, bautizos y casamientos, despachar las citaciones a conferencia ordinaria y extraordinaria y publicar los avisos de citación de las mismas, formar la tabla de sesiones del directorio eclesiástico y de las asambleas generales de acuerdo con el presidente, redactar y despachar con su firma y la del presidente la correspondencia y documentación de la entidad. El Tesorero, serán las siguientes, cobrar las cuotas ordinarias, extraordinarias y de incorporación otorgando recibos por las cantidades correspondientes, depositar los fondos de la entidad en las cuentas corrientes o de ahorro que este abra o mantenga y firmar conjuntamente con el presidente, o con quien designa el directorio eclesiástico los cheques o retiros de dineros que se giren contra dichas cuentas. Los estatutos de dicha institución se encuentran en escritura pública otorgada con fecha 17 de agosto de 2011 anotada bajo el repertorio número 889-2011 en notaría René Antonio Santelices Gamboa, Abogado Notario Público, domiciliado en Avenida Pedro Aguirre Cerda N° 6087. En cuanto a la escritura complementaria, esta fue otorgada con fecha 9 de mayo de 2012 anotada bajo el repertorio número 420-2012, en notaría Omar Retamal Becerra, Abogado, Notario Público, con domicilio en Av. José M. Carrera 6247, La Cisterna.




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