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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


MINISTERIO EVANGELÍSTICO REFUGIO Y VIDA EN CRISTO DE CONCEPCIÓN
Juan Roberto Arias Garrido, Notario Público de Talcahuano, con oficio en calle Aníbal Pinto 40, certifica: Por escritura ante mí de 26 de abril de 2011, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638: a) Nombre y Domicilio Ministerio Evangelístico Refugio y Vida en Cristo de Concepción, con domicilio en calle Ainavillo 1605, Barrio Norte, Concepción; b) Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N°02376 del 13 de mayo de 2011; c) Constituyentes: Mario Eduardo Martínez Mendoza, Jessica Juliana Gajardo Rivera, Claudia Andrea Monsalves Fierro, Mirianette del Carmen Martínez Mendoza, Patricio Eugenio Fierro Molina, Segundo Eleodoro Martínez Vidal, Erasmo Ariel Curinao Hormazábal, Elena Inés Quiñinao Paine, Samuel Alfonso Yévenes Galdames y Jovel Eulogio Bobadilla Cabezas; d) Son elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: 1) Que la Biblia es la Palabra de Dios, regla de fe y de conducta del cristiano; 2) Que hay un solo Dios manifestado en tres personas distintas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; 3) Que Jesucristo es verdadero Dios y verdadero Hombre; 4) Que la regeneración por el Espíritu Santo es esencial para la salvación de los perdidos y es totalmente por gracia y fe en Jesucristo; 5) Que el Espíritu Santo mora en el creyente permitiéndole vivir una vida que agrade a Dios y a las demás personas; 6) Que la iglesia está formada por aquellos que han confiado en Cristo y son obedientes a su palabra; 7) Que todas las personas resucitarán en el tiempo establecido por Dios, unos a resurrección de vida junto a Él, y otros a juicio y separación de Dios; 8) Que el Ministerio como entidad religiosa existe para adorar a Dios, para tener comunión entre sus miembros, para fundamentar a los creyentes en la fe y para predicar el Evangelio a todo el mundo, y 9) Proclama que el matrimonio sólo es entre un hombre y una mujer. Para el cumplimiento de sus fines el Ministerio podrá: 1) Predicar el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo; 2) Ser una entidad religiosa compuesta de fieles predicadores de la Biblia; 3) Propender de acuerdo a la doctrina cristiana a fundar, escuelas, institutos de carácter social y de beneficencia, templos, hospitales, asilos, u otros; 4) Publicar literatura evangélica en forma impresa, digital y audiovisual, buscando contribuir a la formación espiritual, moral, intelectual y cívica de sus miembros y de la sociedad en general; 5) Promover el desarrollo integral de los pastores, mediante el fortalecimiento de los principios bíblicos, la unidad, la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos sus miembros; 6) Representar y asumir la defensa y protección de los pastores y los Ministerios que éstos administran, cuando agentes del Estado o particulares coarten, desconozcan o impidan la proclamación del Evangelio garantizado por las leyes de la República y 7) Procurar el bienestar de sus miembros, en logros para sus miembros o a quienes representan, provengan estos del Estado, del Municipio, entidades privadas o personas naturales; e) Duración: Será indefinida; f) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Las Asambleas Generales que son la primera autoridad la que será ordinaria y extraordinaria. En estas asambleas tendrán derecho a voz y voto todos los miembros de la Entidad sea como fundadores o activos y representa al conjunto de los miembros; El directorio, quien administra la iglesia a través de 5 miembros, dura 2 años en el cargo y dirige, ordena y administra los fondos, dicta los reglamentos para cumplir los estatutos, acepta o rechaza a postulantes a la membresía de la iglesia y otras materias que tengan que ver con el buen funcionamiento de la iglesia y los Pastores y la Junta Oficial de cada congregación; g) El Directorio: Presidente don Mario Eduardo Martínez Mendoza; Vicepresidenta doña Jessica Juliana Gajardo Rivera; Secretaria doña Claudia Andrea Monsalves Fierro; Tesorera doña Mirianette del Carmen Martínez Mendoza; Director Patricio Eugenio Fierro Molina; h) Disolución: Acordada la disolución, sus bienes pasarán al Ministerio Evangelístico Fuego Santo, Registro Público N° 01529 de 31/10/2007. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talcahuano, mayo 3, 2012.




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