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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA LOS AROMOS DE CHIGUAYANTE
Manuel Córdova Navarrete, Notario Público de Concepción, O’Higgins 820, suplente del titular Carlos Miranda Jiménez, certifica: A) Por escritura pública de 05.05.2011, ante el titular, se constituyó entidad religiosa, según ley 19.638, denominada Iglesia Evangélica Bautista Los Aromos de Chiguayante, domicilio calle Los Aromos N° 280-2, comuna Chiguayante, Octava Región. B) Fecha y N° Registro Público: 02412 de 16.06.2011, Ministerio de Justicia. C) Constituyentes: Roberto Isaías Burgos Viveros; Gerardo Enrique Morales Figueroa; Braulio del Carmen Villafañe Rivera; Mirta del Rosario Flores Rojas, Claudia Alejandra Vergara Herrera y Juan Enrique Castañeda Silva. D) Elementos esenciales que caracterizan fundamentos y principios en que se sustentan: Según Estatutos, Uno. Las Sagradas Escrituras, entendiéndose por éstas, la Biblia, en su Antiguo y Nuevo Testamento. Dos. La sola fe en Jesucristo como único Señor y Salvador. Tres, el sacerdocio universal todos creyentes. Cuatro), una Iglesia reformada, siempre reformándose. Esta iglesia se fundamenta principios Reforma Protestante siglo XVI. El objetivo principal es proporcionar a integrantes medios materiales y espirituales posibles, necesarios para practicar Religión Cristiana Evangélica, ejercer libertad conciencia, manifestación creencias así como el ejercicio libre de culto. Tendrá, además, como fines: a) promover las enseñanzas de nuestro señor Jesucristo, mediante labor de la Iglesia, seminarios locales y predicación; promover la unión, desarrollo integral de sus miembros, el bien común general de comunidad; c) promover, fortalecer unidad de creyentes, mantener coordinación de estructuras administrativas de entidad religiosa; d) estimular y promover la evangelización del mundo, estableciendo filiales o iglesias locales; e) enviar pastores, maestros y todo personal necesario establecimiento y promoción objetivos; f) establecer departamentos internos necesarios propagación del evangelio. E) órganos de administración; número de miembros que los componen: a) Existe la Asamblea General de Iglesia, siendo primera autoridad, representando conjunto de integrantes; habrán asambleas ordinarias y extraordinarias. Se constituye Directorio Ejecutivo, compuesto 5 miembros, correspondiéndoles dirección general entidad religiosa. Los Pastores, derecho propio de su ministerio asistirán a sesiones, asesorando directorio El Presidente del Directorio lo será también entidad religiosa, representándola judicial y extrajudicialmente, siendo responsable desempeño ante Directorio y Asamblea General Ordinaria, con atribuciones señaladas artículo vigésimo estatutos; b) del Tesorero y revisadores de cuentas, siendo obligaciones del primero llevar contabilidad entidad religiosa; pagar eventuales sueldos, salarios que correspondiere, cubrir gastos ordene directorio, presentar semestralmente al Directorio y anualmente a Asamblea General cuenta documentada ingresos-gastos y presupuesto año siguiente. Habrá 2 revisores de cuentas, anualmente deberán fiscalizar contabilidad; c) Los Pastores son máxima autoridades eclesiásticas o espirituales, son inamovibles en cargos, mientras no ocurran causales negativas, conforme artículo séptimo; d) duración entidad religiosa: indefinida. Lo componen 40 miembros. Demás estipulaciones se encuentran contenidas referida escritura pública. F) fecha escritura pública que contiene estatutos nombre, domicilio notario autorizante: 05.05.2011, Rep. N° 1878/11, Carlos Alberto Miranda Jiménez. Notario Público y Conservador de Minas, Concepción, Octava Región, oficio calle O’Higgins 820, esta ciudad. Doy fe. Concepción, 25 de septiembre de 2012.




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