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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA PARA VOLVER A CREER
(Extracto)
Myriam Sánchez Sepúlveda, Abogado, Notario Público Coronel, con oficio en calle Sotomayor 520, Coronel, certifica: Por escritura pública de 24/04/2012 otorgada ante Notario titular de Coronel, Myriam Sánchez Sepúlveda, con oficio en calle Sotomayor 520; rectificada por escritura pública de 04/05/2012 y complementada por escritura pública de 31/08/2012 ambas otorgadas ante misma Notario, se constituyó persona jurídica de derecho público de acuerdo a ley N° 19.638, con nombre Corporación Para Volver a Creer cuyo nombre fue rectificado en escritura pública complementaria el 31/08/2012, por Iglesia Para Volver a Creer. Domicilio: Lincoyán 469, Coronel. Registro Público: N° 02669, de fecha 15 de mayo del 2012, otorgado por Ministerio de Justicia. Constituyentes: Luis Pardo Sepúlveda, Luis Pardo Gavilán, Mercedes Sepúlveda, Nicole Pardo Sepúlveda, Jaritza Moraga Carrillo, Felipe Kramm Mella, Maritza Betancourt Sepúlveda, Danilo Contreras Canales, Francesca Parra Betancourt, María Soledad Parra Betancourt, Marco Antonio Viveros Martínez, Gonzalo Eliecer Jerez, Doraliza Fardo Gavilán, Nataly Zúñiga Pardo, Ademir Zúñiga Villagra, Roxana Riquelme Pardo, Yenifer Zúñiga Pardo, Maximiliano Wiederhold Celedón, Jacqueline Contreras Pardo, Raquel Pardo Gavilán, Jorge Pardo Gavilán, Natividad Flores Pardo, Nicole Paredes Rodríguez, Lady Fierro Otárola, Quiterio Rodríguez Carrasco, Víctor Paredes Cuevas, Irma Rodríguez Fierro, Andrés Paredes Rodríguez, Fernando Paredes Rodríguez, Lady Maricel Rodríguez Fierro. Elementos esenciales, fundamentos y principios: a) Divulgar el Evangelio Universal e Integral de nuestro Señor Jesucristo, establecido en la Biblia, la palabra de Dios.- b) Propender al desarrollo espiritual y crecimiento de la fe entre los pastores e integrantes e Iglesias afiliadas. c) Proporcionar a las personas que en Chile, en general y en Coronel, en particular profesan la Fe Cristiana Evangélica, los medios y el apoyo necesario para que con libertad y en el plano de igualdad de derechos ejerzan en el país, el culto de sus creencias, sujetándose a las leyes de la República y con apego a la Santa Biblia y sana Doctrina Cristiana.- d) Propender a crear en un ambiente de respeto a la libertad religiosa y de conciencia, con libre expresión de los Cultos Cristianos y aquellos que no sean contrarios al orden público, a la moral ni a las buenas costumbres, entre otros. Duración: Indefinida. Órganos de Administración: a) Asamblea General, que serán ordinarias o extraordinarias; y b) Directorio, al que corresponde la administración y dirección Iglesia, en conformidad estatutos, se elegirá anualmente en Asamblea General Ordinaria; será conformado por 5 personas: Un presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Directores; y dos miembros suplentes. Atribuciones Asamblea General Ordinaria: a) Elegir los miembros que ocuparán distintos cargos del Directorio de Corporación y de Comisión Revisora de Cuentas. b) Recibir y pronunciarse sobre la cuenta administrativa que debe rendir el Directorio. c) Calificar la idoneidad de las personas que soliciten su ingreso como miembros de la Corporación, de conformidad a lo dispuesto por los artículos sexto, séptimo y octavo de éstos Estatutos. d) Recibir y pronunciarse sobre el informe anual de la Comisión Revisora de Cuentas. Atribuciones Asamblea General Extraordinaria: a) De la reforma de los estatutos corporativos. b) De la disolución de la Corporación. c) De las reclamaciones contra los directores para hacer efectivas las responsabilidades que conforme a la ley y los estatutos correspondan. d) De las compras, ventas, hipotecas, permutas, cesiones o transferencias de bienes raíces de la Corporación, la constitución de servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar y arrendar inmuebles por un plazo no superior a tres años, debiendo el acuerdo sobre estas materias ser adoptado por a lo menos dos tercios de los miembros asistentes a la respectiva Asamblea General Extraordinaria. Atribuciones del Directorio: a) Dirigir a la Corporación y administrar sus bienes. b) Citar, cuando proceda, a Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de conformidad a lo dispuesto en los artículos décimo sexto y décimo noveno de estos Estatutos. c) Redactar y someter a la aprobación de la Asamblea General los reglamentos que deberán dictarse para el buen funcionamiento de la Corporación, y todos los asuntos y negocios que estime necesarios someter a su deliberación. d) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Coronel, 24 de octubre de 2012.




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