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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2012


Entidades Religiosas de Derecho Público
MISIÓN IGLESIA EVANGÉLICA MANANTIAL DE SALVACIÓN
(Extracto)
Ramón García Carrasco, Notario Público de Concepción, con oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura de 28 de junio de 2011, repertorio 6102-2011, se redujo a escritura pública acta de constitución y estatutos Misión Iglesia Evangélica Manantial de Salvación, modificada por escritura pública de 27 de junio de 2012, repertorio 6002-2012. Nombre: Misión Iglesia Evangélica Manantial de Salvación. Domicilio: Ongolmo 327, El Sauce, Curani-lahue. Registro Público: 02521, 27 de octubre de 2011. Constituyentes: Tomás Gutiérrez Toloza, José Mella Vera, María Cheuquean Opazo, Edgardo Gutiérrez Cheuquean, Gladys Hernández Mancilla, Graciela Medina Cuevas, Marco Huichacura Cifuentes, Domingo Hernández Pérez, Regina Márquez Riffo, Alicia Carrillo Guzmán. Fundamentos: Creemos en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Creemos en Jesucristo, único Salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, que fue concebido por obra del Espíritu Santo; murió en la Cruz del Calvario, resucitó al tercer día, y ascendió a la diestra del Padre a interceder por quienes le invoquen en espíritu y verdad. Creemos en la autoridad de las Santas Escrituras, Palabra de Dios, constituida por los libros Canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento, desde Génesis al Apocalipsis. Creemos en el Bautismo del Espíritu Santo; en la resurrección de los muertos, en la segunda venida del Cristo. Sacramentos: Bautismo por inmersión; Santa Cena instituida por el Señor y Matrimonio entre hombre y mujer establecido por Dios por toda la vida. Administración: Asamblea General: Primera autoridad y representa el conjunto de miembros. Sus acuerdos obligan a los miembros presentes y ausentes. Habrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias y una asamblea general anual. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán cada 3 meses. En ellas podrá tratarse cualquier asunto administrativo de la Misión, excepto los que correspondan a la asamblea general anual y las asambleas extraordinarias. En la asamblea general anual se presentará el inventario, balance y una reseña del ejercicio anterior, se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá a las designaciones o elecciones determinadas en los estatutos. La Asamblea General Extraordinaria se efectuará cuando lo exijan las necesidades de la Misión. Sólo podrán tomarse acuerdos relacionados con asuntos indicados en la citación. Atribuciones: Reforma de estatutos; Disolución de la Misión; Constitución de entidades con personalidad jurídica propia. Los acuerdos de la asambleas generales serán adoptados por mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo que se requiera quórum especial. Directorio: Le corresponde la administración y dirección superior de entidad. Formado por 7 miembros, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y 3 Directores; duración: 2 años, y podrán ser reelegidos por un nuevo periodo, serán designados en la asamblea general. Atribuciones: Dirigir la Misión; Administrar bienes e invertir sus recursos. Cumplir los acuerdos de asambleas generales; Rendir cuenta en la asamblea general anual de la marcha de la Misión e inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventarios. Presidente: Representa judicial y extrajudicialmente a la Misión y tiene las demás atribuciones y obligaciones que determinan los estatutos. Comisión Revisora de Cuentas: Compuesta de 3 miembros elegidos en la asamblea general anual. Atribuciones: Revisar los Libros de Contabilidad; y comprobantes de ingresos y egresos; elevar a la asamblea general anual, un informe escrito sobre las finanzas; comprobar la exactitud del inventario. Demás atribuciones, funciones de esos órganos en escritura extractada. Directorio provisorio: Presidente, Tomás Gutiérrez Toloza; Vicepresidenta, María Cheuquean Opazo; Secretario, José Mella Vera; Tesorero, Edgardo Gutiérrez Cheuquean; Directores, Regina Márquez Riffo, Graciela Medina Cuevas y Gladys Hernández Mancilla. Demás estipulaciones en escritura. Concepción, octubre 3 de 2012.




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