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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA TIEMPO DE GRACIA PARA LAS NACIONES
(Extracto)
1. En Hualpén, 7 abril 2012, se efectuó asamblea constitutiva persona jurídica derecho público Iglesia Tiempo de Gracia para las Naciones, en adelante la Iglesia. 2. Domicilio principal: Bristol 3474 B, población Armando Alarcón del Canto, Hualpén. 3. El 4 mayo 2012, el Ministerio de Justicia asignó a la Iglesia N° 02665 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. 4. Asistieron asamblea constitutiva y firmaron acta respectiva: Víctor Álvarez Vásquez, María Cortínez Espinoza, Honoria Cifuentes Morales, Alejandro Rebolledo Tapia, José Astudillo Jara, Natalia Rebolledo Espinoza, Daniela Cortínez Cortínez, Margarita San Martín Sobarzo, Elizabeth Márquez Troncoso, Olga Espinoza Escobar, Edver Vásquez Lara, Juan Álvarez Vásquez. 5. Principios o artículos de fe: a) Creemos que hay un Dios en tres personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo; b) Creemos en Jesucristo que es verdadero Dios, Verdadero hombre, salvador y redentor del hombre; c) Creemos en la Biblia única regla de fe y conducta; d) Creemos en el Bautismo por agua como testimonio público de la fe en Jesucristo. 6. Órganos de administración: a. Directorio. Corresponde administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad a los estatutos y acuerdos de las asambleas generales de miembros. Constituido por los pastores de la Iglesia. b. Las Asambleas Generales. Habrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias. En las asambleas generales ordinarias, que se celebrarán en octubre de cada año, se presentará el balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior. Además, en la misma reunión, se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá, cuando proceda, a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. c. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas, por estimarlas necesarias para la marcha de la Iglesia. En las asambleas extraordinarias podrán tratarse únicamente las materias indicadas en la convocatoria. 7. Acta constitución reducida escritura pública, Notaría Concepción, Carlos Miranda Jiménez, 17 de abril de 2012, quien autoriza extracto.




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