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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA CRISTIANA NUEVA VIDA ELIAM
(Extracto)
Eduardo Uribe Mutis, Abogado, Notario Público de Quillota, O’Higgins 414, Certifico: Que don Freddy Aquiles Castillo Zamorano CI N°10.662.956-0, Patricio Enrique García Apablaza CI N°13.178.329-9, Alberto Domingo Valenzuela Garrido CI N°8.310.209-8, Bella del Tránsito Apablaza Contreras CI N°4.953.257-1, Margarita Paola Catalán Tapia CI N°14.387.322-6, Nira Ester Olguín Tapia CI N°4.299.988-1, Fernando Enríquez Veas Piñones CI N°16.820.566-K, Francisco Antonio Veas Piñones CI N°17.688.372-3 y Daniela Isamar Díaz Ponce CI N°17.618.845-6, constituyeron iglesia de derecho público Iglesia Cristiana Nueva Vida Eliam, conforme ley N°19.638, y el decreto 303/2000 del Ministerio de Justicia, número de registro 02549 de fecha 7 de diciembre de 2011, con domicilio en La Cruz, pasaje Hiriart N°70, constituida conforme consta en escritura pública de reducción de Acta de constitución de asamblea de aprobación de estatutos y elección de Directorio de Iglesia Cristiana Nueva Vida Eliam, de fecha 6 de octubre de 2011, complementada por Acta complementaria de los estatutos de la entidad religiosa Iglesia Cristiana Nueva Vida Eliam, reducida a escritura pública de 20 de agosto de 2012, ambas ante mí. Fines: Su finalidad es de índole religiosa. Objetivo principal: 1.- Divulgar doctrina cristiana evangélica en sus principios integrales, promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, promover el mejoramiento espiritual. Principios y fundamentos: Creemos en un solo Dios, y Padre de todos, el Hijo, Verbo del Padre, Verdadero y Eterno Dios, Verdadero Hombre concebido por el Espíritu Santo en el seno de la virgen María, creemos que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo, y que es de una misma sustancia del Padre y del Hijo, creemos que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo, y que es de una misma sustancia del Padre y del Hijo". Órganos de administración de la Iglesia: La entidad será dirigida y administrada por un Directorio compuesto por un Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario y un Director. Sus atribuciones serán dirigir la institución y administrar sus bienes, citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias, redactar los reglamentos, rendir cuentas, resolver las dudas y controversias, comunicar oportunamente a la asamblea la designación de los representantes de la entidad, adquirir toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, acordar los gastos e invertir los fondos de la institución, vender los bienes muebles e inmuebles de la institución, tomar dineros en préstamos o hipotecar los bienes raíces o darlos en prenda si fuere necesario; informar las sanciones reglamentarias impuestas para el cumplimiento de sus objetivos. Demás estipulaciones en escrituras extractadas. Quillota, 9 de enero de 2013.




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