GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL "MORADORA DE SIÓN"
Eduardo Diez Morello, Abogado, Notario Público, Titular de la 34ª Notaría Santiago, Morandé 243, Certifico: Por escritura pública de fecha 27 de abril 2012, otorgada ante el Titular, se redujo a escritura pública Acta de constitución y aprobación de Estatutos de Entidad Religiosa de derecho público Iglesia Evangélica Pentecostal Moradora de Sión, complementada por escritura pública, otorgada ante mi suplente Manuel Ramírez Escobar, con fecha 28 de diciembre del año 2012, domiciliada en Los Hinojos N°3520, población Huamachuco II, Renca, Región Metropolitana, inscrita en el Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia bajo el N°02673 de fecha 22/05/2012, cuyos constituyentes son: Cristian Zúñiga Ríos, Aarón González Videla, Luis Huenupi Paine, Pamela Méndez Ahumada, Ema Cid Fuentes, Bristela Mori Orellana, Maribel Chacón Zapata, Paola Ortega Zapata, Cecilia Correa Segura, Juana Lemunao Fica, Marta Alarcón Contreras, Ema Cid Cid, Isabel Vidal Soto, Jorge Fuentes Henríquez, Atilio Coña Pichipil, Encarnación Cid Cid, Sara Zapata Aros; los elementos esenciales que la caracterizan y fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa son: La base doctrinaria profesada por la presente Iglesia está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras (Biblia, en su Antiguo y Nuevo Testamento); el credo doctrinario está constituido por los siguientes principios: Creemos en: 1. La Trinidad, constituida por el Padre, Hijo y Espíritu Santo. Existe un solo Dios verdadero. En este único Dios, existen 3 personas de una misma sustancia, de existencia eterna. 2. Cree en Jesucristo, único Salvador de la humanidad, Hijo de Dios. 3. Cree en la autoridad de las Santas Escrituras como la Palabra inspirada de Dios. 4. Reconoce como sacramentos: el Bautismo por inmersión para arrepentimiento y la Santa Cena instituida por el Señor. 5. Cree en el bautismo del Espíritu Santo. 6. Cree en la resurrección de los muertos, y en la venida de Cristo a la Tierra en gloria y majestad. Siete: Cree en la segunda venida de Cristo a la Tierra. Ocho: Cree en la justificación por la fe en Jesucristo. Órganos de Administración: Será administrada por un directorio compuesto por: Un Presidente, Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y 3 Directores. El Presidente: a) podrá representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia acordando las normas generales del caso; b) relaciones con terceros pudiendo delegar sus facultades al Vicepresidente; c) organizar todo lo relacionado con la situación económica y financiera de la Iglesia; d) aceptar donaciones y erogaciones a nombre de la Iglesia; e) dirimir empates que se puedan producir en votaciones del Directorio; f) buscar el financiamiento necesario para conseguir los objetivos de esta entidad, tanto dentro del territorio nacional, como fuera de él; g) velar por el cumplimiento de los objetivos de la entidad. Vicepresidente, reemplazará al Presidente en caso de impedimento temporal o definitivo, gozará de todas las atribuciones que este estatuto otorga al Presidente. Secretario: a) levantar y autorizar actas de la Conferencia General y del Directorio; b) redactar y autorizar las comunicaciones y notas del Directorio; c) llevar los libros de inventarios de todos los bienes de la entidad; d) autorizar con su firma la correspondencia y documentación de la Iglesia, con excepción de aquellas que correspondan al Presidente, y recibir y despachar la correspondencia; e) hacer citaciones a sesiones del Directorio y Conferencia General; f) en general, cumplir con todas las tareas que le encomienden el Directorio, el Presidente, los estatutos y los reglamentos, relacionados con sus funciones. Tesorero: a) llevar un registro de las entradas y gastos de la Iglesia; b) mantener al día la documentación contable de la Iglesia, recibos y demás comprobantes de ingresos y egresos; c) velar por el cumplimiento de la legislación tributaria, en cuanto afecte al Ministerio; d) mantener al día un inventario de todos los bienes del Ministerio; e) firmar junto con el Presidente los giros; f) recibir y depositar los dineros de la Iglesia en una institución bancaria y g) en general, cumplir con todas las tareas que le encomienden el Directorio, el Presidente, los estatutos y los reglamentos, relacionados con sus funciones. Responderá con sus bienes por pérdida culpable o malversaciones de los bienes y fondos. Santiago, 15 de marzo de 2013.




VolverTamaño de Fuente