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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA EVANGÉLICA TU NUEVO AMANECER EN CRISTO JESúS
(Extracto)
Por acta constitutiva reducida a escritura pública con fecha 12 de junio de 2012, otorgada ante la Notario Público de San Miguel con asiento en San Ramón doña Susana Belmonte Aguirre, domiciliada en Santa Rosa N° 7963, oficinas 2 y 3, se suscribió acta constitutiva y estatutos de la entidad denominada Iglesia Evangélica Tu Nuevo Amanecer en Cristo Jesús, posteriormente rectificada mediante escritura pública de fecha 14 de enero de 2013 otorgada ante Gabriel Guerrero González, Notario Público de San Miguel con asiento en San Ramón, mismo domicilio anterior, en el sentido de modificar sus artículos noveno, décimo, décimo segundo, décimo quinto y décimo séptimo, en lo referido a los requisitos para la afiliación, permanencia y desafiliación de sus miembros; artículos décimo octavo, vigésimo y vigésimo tercero, en lo referido a las asambleas ordinarias y extraordinarias de la entidad; artículos vigésimo sexto y cuadragésimo segundo, referidos a sus órganos de administración, y artículo cuadragésimo cuarto, en lo referido a la cuotas que conforman el patrimonio de la entidad. Constituyentes: Ítalo Francisco Torres Montecino, Rosa Torres Montecino, Verónica Andrea Torres Montecino, Elia Mical Guzmán Uribe, Daniel Alexis Pastén Fernández, Marisol del Pilar Hormazábal Pérez, José Antonio Martínez Soto, Elia del Carmen Uribe Muñoz, Marco Aurelio Torres Montecino, Verónica Tomasa Montecino Vergara, Josseline Jussett Valenzuela Medina, Bryan Alejandro Fariñes Zárate, Juan Alberto Meneses Cárcamo, Rita Darinka del C. Arias Roling, Patricia Alejandra Bahamondes Fuentes, Yacqueline de las Mercedes de La Hoz Daza, Ana Rosa Sepúlveda Aguilera, Jules del Carmen Arrollo Sepúlveda, Yessica Carolina Vergara Briones, Cristian Orlando Araya Opazo, Patricia Graciela Andrade Cerda, Rosa del C. Jara Villagrán, Gladys del Carmen Medina Navarrete, Carlos Smith Concha Ortega, Jhon Alejandro López Valenzuela. Elementos esenciales y fundamentos: la entidad es una comunidad de carácter evangélica que se identifica, vincula y comparte con otras instituciones de la misma tradición histórica, cuerpo de doctrina y sistema de gobierno teocrático y apostólico. La entidad declara que la Biblia es la única autoridad de doctrina y práctica para los creyentes e iglesias cristianas y sostiene los siguientes principios de fe que se profundizan en su Declaración de Fe respectiva: I. Creemos en el Dios único, auto manifestado para la salvación (en lo temporal y en lo eterno) de los seres humanos, como Padre Soberano, como Hijo Redentor y como Espíritu Santificador. II. Creemos que una iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él y que tiene como misión la adoración, el servicio bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora en su medio y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo. III. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica. IV. Creemos que los miembros e instituciones asociadas de Tu Nuevo Amanecer en Cristo se rigen por el gobierno apostólico y teocrático establecido en las Sagradas Escrituras y pueden cooperar libremente con otras iglesias o instituciones ligadas a Tu Nuevo Amanecer en Cristo para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo. V. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a la Deidad dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos del reino de Dios. Esta conciencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social. VI. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia es una sociedad escatológica, convive la fe que actúa por el amor, evangeliza y educa sobre la base de la fe, según el Espíritu de Jesucristo. Promoveremos los valores éticos y religiosos que emanan de las Sagradas Escrituras como diseños divinos para el ser humano, manteniendo y desarrollando sobre bases cristianas la idea del matrimonio entre un hombre y una mujer como núcleo fundamental de la familia. Órganos de Administración, sus atribuciones y número de miembros que los componen: Directorio integrado por cinco (5) miembros, facultades señaladas en el Título IV, de los órganos de administración, el Directorio. Existe un Presidente, un Vice-presidente, un Secretario, un Tesorero y un Director. El Presidente representa judicial y extrajudicialmente a la entidad con las facultades señaladas en los artículos trigésimo sexto y siguientes. La designación de los miembros de los órganos de administración de la entidad consta en la apertura del acta de constitución, previo a la individualización de los constituyentes. San Ramón, a 18 de marzo de 2013.




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