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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
CONSEJO DE PASTORES EVANGÉLICOS DE SANTA JUANA, SIGLA C.D.P.E.D.STJ.
Santa Juana, 7 de junio de 2009. Domicilio principal: Luis Cruz Martínez 875, Santa Juana. Registro Ministerio Justicia: N° 01942, de 31 de agosto de 2009. Asistentes asamblea constitutiva: Emeterio Contreras Arratia, José Olave Leiva, Jaime Sáez Neira, Hugo Beltrán Bustamante, Eulogio Ancatrío Ancatrío, Luis Vera Vera, Tito Fernández Pincheira, José Arratia Carrasco, Enrique Valencia Rumino, José Medina Medina, Luis Cuevas Cuevas, Hugo Vargas Rojas, Juan Collinao Huilipán, Pedro Mora Mora, Jorge Burdiles Sanhueza, Cipriano Burgos Saavedra, Bonifacio Zenteno Muñoz, Aurelio Mella Pezo, José Catril Ulloa, Juan Castro Castro, Presentación Gajardo Fuentes, Dagoberto Oñate Torres, José Medina Gallardo, José Burgos Burgos, Duverildo Guzmán Salinas. Principios o artículos de fe: La Biblia es la palabra inspirada por Dios y regla infalible de fe y conducta, por medio de la cual Dios se comunica con su pueblo; Creemos en un Dios trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo, que son uno: co-iguales y co-eternos, creemos en Jesucristo, Hijo Unigénito de Dios, que sin perder divinidad se hizo hombre encarnándose en la virgen María y vino a salvar a la humanidad de sus pecados a través de su muerte y muerte de cruz, creemos en su resurrección y ascensión a los cielos, y viene pronto a buscar a su Iglesia, creemos en el Espíritu Santo que Él prometió y envió para redargüir y convencer al mundo de pecado y para guiar, edificar y consolar a su Iglesia hasta el establecimiento de ella en su reino, obedecemos a dos principales ordenanzas que Jesucristo encomendó a su Iglesia: el bautismo en el agua, en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y la Ministración de la Cena del Señor. Órganos de administración: A. Asambleas Generales. Órgano colectivo principal, formada por el conjunto de socios activos, cuyo número es variable. Habrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán una vez al año y podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones de la asamblea, se fijará cuota de incorporación. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocar a ellas, o cada vez que lo soliciten al Presidente del Directorio, a lo menos un tercio de los socios activos, indicando el objeto de la reunión. B. Directorio. Le corresponde la dirección y administración de la institución. Compuesto por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Director, elegidos cada tres años en Asamblea General Ordinaria, y sus atribuciones y deberes son: a) Dirigir la institución y velar que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos. Aprobar proyectos y programas; c) Citar a asambleas generales de socios, ordinarias y extraordinarias, en la forma y época que señalen los estatutos; d) Crear ramas, sucursales, filiales, anexos oficinas y departamentos que estime necesarios; e) Redactar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus fines, y someterlos a: aprobación de la Asamblea General más próxima; f) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales; g) Rendir cuenta, en la Asamblea General Ordinaria anual, tanto de la marcha de la Institución, como de la inversión de sus fondos, mediante memoria, balance e inventario que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus socios; h) Calificar ausencia o imposibilidad de sus socios; i) Remitir memoria y balance al Ministerio de Justicia; j) Resolver dudas y controversias motivadas de la aplicación de Estatutos y Reglamentos; y k) Demás que señalen Estatutos y ley. El acta entidad fue reducida a escritura pública, ante Notario Santa Juana, María González Barrientos, el 21 de agosto de 2009, complementada el 26 de septiembre 2012, quien autoriza el presente extracto.




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