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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
MISIÓN DE EQUIPOS GLOBALES DE EVANGELIZACIÓN
(Extracto)
Carlos Miranda Jiménez, Notario Público de Concepción, O’Higgins 820, certifica: 1. Lugar y fecha constitución: Concepción, 13 noviembre 2011. 2. Domicilio principal: Eduardo Frei N° 91, Concepción. 3. Registro Ministerio Justicia: N° 02678, de fecha 25 de mayo de 2012. 4. Asistentes asamblea constitutiva: Benjamín Ibaca Soto, Marcia del Pino Vallejos, Aland Astudillo Ascencio, Entela Astudillo, Patricia Espinoza Ponce, Viviana Vicencio Abarca, Héctor Campos Valdeavellano, Jorge Salazar Salgado, Héctor Fuentes Muñoz, Ximena Sepúlveda Rosas. 5. Principios o artículos de fe: La Biblia, que es verbalmente inspirada por el Espíritu Santo en las Escrituras Canónicas, es la inherente y autoritaria Palabra de Dios, Existe un Dios trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; El hombre, en su estada natural de pecado, requiere nacer de nuevo, La salvación es por gracia, por medio de la fe en la resurrección y muerte sustitutoria de Jesucristo, nuestro Señor y Salvador; La Gran Comisión implica para los creyentes ir a todo el mundo y predicar el Evangelio a toda criatura, haciendo discípulos bautizándoles y enseñándoles que guarden sus mandamientos, en una lengua que ellos puedan entender. 6. Órganos de administración: a. Asambleas Generales. Primera autoridad de la Misión y representan al conjunto de sus miembros, cuyo número es variable. Hay asambleas generales ordinarias y extraordinarias. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán en agosto cada año y en ellas podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la Misión, se presentará el balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior, se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas o cada vez que lo soliciten al Presidente del Directorio, un tercio, a lo menos, de los miembros. b. Directorio. Corresponde la administración y dirección superior de la Misión constituido por miembros determine asamblea general. Presidente y Secretario durarán tres años en sus funciones y el resto de los cargos dos años, todos reelegibles, y sus atribuciones y deberes son: a) Dirigir la Misión y velar que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) administrar los bienes de la Misión e invertir sus recursos; c) citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias de miembros, en la forma y época que señalen los estatutos; d) redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Misión; e) cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) rendir cuenta en la asamblea general ordinaria, tanto de la marcha de la Misión, como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventarios que en esa ocasión se someterán a la aprobación de los miembros. 7. El acta entidad fue reducida a escritura pública, en Notaría Concepción, Carlos Miranda, 3 mayo 2012, quien autoriza el presente extracto.




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