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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA EVANGÉLICA UNIDAD
CRISTIANA DE NACIMIENTO
1. En Nacimiento, 7 julio 2012, se efectuó asamblea constitutiva persona jurídica derecho público Iglesia Evangélica Unidad Cristiana de Nacimiento, en adelante la Iglesia. 2. Domicilio principal: Baldomero Lillo 1411, Villa Escritores de Chile, Nacimiento. 3. El 9 noviembre 2012, el Ministerio de Justicia asignó a la Iglesia N° 2834 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. 4. Asistieron asamblea constitutiva y firmaron acta respectiva: Mario González Urrutia; Ana Díaz Aravena; María Rivas Vallejos; Nelson González Díaz; Juana Araya Peña; Boris Carrasco González; Rufino Avello Ferrada; Marta Pedrero Torres; Nencio Muñoz Contreras; Marta Heredia Flores. 5. Principios o artículos de fe: I. La Santa Biblia es la palabra inspirada de Dios para los hombres y por medio de ella le podemos conocer; II. El hombre que no conoce a Dios está perdido y muerto espiritualmente; III. Para alcanzar la salvación eterna el ser humano tiene que reconocer que está en pecado, creer en Dios, arrepentirse y recibir por fe a Cristo en su corazón; IV. El bautismo por inmersión es requisito para la salvación; V. El Espíritu Santo se recibe por la imposición de manos después del bautismo. 6. Órganos de administración: a. Directorio. Corresponde administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad a los estatutos y acuerdos de las asambleas generales. Constituido por los pastores de la Iglesia, a lo menos, seis integrantes. b. Las asambleas generales. Habrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán en enero de cada año y en ellas se presentará el balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior; se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá, cuando proceda, a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas, por estimarlas necesarias para la marcha de la Iglesia y podrá tratarse únicamente las materias indicadas en la convocatoria. 7. Acta constitución reducida escritura pública, Notaría Concepción, Carlos Miranda Jiménez, 26 septiembre 2012, quien autoriza extracto.




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