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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


IGLESIA LA BIBLIA ES TU VIDA
María Soledad Santos Muñoz, Titular 7a Notaría Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, certifica: Por escritura del 30 octubre 2012, ante mí: don Juan Luis Romero Sánchez, CI número catorce millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos noventa y ocho guión K, doña Carolina del Carmen Vidal Gómez; Bernarda de las Mercedes Sánchez Cabrera; Manuel Jesús Silva Ramos; Lorena Marisel Martínez Monje; Gonzalo Javier Ñanculef Pangui; Sandra del Pilar Mariqueo Echeverría; Rolando Alejandro Rojas Fernández; Cecilia Isabel Muñoz Sancez; José Miguel Silva Soto, quienes después de un amplio debate, aprobaron por unanimidad los estatutos, y constituyen Iglesia de derecho público Iglesia La Biblia es tu Vida, Registro N° 2848, del 23 noviembre 2012, dirección en calle Santos Medel número mil seiscientos cincuenta y cinco, de la comuna de Cerro Navia. Fines: Difundir el Evangelio. Principios: Todo lo que enseña la Biblia, exhortación verbal de la Biblia, la Alabanza pública a Dios, la predicación del Evangelio, la vida cristiana testimoniada por sus miembros, el evangelismo personal y colectivo, el realizar todo tipo de obras inspiradas en las enseñanzas de las Sagradas Escrituras, tanto en sus proyecciones espirituales como las que atañen a la moralidad, la consolidación de la familia, la honestidad en todos los actos de la vida pública y privada y todos aquellos que contribuyan al mejoramiento integral del ser humano y redunde en su propio beneficio, en el de la familia y el de la comunidad. Órganos: Serán administrativos, Asambleas ordinarias, extraordinarias y Directorio. Administrativos y Religiosos: La Iglesia será dirigida y administrada por un Directorio compuesto por seis miembros: un Presidente, o Pastor Presidente; un Vicepresidente, un Secretario(a), un Prosecretario(a), un Tesorero (a), un Protesorero(a), a los que corresponde la administración y dirección superior de la Corporación, en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales. El Directorio durará 5 años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos los miembros del Directorio en sus cargos para los mismos puestos o para otros diversos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2013.




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