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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA EVANGÉLICA ASAMBLEA DE DIOS DEL MINISTERIO DE BARUERI EN CHILE
Juan Armando Bustos Bonniard, Notario Público Chillán, Constitución 550, local 3, certifica que: 13 diciembre 2012, se redujo a escritura pública ante Notario Interino Rafael Ormeño Rubilar, acta constitutiva y estatutos; por escritura pública 17 mayo 2013 ante mismo notario interino se complementaron estatutos. Ernesto Villarroel Hermosilla, Cristián Concha Sepúlveda, Juan Meza Contreras, Margarita Hermosilla Pinto, Rosa Arriagada Palavecino, Isabel Villarroel Hermosilla, Magaly Astudillo Ortiz, Luis Labrín Ramírez, Renato Fuentealba Martínez y Alejandra Hidalgo Leal, constituyeron Iglesia Evangélica Asamblea de Dios del Ministerio de Barueri en Chile y aprobaron estatutos. Domicilio: calle Caupolicán, pasaje 2 Poniente 960, población El Roble, Chillán. Registro N° 2891, 22 enero 2013. Elementos esenciales: Constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras. Creencia en Dios único para la salvación del Hombre, como Padre Soberano, Hijo Redentor y Espíritu Santificador; la iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados en base a la fe personal en Él; tiene como misión la adoración, el servicio bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo; la salvación del Hombre responde a la gracia de Dios y requiere sólo fe en Jesucristo; el principio voluntario respecto de la fe y de membresía eclesial; todo ser humano tiene el derecho inalienable a adorar la Deidad donde, cuando y como su conciencia le dicte, la conciencia del cristiano está iluminada por valores bíblicos del Reino de Dios; el principio de autonomía de la iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la iglesia. El Estado es una institución legítima, vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la iglesia es una sociedad escatológica, evangeliza y educa sobre la base de fe en Jesucristo. Administración: Asamblea general, órgano máximo. Ordinarias: diciembre cada año; extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos urgentes. Atribuciones que señalan estatutos. Directorio Ejecutivo: 7 miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y Vocal. Duración: 3 años. Atribuciones: Dirigir la iglesia; cumplir y hacer cumplir el estatuto; velar por cumplimiento de acuerdos de la Asamblea General; rendir cuenta a la asamblea general de marcha de la iglesia, informar estado financiero, presentar presupuesto de entradas y gastos del período siguiente; asesorar instancias y órganos internos de iglesias locales, en su relación con la iglesia a nivel nacional y organizaciones internacionales; designar pastores; designar miembros Presbiterio; ejercer funciones de órgano disciplinario de la iglesia en primera instancia; elaborar y ejecutar el programa anual de actividades; contratar y despedir trabajadores, asesorías profesionales, fijándoles remuneraciones; llevar registro de miembros de la iglesia y aceptar ingreso o renuncia; llevar libro de actas de asambleas generales; llevar libros de contabilidad de la iglesia; elaborar los actos normativos necesarios; administrar el patrimonio de la iglesia en concordancia con el estatuto. Atribuciones miembros Directorio: Artículos 38 a 45 estatuto. Demás estipulaciones escrituras extractadas. Chillán, 19 junio 2013.




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