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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA EVANGÉLICA AUTÓNOMA MONTE DE ARARAT UN NUEVO RENACER
(Extracto)
Luis Alberto Arenas Moreno, Abogado, suplente del titular don Eduardo de Rodt Espinosa, Notario 1ª Notaría Rancagua, oficio San Martín 427, certifico: con fecha 29 febrero 2012 se redujo a escritura pública acta de constitución entidad religiosa derecho público: Nombre: Iglesia Evangélica Autónoma Monte de Ararat Un Nuevo Renacer. Registro N° 02639 de 30 de marzo 2012 Domicilio principal: Ruta H-40, sin número, Olivar Bajo, comuna de Olivar; constituyentes: Carlos Antonio Hernández Hernández; Ester Vilma Lara Carvajal; Filomena del Carmen Chacón Soto; Benjamín del Carmen Chacón Paredes; Lautaro Contreras Rojas; Exequiel Alfonso Vargas Lara; Gisselle Alexandra Ramírez Garcés; Lucía Rosa Soto Rojas; Luis Francisco Pavez Chacón; Ángela del Carmen Pavez Garrido; Valezca Andrea Pavez Chacón; Patricia Asunción Guzmán Toro; Luis Arturo Vega Carrasco; Angelina del Carmen Galarce Vega; Jaime Alberto Aravena Rubliar; Elcina Ivette Casanova Toledo; Jaime Andrés Aravena Casanova; Luisa Paula Lara Carvajal y José Manuel Varas Silva. Elementos esenciales: entidad religiosa Derecho Público, sin fines de lucro, regida por estos estatutos, por la ley N° 19.638 y decreto supremo N° 303 del Ministerio de Justicia. Duración indefinida, número de miembros ilimitado. Fundamentos y principios de fe profesada: 1.- En la total inspiración divina de la Biblia como la palabra de Dios, que proporciona los fundamentos de la Fe, ya que la Biblia es divinamente inspirada y sus palabras fueron inspiradas por el creativo designio de Dios, cuya palabra es perfecta en su exactitud y segura en su confiabilidad e inviolable y es un libro que revela la voluntad de Dios a través de su palabra, su obra y revela el plan y las predicciones divinas. 2.- En un Dios que existe eternamente en tres personas, a saber: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. 3.- Que Jesucristo es el unigénito del Padre, que fue crucificado, sepultado y resucitó de entre los muertos. Reconociendo que Jesucristo es el Señor, quien derramó su sangre divina como pago de los pecados de la humanidad y por la restauración de la paz del pacto. 4.- Que todos han pecado y están destituidos de la Gloria de Dios; que el arrepentimiento es ordenado por Dios a todos y necesario para el perdón de los pecados y es el primer llamado para entrar al reino y nacer de nuevo. 5.- Que la justificación, la regeneración y el nuevo nacimiento, por la fe en la sangre de Jesucristo y que el creyente inicia una nueva vida que hace nacer una nueva relación con Dios, una nueva criatura. 6.- En la santificación, subsecuente al nuevo nacimiento, por la fe en la sangre de Jesucristo. Sangre del pacto que nos proporciona la salvación del alma. 7.- Que la Santidad es la norma de la vida, de Dios para su pueblo, clave para la relación de fe con Dios y desarrollar el plan divino que restaura el dominio humano en el mundo. 8.- En el bautismo en el Espíritu Santo, subsiguiente a la limpieza del corazón. 9.- Que la oración y el desarrollo espiritual sirven de sostén a nuestra unión con Dios. 10.- Que somos responsables ante nuestra conciencia y ante Dios de la tarea de proclamar el evangelio para exaltar al Señor y darlo a conocer por el mundo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 14 de mayo de 2013.




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