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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


MINISTERIO EVANGELÍSTICO HIJOS DEL DIOS VIVO
Teodoro Patricio Durán Palma, Notario Público, titular de la 2ª Notaría de Coyhaique, domiciliado en 21 Mayo 551, Coyhaique; certifica: Que, con fecha 26 de septiembre 2012, ante mí, don Hugo Humberto Soto Contreras redujo a escritura pública el Acta de constitución y aprobación de estatutos del Ministerio Evangelístico Hijos del Dios Vivo celebrada 5 septiembre 2012, domicilio principal: Calle Barros Arana N°1074, población Pablo Neruda, de la ciudad de Coyhaique. Inscripción en Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia: 22 de octubre 2012, N° 2.821. Comparecientes a Asamblea Constitutiva: Ángela Aurelia Vidal Oval, Pablo Neftalí Calderón Muñoz, Cristian Milton Mera Figueroa, Rocío D.c. Nahuelquin Torres, Carmen Eulalia Mora Cárdenas, Jacqueline Heblu Uribe Mora, Hugo Humberto Soto Contreras, Jacqueline Anabel Uribe Pérez, Víctor Osvaldo Vásquez Vargas, Jonatán Omar Narváez Orellana, Gabriela Denis Cayun Mora, Juan Agustín Barría Apablaza, Rosa Mireya Rubilar Triviño, Any Nuvia D. Soto Uribe, Nolberto Mario A. Arriagada Mathieu, María José Fuenzalida Redlich, Yasna Andrea Soto Ditzel, Soledad Isabel Caiguan Veloso y Yenifer Vanesa Cayun Mora. Elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que aquella profesa: a) Divulgar la doctrina cristiana en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, la Santa Biblia, y procurar por todos los medios que estén al alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen. b) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, artísticos, etc., de tal manera, que cada miembro del ministerio represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador. c) Promover el mejoramiento espiritual y superación en la Fe de las personas que integran el medio influido del ministerio, pudiendo realizar ceremonias, prédicas, campañas, cruzadas y otras manifestaciones activas, públicas o privadas, en que resalte el Mensaje de Salvación de Dios. d) Crear y sostener iglesias, bibliotecas y centros de reunión, escuelas, comedores abiertos, centros de rehabilitación para la superación de adicciones, delincuencia y otros males, hogares de ancianos, infantiles, y en general, centros que permitan la difusión del Evangelio, a la vez, hacer obras sociales en beneficio de los necesitados. e) Crear y sostener imprentas, radioemisoras, periódicos y otros que permitan difundir la Palabra, por escrito o visualmente, el Evangelio de la Palabra Divina, pudiendo, para ello, contratar programas de prensa, radiales y televisivos. f) Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros, creando Institutos Bíblicos, estudios por correspondencia u otros medios que permitan acrecentar sus conocimientos bíblicos y aun otorgarles títulos religiosos que les permitan enfrentar con mayor eficiencia la misión que les compete. g) Someterse en su accionar, estrictamente, a las leyes chilenas y observar la más completa imparcialidad política. h) Crear y realizar tareas de educación cristiana en jardines infantiles, escuelas, liceos, centros de formación técnica, universidades, etc. i) En general, realizar todas aquellas acciones encaminadas al mejor logro de los fines que persigue el ministerio, en la proclamación de las buenas nuevas. Órganos de administración: a) Directorio: formado por 7 miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario Ejecutivo, Secretario de Cuentas, Tesorero y 2 Vocales; Atribuciones: Dirigir la organización y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades del ministerio; Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; Citar a Juntas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el ministerio y de los diversos departamentos y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Juntas Generales; Rendir cuentas en Junta General Ordinaria, tanto de la marcha de la Institución, como de la inversión de sus fondos mediante un balance o inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros; Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada sede o congregación dependiente de la Organización; la admisión o remoción de miembros; Conferir poder especial al Directorio, revocarlos y delegarlos en todo o en parte, y b) El Liderazgo espiritual: Es el equipo de trabajo que tendrá por objeto la dirección del cuidado y el crecimiento espiritual del ministerio, será designado por el Pastor, según las capacidades espirituales y necesidades que se presenten.- Coyhaique, 13 de mayo de 2013.




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