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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


MISIÓN EVANGÉLICA LA GLORIA POSTRERA DE TALCAHUANO
Juan Roberto Arias Garrido, Notario Público Talcahuano, oficio calle Aníbal Pinto N° 40, certifica: Por escritura pública ante mí de 23 de agosto de 2012, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638: a) Nombre y domicilio: Misión Evangélica la Gloria Postrera de Talcahuano, con domicilio en Los Pitigues 392, Los Lobos Viejos, Talcahuano, Octava Región, República de Chile; b) Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 02803 del 25 de septiembre de 2012; c) Constituyentes: Héctor Mario Curimil Calful, Roberto Hernán Ortega Martínez, Richard Alejandro Rojas Inostroza, Cristian Hernán Sanhueza Muñoz, Eduardo Alexis Llancalleo Jaramillo, Juan Francisco Navarrete Ramírez, Domingo Enrique Olate Olate, Luis Estorgio Espinoza Casanga, Denisse Valeska Carrizo Pradenas y Patricio Osvaldo Romero Palma; d) Son elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: la Biblia es la Palabra de Dios, regla de fe y de conducta del cristiano, hay un solo Dios manifestado en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo, Jesucristo es verdadero Dios y verdadero Hombre, la salvación se obtiene por el arrepentimiento del pecado y por la fe acepta el perdón de Dios a través de Jesucristo, el Espíritu Santo mora en el creyente permitiéndole vivir una vida que agrade a Dios y a las demás personas, la iglesia es el cuerpo de Cristo y está formada por los nacidos del Espíritu y obedecen su palabra, sin distinción que adoran a Dios, evangelizan al mundo, edifican a los fieles y llevan a cabo obras sociales, el arrebatamiento de la Iglesia ocurrirá cuando Jesucristo regrese por los suyos, la segunda venida de Cristo traerá paz y cumplirá las promesas hechas a Israel, todas las personas resucitarán, unos a resurrección de vida junto a Dios, y otros a juicio y separación de Él; nuestra Misión tiene dos ordenanzas, el bautismo en agua por inmersión y la Santa Cena como un símbolo de nuestra unión con Cristo, la sanidad divina se recibe por fe en base en el sacrificio de Cristo, y el matrimonio es solamente entre un hombre y una mujer; e) Para el cumplimiento de sus fines la Iglesia podrá: Predicar el Evangelio de Jesucristo, ser una Iglesia de fieles predicadores de la Biblia, propender a fundar escuelas, institutos de carácter social y de beneficencia, templos, hospitales, asilos, u otros, difundir la fe y así contribuir a la formación integral de sus miembros y de la sociedad, promover el desarrollo de los pastores y miembros fortaleciendo los principios bíblicos, la unidad, la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos sus miembros, representar y asumir la defensa de pastores e iglesias cuando agentes del Estado u otros impidan el libre ejercicio de la proclamación del Evangelio, garantizado por las leyes de la República y procurar el bienestar de sus miembros, en logros para sus miembros provengan estos del Estado, del Municipio, entidades privadas o personas naturales; f) Duración: Será indefinida; g) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Las Asambleas Generales que son la primera autoridad la que será ordinaria y extraordinaria, tendrán derecho a voz y voto todos los miembros de la entidad y representa al conjunto de los miembros; el Directorio quien administra la iglesia formado por 5 miembros, duran 2 años en el cargo y dirigen, ordenan y administran los fondos, dictan los reglamentos, aceptan o rechazan a postulantes a miembros de la iglesia y otras materias que tengan que ver con el buen funcionamiento de la iglesia y los Pastores y la Junta Oficial de cada congregación; g) El Directorio: Presidente: Héctor Mario Curimil Calful; Vicepresidente: Roberto Hernán Ortega Martínez; Secretario: Richard Alejandro Rojas Inostroza; Tesorero: Cristian Hernán Sanhueza Muñoz; Director: Eduardo Alexis Llancalleo Jaramillo; h) Disolución: Acordada la disolución, sus bienes pasarán a la entidad evangélica de derecho público Consejo de Pastores e Iglesias Evangélicas de Concepción, Registro Público N° 02031 de fecha 28 de diciembre de 2009.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talcahuano, mayo 28, 2013.




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