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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


IGLESIA CRISTIANA DIVINA GRACIA
Por instrumento privado de 30 marzo 2012, reducido a escritura pública fecha 10 abril 2012, Notaría Santiago, María Gloria Acharán Toledo, Matías Cousiño 154, Santiago, se constituyó Iglesia Cristiana Divina Gracia, domicilio Cartagena de Indias 1156, La Florida, con Registro Público N° 2833, de fecha 9 noviembre de 2012. Constituyentes: Andrés Manuel Aravena Campos; Eduviges del Carmen González Villaroel; Myriam Elizabeth Miranda Pérez, Eugenia Antonia Rosales Rosales, Gloria Gema Saldívar Maldonado, Jocelyn Janett Tamarín Torres. Es Iglesia de carácter religioso y espiritual, sin fines de lucro. 1.- La Santa Biblia es la inspirada, infalible y autoritaria palabra de Dios. 2.- Hay un solo Dios eterno y trino: Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo, estas tres personas un mismo poder y propósito. 3.- Postulamos que Jesucristo es hijo de Dios, su nacimiento virginal y vida perfecta sin pecado; y sus obras sobrenaturales de milagros y sanidades. 4.- Creemos en la salvación y santificación de los que creen, a través de la regeneración de sus corazones y la renovación por el Espíritu Santo. 5.- Sustentamos el Ministerio del Espíritu Santo, autorizado y capacitando al cristiano para que viva una vida santa. 6.- Declaramos la resurrección de los muertos para vida eterna con Cristo Jesús para los que son salvos, y la eterna condenación en el infierno para los incrédulos. 7.- Creemos en el Ministerio Quíntuple, establecido en la Santa Escritura constituido por Apóstoles, Profetas, Evangelistas, Pastores y Maestros. 8.- Creemos en el omnisciente cuerpo espiritual de Cristo y su santa unidad en lazos de paz.- Para el logro de estos fines y la difusión de ellos, podrá, sin que su enumeración sea limitada: a) Anunciar y difundir el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo estableciendo y administrando templos y lugares destinados al culto, instituciones bíblicas, colegios, librerías, casas editoriales, radioemisoras, canales de televisión, establecimientos educacionales, universidades, entidades deportivas, establecimientos destinados a labores asistenciales, tales como refugios de desamparados, huérfanos, ancianos y centros de ayuda social. b) Colaborar con autoridades públicas y privadas en campañas de bien social y cultural. c) Asociarse transitoria o permanentemente con otras confesiones religiosas, o extranjeras que persiguen fines análogos a ella. Esta confesión no persigue ni se propone fines de lucro ni fines que estén reñidos con las Sagradas Escrituras, ni sindicatos, estando expresamente prohibido desarrollar actividades de carácter político partidario, y propagar ideologías políticas partidistas de cualquier clase. La Iglesia, consecuente con su naturaleza religiosa y espiritual basada en la Santa Biblia, jamás podrá abanderizarse o comprometerse con doctrinas, partidos políticos o filosofías filantrópicas, racionalistas agnósticas y/o librepensadoras. La Iglesia, consecuente con su naturaleza religiosa y espiritual basada en la Santa Biblia, jamás podrá bendecir matrimonios compuestos por cónyuges del mismo sexo. Órgano de administración: Consejo de Dirección. Al Consejo de Dirección corresponde la administración y dirección superior de la iglesia, en conformidad a sus estatutos. El directorio estará constituido por los siguientes miembros: Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y un representante de cada ministerio. Los integrantes del Consejo de Dirección durarán 2 años en sus funciones y podrán ser designados por un nuevo periodo. El Presidente, que también se denominará Pastor, ejercerá su cargo en forma vitalicia, no obstante, queda sujeto a lo indicado en el articulo décimo segundo del título segundo de estos estatutos. Consejo de Dirección: Vicepresidente: Eduviges del Carmen González Villaroel. Secretaria: Myriam Elizabeth Miranda Pérez. Tesorera: Eugenia Rosales Rosales. Director: Jocelyn Janett Tamarín Torres. Director: Gloria Gemma Saldívar Maldonado. Santiago, 4 de julio de 2013.




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