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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
CONGREGACIÓN APOSTÓLICA EN JESUCRISTO
Francisco Yáber Lozano, Notario Titular Primera Notaría Chillán, Arauco 645, certifico: Por escritura pública ante mí, 30 de mayo de 2013, rectificada por otra de esta misma Notaría el 18 junio de 2013, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de la Entidad Religiosa de la siguiente entidad religiosa de derecho público que se extracta: Nombre: Congregación Apostólica en Jesucristo. Domicilio: Calle Eleuterio Ramírez 1191 C, Coihueco, provincia de Ñuble, Región del Biobío.- Registro Público número: 2826, fecha: 29 de octubre de 2012.- Nombre de los constituyentes: José Hernán Rivas Durán, CI 10.797.911-8; Verónica de las Mercedes Pavez Narváez, CI 12.084.943-3; Jonathan Alexis Rivas Pavez, CI 17.051.936-1; María Magdalena Durán Luengo, CI 6.967.690-1; María Guillermina Rivas Durán, CI 11.445.267-K; Hernán Rivas Espinoza, CI 5.443.662-9; Domingo Agustín Quintana Toledo, CI 22.377.811-9; Óscar Daniel Guzmán Muñoz, CI 12.147.446-8; José Miguel Pino Pino, CI 8.111.165-0; Jael Belén Rivas Pavez, CI 19.782.002-0; Ángela Escarlett Meneses Jiménez, CI 19.752.457-K; José Ignacio Quezada Guzmán, CI 19.416.779-2; Cristopher Kevin Guzmán Palma, CI 19.359.749-1; Pedro Celestino Sotomayor Bascur, CI 14.057.268-3; Georgina del Carmen Sepúlveda Ramírez, CI 15.875.083-K.- Objetivo Principal: Será predicar y divulgar las enseñanzas del Evangelio del Reino de Dios y de nuestro Señor Jesucristo, según lo establecido en la Biblia, la Palabra de Dios, a través de los medios permitidos por la ley y realizar labores de educación religiosa y también actividades de ayuda, asistencia social y rehabilitación.- Fundamentos y Principios de Fe: Creencia en el Dios único; una iglesia que se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo; Creencia que la Iglesia de nuestro Señor Jesucristo es Universal; Creencia que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; Creencia que las iglesias locales se rigen por el gobierno congregacional; Creencia en el Bautismo en agua; Creencia en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial; En la unión única entre hombre y mujer; Creencia en una Iglesia Santa al igual que la hermandad; Creemos en el día anunciado por el Señor; Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado y del Estado respecto de la Iglesia.- Órganos de Administración: Asamblea General es el órgano colectivo principal de la institución, integrada por el conjunto de sus miembros activos.- Directorio, compuesto por 6 miembros, le corresponde la administración y dirección superior de la Institución de acuerdo a los estatutos y a los acuerdos de la Asamblea General.- Consejo Asesor, formado por un número variable de personas elegidas por el Directorio de entre los miembros o externos a la institución, es un organismo consultivo del Directorio.- Comisión Revisora de Cuentas: Compuesta por 3 miembros que duran 2 años.- Tribunal de Honor, compuesto por 3 miembros elegidos cada 2 años en que se designará un Presidente y un Secretario. Duración de la entidad y número de miembros: Serán indefinidos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Chillán, junio 3 de 2013.




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