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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
CENTRO CRISTIANO JUAN 3:16
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular 43a Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública de 25 de abril de 2013, ante mí, se redujo a escritura pública acta de constitución y estatutos de entidad religiosa de derecho público, denominada Centro Cristiano Juan 3:16. Por escritura pública de fecha 9 de julio de 2013, ante mí, se redujo a escritura pública la respuesta a oficio N° 2.719, que dio respuesta a observaciones. Domicilio principal es Abisinia N° 1435, de la comuna de Maipú, Santiago. Inscripción N° 2983, del 16 mayo 2013, Registro Entidades Religiosas de Derecho Público, Ministerio de Justicia. Los constituyentes son: Raúl Hernán Pineda Valenzuela, RUT: 6.326.382-6, Samuel Francisco Quiñones Barrera, RUT: 8.040.263-5, Iván Narciso Torres Debia, RUT: 12.251.998-8, Carolina Andrea Caro Toro, RUT: 12.029.851-8, Nelly Rojas Díaz, RUT: 7.316.285-8, Nélida Pineda Valenzuela, RUT: 9.785.190-5, Joana Belén Quiñones Pineda, RUT: 17.317.599-K, Daniel Quiñones Pineda, RUT: 19.035.942-5, Daniela Pineda Rojas, RUT: 15.424.196-5, Olga Guajardo Toledo, RUT 10.077.650-2, Carlos Torres Arellano, RUT: 9.832.400-3, Amalia Torres Guajardo, RUT: 17.837.510-5, María Elena Salazar González, RUT: 11.525.859-1, Marco Antonio Guajardo Toledo, RUT: 10.588.597-0, Viviana Salazar González, RUT: 13.555.120-1, Cristian López Hurtado, RUT: 14.394.625-8, Eugenia Salazar González, RUT: 11.694.300-K, Carlos Miranda Yáñez, RUT 9.732.062-4, Diego Miranda Salazar, RUT: 17.465.083-7, Luis Ubilla Faúndez, RUT 7.896.754-4, Mónica Ahumada López, RUT 9.125.326-7, Erika Aguirre Sánchez, RUT: 9.829.405-8, Juan Pablo San Martín Aguirre, RUT: 18.538.499-3, Marianela Frigerio González, RUT: 6.495.050-9, Patricio Rocco Ramos, RUT: 8.043.065-5, Elisa Marcela Gallardo Bravo, RUT: 6.979.288-K, Leonilda Toledo Morales, RUT 5.671.524-K, Elizabeth Padilla Martínez, RUT 9.807.733-2, Carol Escobar Padilla, RUT 17.810.402-0, Pedro Antonio Escobar Carrasco, RUT 10.033.356-2, Esteban Escobar Padilla, RUT: 16.659.273-9, María E. Quiñones Barrera, RUT: 9.261.866-8, Elena Órdenes Vílchez, RUT: 4.700.749-6, Narciso Torres Berríos, RUT: 4.704.543-6, Florinda Debia Herrada, RUT: 4.751.578-5, Felipe Ignacio Pineda Rojas, RUT: 15.709.749-0, Matías Soto Sepúlveda, RUT: 17.282.829-9. De conformidad a lo dispuesto en la ley 19.638. Las finalidades de esta entidad de derecho público están contenidas en el texto expreso del Artículo 4 de los Estatutos y son: a) Divulgar la doctrina cristiana evangélica en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, la Santa Biblia y procurar, por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen. b) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, artísticos, charlas, alabanzas, sermones, de tal manera que cada miembro del centro cristiano represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador. c) Promover el mejoramiento espiritual y superación en la fe de las personas que integran el medio influido por estas iglesias, pudiendo para dicho objeto realizar ceremonias, prédicas, cultos, cánticos, plegarias, campañas, cruzadas y otras manifestaciones activas, públicas o privadas, en que resalte el mensaje divino y la misión que nos impusiera Nuestro Señor - Mateo veintiocho:dieciocho-veinte. d) Crear y sostener iglesias, bibliotecas y centros de reunión, escuelas, hogares de ancianos, infantiles y, en general, centros que permitan la difusión del evangelio, a la vez el hacer obras sociales en beneficio de los necesitados. e) Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y pastores, creando institutos bíblicos que permitan acrecentar sus conocimientos bíblicos, para enfrentar con mayor eficiencia la misión evangélica que les compete. f) Someterse en su accionar, estrictamente, a las leyes chilenas y observar la más completa imparcialidad política. El Directorio estará constituido por 3 integrantes. Directorio provisorio: Presidente: Raúl Hernán Pineda Valenzuela. Secretaria: Carolina Andrea Caro Toro. Tesorero: Iván Narciso Torres Debia, con las atribuciones señaladas para cada cargo. Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva: a) Dirigir la entidad y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades de la entidad; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Juntas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Juntas Generales; e) Rendir cuentas en Junta General Ordinaria, tanto de la marcha de la institución, como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada iglesia o circuito dependiente de la entidad; g) Dictar los reglamentos internos de las iglesias, circuitos y núcleos, con acuerdo de cada iglesia, circuito o núcleo y aprobación final de la Junta General. Corresponde al Presidente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad religiosa; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Juntas Generales de miembros; c) Convocar a Juntas Ordinarias o Extraordinarias de miembros, cuando corresponda, de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden al Secretario, Tesorero y otros funcionarios que designe el Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la entidad. Este plan deberá ser presentado en la primera reunión anual que realice el Directorio o en la primera que celebre, después de aquella en que se eligió al Presidente, si así correspondiere, y una copia del mismo se deberá hacer llegar a cada Director, con a lo menos tres días de anticipación a la fecha de la sesión en que se debatirá y aprobará. El Directorio, por mayoría de votos, podrá hacer modificaciones a este plan y deberá continuar sesionando hasta que se alcance el acuerdo. Las distintas sesiones que sean necesarias para aprobar este plan no deberán ocupar un plazo mayor de una semana contando desde la fecha de la primera sesión y se considerarán, para todos los efectos legales, como una sola sesión; f) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la entidad; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la entidad; i) Dar cuenta anualmente en la Junta General, en nombre del Directorio, de la marcha de la entidad y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos estatutos y los reglamentos. Deberes del Secretario: a) Llevar el Libro de Actas del Directorio y de las Juntas Generales; b) Despachar las citaciones de juntas generales; c) Formar la tabla de sesiones del Directorio y de las Juntas Generales, con acuerdo del Presidente, en el primer, caso y del Directorio, en el segundo; d) Autorizar con su firma las copias de las Actas que solicite algún miembro de la Corporación; e) En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende el Directorio, las Juntas Generales, el Presidente, los Estatutos y los Reglamentos y todas aquellas relacionadas con sus funciones. Funciones del Tesorero: a) Cobrar las cuotas ordinarias y extraordinarias, otorgando recibos por las cantidades correspondientes; b) Llevar el registro de las entradas y gastos de la Corporación; c) Mantener al día la documentación contable de la Corporación, especialmente el registro de las facturas, recibos y demás comprobantes de ingresos y egresos, pudiendo, para estos efectos, contratar el personal especializado que sea necesario, contratación que deberá contar con la aprobación previa del Directorio; d) Preparar el Balance que el Directorio deberá proponer anualmente a la Junta General de miembros activos; e) Mantener al día el inventario de todos los bienes de la Corporación; f) En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende el Directorio, el Presidente, los Estatutos y los Reglamentos y aquellas relacionadas con sus funciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 8 agosto 2013.




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