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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
CENTRO PARA EL DESARROLLO CRISTIANO
Ramón García Carrasco, Notario Público Concepción, Rengo 444, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de abril de 2013, Repertorio N° 3065-2013, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública acta de constitución y estatutos "Centro para el Desarrollo Cristiano. Nombre: Centro para el Desarrollo Cristiano’. Domicilio: Génova 2870, Armando Alarcón del Canto, Hualpén, Región del Biobío. Registro Público: N° 2967 de fecha 3 de mayo de 2013. Constituyentes: Héctor Omar Romo Jiménez, Marcia Irene Stöckle Chicago, Rodolfo Alexis Romo Jara, César Augusto Farfán Cielo, Benedicta del Carmen Fica Pradena, Cristian René Torres Prats, Luis Alex forres Navarrete, Ana María Prats Rivas y Lidia Nury Jara Maldonado. Fundamentos: Creemos que Dios es Uno, revelado en tres personas, a saber, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Creemos que Jesucristo es Dios manifestado en carne, el cual es verdadero Dios y verdadero hombre, teniendo por tanto las dos naturalezas, esto es la divina y la humana; Jesucristo nació de una Virgen, María, la cual concibió por obra del Espíritu Santo; Jesucristo por el amor de Dios a la humanidad y por su mandamiento, murió voluntariamente en una cruz, fue sepultado y resucitó al tercer día conforme a las escrituras; Jesucristo es el único camino provisto por Dios para la salvación del hombre, ya que es el único Nombre bajo el cielo dado a los hombres en que podemos ser Salvos; la salvación por tanto es un regalo de Dios al hombre, no puede obtenerse por piedad, obra ni mérito personal alguno; la salvación es un acto de la gracia de Dios que se recibe por la fe; el recibo de la salvación, implica el ser justificados y constituidos hijos de Dios, y esto por adopción. Creemos que la Biblia es la palabra inspirada por Dios, por lo tanto es la palabra de Dios en sí misma, tanto el Antiguo Testamento como el Nuevo Testamento; la palabra de Dios es infalible y es regla suficiente de fe y práctica. Creemos en el poder del Espíritu Santo para revelarnos las Escrituras y crear en el interior del hombre una nueva vida, para hacer milagros y señales a favor de los que aman a Dios. Creemos en la resurrección de los muertos y en la segunda venida de Cristo en Poder y Majestad, para llevar consigo a sus escogidos. Creemos en la justificación por la Fe en Jesucristo y no por las obras. Creemos en el bautismo por inmersión, en la Cena del Señor que nos recuerda el sacrificio por nuestra redención cada vez que la tomamos. Creemos en la familia bien constituida en el orden de Dios, como base fundamental de una sociedad sana; creemos en la educación y formación de los hijos en los valores cristianos y responsabilidad como ciudadanos. Administración: Asamblea General: Primera autoridad representa el conjunto de miembros. Sus acuerdos obligan a los miembros presentes y ausentes. Habrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias y una asamblea general anual. La asamblea general ordinaria se celebrará una vez al año. En ella podrá tratarse cualquier asunto administrativo del Centro, excepto los que correspondan exclusivamente de la asamblea general anual y las asambleas extraordinarias. En la asamblea general anual se presentará el inventario, balance y una reseña del ejercicio anterior, se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá a las designaciones o elecciones determinadas en los estatutos. La Asamblea General Extraordinaria se efectuará cuando lo exijan las necesidades del Centro. Sólo podrán tomarse acuerdos relacionados con los asuntos indicados en la citación. Atribuciones: Reforma de estatutos; disolución del Centro; constitución de entidades con personalidad jurídica propia. Los acuerdos de la Asamblea General serán adoptados por mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo que se requiera quórum especial. Directorio: Le corresponde la administración y dirección superior del Centro. Formado por 5 miembros, Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Tesorero y un director. Duración 2 años y podrán ser reelegidos por un nuevo periodo. Serán designados en la Asamblea General Anual. Atribuciones: Dirigir el Centro; Administrar bienes e invertir sus recursos; Citar a Asambleas Generales Ordinarias, extraordinarias y anual de miembros; Redactar los reglamentos necesarios para el mejor funcionamiento del Centro; Cumplir los acuerdos de las Asambleas generales; Rendir cuenta en la asamblea general anual, de la marcha del Centro e inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventarios. Presidente: Representa judicial y extrajudicialmente al centro y tiene las demás atribuciones y obligaciones que determinan los estatutos. Comisión Revisora de Cuentas: Compuesta de 2 miembros elegidos en la asamblea general anual. Atribuciones: Revisar los libros de contabilidad y comprobantes de ingresos y egresos; informar al Directorio sobre la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas; llevar a la Asamblea General Anual, un informe escrito sobre las finanzas; comprobar la exactitud del inventario. Demás atribuciones, funciones de esos órganos en escritura extractada. Directorio: Presidente: Héctor Omar Romo Jiménez, Vicepresidente: Rodolfo Alexis Romo Jara; Secretaria: Marcia Irene Stöckle Chicago, Tesorero: César Augusto Farfán Cielo y directora: Ana María Prats Rivas. Demás estipulaciones en escritura. Concepción, julio 2 de 2013.




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