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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


IGLESIA DE JESUCRISTO LINAJE DE DAVID
José Gerardo Bambach Echazarreta, Abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en San Martín 906, Certifica: Que por escritura pública de fecha 22 octubre 2012, ante mi suplente doña Zunilda Suazo Castillo, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos entidad religiosa de derecho público celebrada con fecha 28 agosto 2012, denominada "Iglesia de Jesucristo Linaje de David, con domicilio en calle 2 Norte 480, Población Patricio Lynch, Talcahuano, fue inscrita el 4 de enero de 2013 en el Registro de Instituciones de Derecho Público del Ministerio de Justicia, bajo el N°2876. Duración indefinida y sus miembros ilimitados. Constituyentes: Ana Luisa Arriagada Inostroza, Mireya Cristina Alarcón Villagra, Evaristo Luciano Cayul Cayul, Luis Alberto Álvarez Gangas, Maribel Marcela Alveal Valverde, Laydi Mariana Vásquez Alveal, José Roberto Vásquez Alveal, Angélica María Puente Contreras, Yirlen Grey Cortés Fernández, Mario Andrés Cayul Maldonado, Luis Humberto Lemunao Cabeza, Juan Carlos Miranda Huine, Hilda del Carmen Maldonado Solís, María Haidee Gangas Flores, Lilian Alejandra Huenul Palma, Claudio Cristian Lazo Maldonado, Jorge Alarcón Loyola, Jeannette Elizabeth Contreras Bello, Marco Aurelio Ramírez Arrau, Juan Omar Montoya Césped, José Domingo Henríquez Muñoz, Olga Rebeca Palma Fernández, Paola Marcela Henríquez Palma, Tiare Romané Henríquez Palma, Romy Helen Henríquez Palma, Rosa Guillermina Rubilar Yáñez, Ingrid del Carmen Fica Rubilar, Vitorio Gabriel Cea Barra, Verónica del Carmen Espinoza Arriagada, Juana María Zamorano Tolra, Olga Margarita Pozo Daza, Elcira del Carmen Zamorano Cea, Jorge Iván Alarcón Villagra, Nancy del Carmen Molina Antipil, Francisca Constanza Lemunao Caniu, María Albertina Durán Herrera, Margarita Haidee Durán Herrera, Vittorio Gabriel Cea Espinoza, María Natividad Herrera Aguilera, Sandra Mariela Morales Galdames, Aníbal Jacob Morales Osses y Maricela del Carmen Morales Galdames. Principios: Creemos en el Dios único, automanifestado para la salvación de los seres humanos, como Padre Soberano, como Hijo Redentor y como Espíritu Santificador. Creemos en la Biblia como nuestra única regla de fe y conducta. Creemos que una iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica. Creemos que la iglesia local se rige por el gobierno bíblico, son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones, pero que a la vez pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. Objeto: a) predicar y promover las enseñanzas del Evangelio del Reino de Dios, según las enseñanzas de Jesucristo, la promoción de las buenas costumbres y prácticas ajustadas en todo a la moral cristiana, pudiendo utilizar para estos efectos templos, misiones, locales de predicación o cualquier otro lugar; b) fundar y mantener establecimientos educacionales de enseñanza prebásica, básica, media y superior; c) la ayuda solidaria a los necesitados de la sociedad en general, con absoluta prescindencia de orientaciones políticas o partidistas, o de cualquier otra naturaleza ajenas a los propósitos exclusivamente bíblicos que la animan; d) estrechar entre sus miembros los vínculos de compañerismo, solidaridad y amor cristianos y además, prestar permanente apoyo a sus integrantes dentro de los recursos y capacidades de la misma; e) organizar servicios religiosos y de ayuda comunitaria, con sentido estrictamente cristianos, sin distinción alguna de: religión, raza o condición social sin llegar jamás a inmiscuirse en cualquier tipo de actuaciones políticas o partidistas; f) intervenir ante las autoridades con el fin de obtener ayuda para los miembros más necesitados de la comunidad; g) llevar a la práctica la auténtica caridad cristiana, que no busca retribución material, sino la exclusiva oportunidad de servir a los necesitados; h) fundar instituciones o misiones filiales en las distintas ciudades del país y crear delegaciones a fin de afianzar y cumplir con los fines de la iglesia; i) efectuar toda clase de obras de extensión cultural y espiritual en beneficio de la comunidad en general. Para el cumplimiento de estos fines podrá emplear todos los medios de difusión masiva, publicar y difundir literatura cristiana, por escrito o empleando cualquier técnica audiovisual. Los órganos de administración: La Asamblea General compuesta por todos los miembros; un Directorio compuesto de siete miembros estará formado por un presidente, un secretario, un prosecretario, un tesorero, un protesorero y dos directores elegidos por la Asamblea y una Comisión Revisora de Cuentas compuesta por tres miembros. El presidente representa judicial y extrajudicialmente a la entidad, El Directorio con facultades de administrar, organizar y ejecutar los estatutos y velar por el cumplimiento de los fines de la entidad, cuyas atribuciones y deberes se encuentran descritos en escritura extractada. Concepción, 14 de agosto de 2013.




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