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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


IGLESIA MINISTERIO EVANGELÍSTICO BELÉN
Jorge Iván Acuña Pérez, Notario Público, Andrés Bello N° 453, Quilpué, certifica; Que por escritura de fecha 13 de mayo de 2013, ante mí, se constituyó la entidad religiosa de derecho público ley 19.638 y su reglamento 303, denominada Iglesia Ministerio Evangelístico Belén, con domicilio principal en calle Inca de Oro, manzana D1, Lote 2 Reñaca Alto, de la ciudad de Viña del Mar, V Región, con registro número 2992 de fecha 30 de mayo de 2013. Constituyentes: Emilio Gabriel Yáñez Manzano, Ana Rosa Salas Carrasco, Roxana Marisol Yáñez Salas, Hillary Jourdan Castro González, Ninfa Elba Araya Tello, Edith Paulette Godoy Adones, Anita Elizabeth Yáñez Salas, Gloria Victoria Villalobos Tobar, Gabriela María Montano Díaz, Raquel Navarrete González, María Teresa Camus Castillo, Elbira Cepeda Barraza, Pamela Otilia Llanquel Vives, Gladys Aros Vásquez, Gri- neldo Pizarro Pizarro, Rosa Margarita Sánchez Silva, Tabita Navarrete Navarrete, Josué Absalón Navarrete Navarrete, Romina Alejandra Yáñez Montano, David Emilio Yáñez Montano, Ana Rosa González Leyton, Benita Victoria Palacios Brito, Héctor Mauricio Carroza Uribe, Rosa Navarro Valle, Eva Tapia Salas, Octavio Silva Herrera, Esteban Eduardo Gutiérrez Aros, Ana Stuardo Solís, Rosario Prieto Viera, Moisés Gutiérrez Villarroel, Sandra Eugenia Maldonado Araya, Vicente Ricardo Camargo y Susan Karen Puebla Escobar. Elementos esenciales: Entidad de derecho público, regida por los presentes estatutos, por la ley 19.638 y reglamento 303, de duración indefinida, número de miembros ilimitado. Objeto principal de la Iglesia: Contribuir en todo lo que sea posible a la evangelización mundial. El cuidado, la educación y la fraternidad espiritual de los hijos de Dios. Dar a conocer al mundo el reino de Dios. Formar una generación de creyentes. Crear y sostener iglesias locales, seminarios y locales de predicación. Fundamentos principios: Sostenemos y creemos en la inspiración verbal, plenaria, infalible e inerrante e ilimitada de la Biblia. En un Dios y que este existe eternamente en tres personas, que son El Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. Que Jesucristo es el unigénito del Padre, concebido por el Espíritu Santo y nacido de la Virgen María. Que el arrepentimiento es ordenado por Dios a todos y necesario para el perdón de los pecados. En el bautismo en agua por inmersión. En el bautismo en el Espíritu Santo. En la práctica de la Santa Cena del Señor. En la segunda venida de Jesucristo, en forma premilenial. En la Resurrección corporal, vida eterna para los santos y castigo eterno para los pecadores. Los órganos de administración son: El directorio formado por 7 miembros que ocupan los cargos de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres directores, con los derechos de dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos y finalidades, objetivos y fundamentales de ella, administrar los bienes sociales e invertir sus recursos, convocar a asambleas generales ordinarias o extraordinarias, crear toda clase de filiales, anexos, oficinas y departamentos, redactar los reglamentos, cumplir hacer cumplir los acuerdos de la asamblea general, rendir cuenta y en general las demás atribuciones que señalan los estatutos y la legislación. El presidente del directorio lo será también de la Iglesia, correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial de ella, presidir las reuniones del directorio y las asambleas generales, ejecutar los acuerdos del directorio, y en general las demás facultades que le otorgan los estatutos y la ley. Pastor Emilio Yáñez Manzano, debidamente facultado declara que todos los demás detalles se encuentran en la mencionada escritura. Quilpué, 13 mayo 2013.




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