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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA PENTECOSTAL HUESTES DE LA FE
(Extracto)
Héctor Efraín Basualto Bustamante, abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública de 20 de agosto de 2012, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución y aprobación de estatutos de la entidad religiosa de derecho público "Iglesia Pentecostal Huestes de la Fe", cuyo extracto es el siguiente: Constituyentes: Don Roberto Efigenio Huitrañan López, Remigio de la Cruz Huitrañan López; Noemi Avenin Huitrañan Huitrañan, Pamela del Carmen Huitrañan Rojas, Eunice Antonia Alvial Huitrañán, Carlina del Rosario Mella Quiroz, Juan Isaac Alvial Henríquez, Josué Andrés Paredes Madariaga, Inés Fresia Lepín Llanquitrú, Ana Elizabeth Huitrañán Rojas, Ester María Huitrañan Vargas, Nelson Elier Quiroz Mella, Margarita Caro Castillo, Andrea del Pilar Araneda San Martín, Ruth María Vargas Castillo. Nombre y domicilio: "Iglesia Pentecostal Huestes de la Fe".-, con domicilio en Fresia N° 560, comuna de Galvarino, sin perjuicio de desarrollar sus actividades en otros puntos del país. Fecha y número de registro: Inscripción Registro Público Unidad de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia bajo el N° 2801 de fecha 21 de septiembre de 2012. Objeto: a) predicar el Evangelio del Reino de Dios, según las enseñanzas de Jesucristo y con la dirección del Espíritu Santo, pudiendo establecer para estos efectos templos, locales u otros lugares de predicación, públicos y privados tanto en Chile como en el extranjero; b) Efectuar toda clase de obra de extensión cultural, social y espiritual en beneficio de la comunidad en general. Para el cumplimiento de estos fines podrá publicar y difundir literatura cristiana por escrito o empleando cualquier medio audiovisual. Principios: 1) Los 66 libros canónicos de la Biblia, escritos originalmente, que fueron inspirados por Dios y por lo tanto son libres de error. Ellos constituyen la única guía de fe y práctica; 2) De la Santísima Trinidad: Hay un solo Dios, vivo y verdadero, eterno, de infinito poder, sabiduría y bondad, creador y conservador de todas las cosas, así visibles como invisibles, y en la unidad de ésta, hay 3 per- sonas y cada una de ellas es Dios y manifestación plena de la Naturaleza Divina: El Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. 3) Del Verbo o Hijo de Dios que fue hecho verdadero Hombre El Hijo, que es Verbo del Padre, verdadero y eterno Dios, de una misma substancia con el Padre, tomó la naturaleza humana en el seno de la bienaventurada virgen, de manera que dos naturalezas, a saber: La Divina y la Hu- mana se unieron en una sola persona, para jamás ser separadas, de lo que resulta un solo Cristo, verdadero Dios y verdadero Hombre, que realmente padeció, fue crucificado, muerto y al tercer día resucitó para reconciliarnos con su Padre, no solamente por la culpa original, sino también por los pecados actuales de todos los hombres. 4) Del Espíritu Santo. El Espíritu Santo, que procede del Padre y del Hijo, es una misma substancia, majestad y gloria con el Padre y con el Hijo, siendo un verdadero y eterno Dios. En el ejercicio de su divina majestad bautiza y obra con poder en los creyentes, sellándolos según la promesa para el día de la redención. 5) De la Suficiencia de las Santas Escrituras para la Salvación. Creemos que la Biblia es la palabra de Dios, nuestra única regla infalible de fe y conducta, por haber sido inspirada por el Espíritu Santo. La Santa Biblia contiene todas las cosas necesarias para la salvación, de modo que no debe exigirse que hombre alguno reciba como artículo de fe, ni considere como requisito necesario para la salvación, nada que en ellas no se lea, ni pueda por ellas probarse. 6) Creemos en el bautismo en agua por aspersión. 7) La Santa Cena del Señor. Creemos que la santa cena es también un sacramento para la Iglesia, del que participan los miembros de la congregación. Como un símbolo de nuestra unión con Cristo, un recordatorio de su sufrimiento y muerte y un anuncio de su inminente retorno. Administración: 1) Al Directorio de la Iglesia le corresponde la Administración y Dirección superior de ésta, de conformi- dad con los estatutos y acuerdos de las asambleas generales. El directorio durará 4 años en sus funciones, pudiendo sus miembros, ser reelegidos. El Directorio estará compuesto por 6 miembros elegidos por la Asamblea General en votación directa y secreta. 2) La asamblea general es la autoridad administrativa máxima de la Iglesia. Estará integrada por la Directiva de la Iglesia y los socios de ésta. Sus acuerdos adoptados estarán de conformidad al presente estatuto. 3) La comisión revisora de cuentas estará compuesta por 3 personas elegidas por la Asamblea General de entre sus miembros y entrará en funciones un día después de la entrega de la cuenta final de la directiva saliente. Tendrá la obligación de examinar los libros de tesorería, exigir los respectivos comprobantes, inspeccionar las cuentas y cerciorarse de la corrección del manejo de los fondos de la organización. 4) El Tribunal de la iglesia estará constituido por 3 miembros elegidos por el Directorio, durarán 5 años en sus funciones, el tribunal en primera instancia tiene la atribución de sancionar todas las conductas que contravengan estos estatutos. Además estará facultado para investigar y sancionar a cualquier integrante de Iglesia en los términos establecidos en el título sexto. Disolución: En caso de disolución, sus bienes pasarán al "Comité de Acción Social Enhacore Galvarino". Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 20 de agosto de 2013.




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