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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2013


Ministerio de Justicia
APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD
JURÍDICA A "FUNDACIÓN ÁNGEL GUARELLO", DE SANTIAGO
Santiago, 12 de julio de 2013.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 468.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en la cuarta disposición transitoria de la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en los artículos 24, 26, 27 y 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008; lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago y por el Consejo de Defensa del Estado.
Considerando:
1.- Que la entidad denominada "Fundación Ángel Guarello" con domicilio en la provincia de Santiago, que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto de Justicia N° 4.573, de 4 de octubre de 1953, mediante presentación de fecha 24 de octubre de 2011, solicitó la aprobación de acuerdo de disolución de la institución antes mencionada, y la cancelación de su personalidad jurídica.
2.- Que la entidad adoptó el acuerdo de disolución en sesión extraordinaria de Directorio efectuada el día 23 de agosto de 2011, cuya acta se encuentra contenida en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2011, otorgada ante el Notario Público de Santiago Raúl Iván Perry Pefaur.
3.- Que se requirió informe sobre marcha general de la entidad a la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, siendo éste evacuado mediante Oficio Ord. N° 2.898 de 4 de junio de 2012. A la vez, se recibió el Informe N° 697, de 31 de julio de 2012, solicitado al Consejo de Defensa del Estado, el que recomienda acceder a la disolución voluntaria de la entidad.
4. Que habiéndose dispuesto en el artículo décimo séptimo de los estatutos el destino de los bienes existentes al momento de su disolución en los siguientes términos: "La fundación no podrá extinguirse antes de treinta años de tener existencia y, aún en este evento, deberá serlo por fuerza mayor. Disuelta la Fundación, sus bienes pasarán a la Asociación de Egresados de Ingeniería Química de la Universidad Católica de Valparaíso y/o a la Fundación Futuro Emprendedor".
Decreto:
1.- Apruébase el acuerdo de disolución y cancélese la personalidad jurídica de la entidad denominada "Fundación Ángel Guarello" con domicilio en la provincia de Santiago y personalidad jurídica concedida por decreto de Justicia N° 4.573, de 4 de octubre de 1953, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 24 de agosto de 2011, otorgada ante el Notario Público de Santiago, Raúl Iván Perfy Pefaur.
2.- Destínanse los bienes y el patrimonio de la entidad a la "Asociación de Egresados de Ingeniería Química de la Universidad Católica de Valparaíso" y/o a la "Fundación Futuro Emprendedor".
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolitana y al Gobernador Provincial respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
4.- Déjase sin efecto decreto supremo N° 765, de 14 de noviembre de 2012, por no haber sido totalmente tramitado.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Patricia Pérez Goldberg, Ministra de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Juan Ignacio Piña Rochefort, Subsecretario de Justicia.




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