GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL "JESúS NUESTRO SALVADOR"
Hugo Patricio Monroy Foix, Notario Público Titular Casablanca, con oficio en calle Constitución número 380, Casablanca, certifico que en Asamblea de fecha 20 de agosto del año 2012, cuya acta fue reducida a escritura pública ante mí, con fecha 25 de septiembre de 2012, se constituyó la entidad religiosa de derecho público de conformidad ley 19.638 y su reglamento, DS del Ministerio de Justicia N° 303 de 2000, cuyo nombre es: Iglesia Evangélica Pentecostal "Jesús Nuestro Salvador", la cual se extracta a continuación: Nombre: Iglesia Evangélica Pentecostal "Jesús Nuestro Salvador". Domicilio: Leiva Amor N° 486, Casablanca. Inscrita en el Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia, bajo el N° 2859, de 5 de diciembre de 2012. Nombre de los constituyentes: Graciela del Carmen Catalán Catalán, Miguel Enrique Orozco Pérez, Pedro Antonio Araya Carreño, Luisa Amalia Bustos Lizama, Manuel Evaristo Lagos Álvarez, Manuel Clorindo Santis Arriaza, Juan Manuel Vega Vega, Ernesto del Carmen García García, María Constancia Arancibia González, Gloria del Carmen Soto Becerra, Miguel del Carmen Escárate Riquelme, María Jimena Gonzales Plaza, Manuel Octavio Valenzuela Cea, María Aidé Araya Díaz, Luis Armando Soto Becerra, Mireya Noris Llanos Vera, Luis Arturo Lillo Lillo, Yésica del Pilar Soto Becerra, Ana Rosa González Huerta, Efraín Enrique Romo Santis, Belisario Eugenio Olmos Aravena, Pedro Enrique Osorio Romero, Ingrid Laudeth Rojas Riffo, Miguel del Carmen Orozco Catalán, Miguel Ángel Araya Zúñiga, Juan Alberto Mena Añasco, Ruth Elizabeth Araya Bustos, Gina Elizabeth Reyes Álvarez, Berta Antonia Araya Bustos, Esteban Wladimiro Ulloa Pérez, Teresa Isabel Aravena Galaz, Victoria Mercedes Orozco Catalán, Anthony Richard Salazar Reyes, Carlos Rodrigo Orozco Catalán, Sandra Jimena Escárate González, Elizabeth Noemí Ulloa Pérez, Daniel Andrés Bustos Orozco, María Yohana Lagos Llanos, Cristóbal Fernando Cabello Garrido, Alexis Efraín Romo González, Purísima del Carmen Navarro Salas, Daniela Soledad Rojas Rojas, Erika Alejandra González Orozco, Miguel Ángel Romo González, Valeria Alejandra Flores Sandoval, Ignacio Fernando Olmedo Araya, Israel Salomón Araya Reyes, Aníbal Fernando Romo González, Ilith Mayerline Araya Araya, Claudio Andrés Benavides Olivares, Claudia del Carmen Castañeda Aguirre, Jonathan Miguel Araya Araya, Daniela Alejandra Romo González, Raisa Nicor Olmos Soto, Joao Zacarías Núñez Araya, Natalia Steffanía Herrera Álvarez, Esteban Felipe Ulloa Aravena, Cristopher Antonio Núñez Araya. Los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que la Iglesia profesa son: I) Creemos que la Santa Biblia es la única y suficiente norma a la que debe sujetarse todo juicio, toda creencia, toda conducta, toda organización, todo responsable. II) Creemos que las Escrituras enseñan que hay un único Dios viviente y verdadero, Espíritu infinito y eterno, Creador y árbitro supremo del cielo y de la tierra. III) Creemos que Jesucristo es Dios. Que en él se materializa la voluntad salvadora de Dios que en su misericordia desea la salvación de todo ser humano. Que murió en la cruz y resucitó al tercer día y ahora está a la diestra de Dios Padre. IV) Creemos que sin fe es imposible agradar a Dios y ser salvos. V) Creemos que el Espíritu Santo produce arrepentimiento y pone en marcha el proceso de santificación personal. VI) Creemos en una iglesia santa, gobernada por Jesucristo y compuesta por hombres y mujeres. VII) Creemos en el bautismo y lo administramos conforme a la enseñanza del Nuevo Testamento por inmersión y que este es requisito previo para formar parte de la Iglesia. VIII) Creemos en la Santa Cena de los creyentes bautizados. IX) Creemos en el mundo venidero y que se está acercando el fin del mundo desde que Jesucristo tras su resurrección ascendió a los cielos. X) Creemos en el contacto social: Visitar a los enfermos, a los encarcelados, a las viudas y demás. XI) Estamos dispuestos a ayudar y servir a la comunidad sin fines de lucro. XII) Negamos toda religión satánica. Los órganos de Administración de la Iglesia Evangélica Pentecostal "Jesús Nuestro Salvador", lo componen: 1) El Cuerpo Pastoral de la Iglesia: Presidida por el Pastor principal de la organización, la Pastora Principal, el Pastor Administrador, y los Pastores Adjuntos y Ministeriales, el cual su número de miembros será variable. El Cuerpo pastoral de la iglesia tiene como atribución la conducción espiritual de la Iglesia y sus miembros, velando por que la iglesia se mantenga fiel a las doctrinas cristianas que la Biblia establece, guarde su santidad para honrar a Dios y cumpla con la gran misión impuesta por Jesucristo. El desarrollo estratégico de la organización y la elaboración de los planes anuales de la iglesia, así como las estrategias de mediano y largo plazo. La aprobación de los planes de desarrollo y presupuestos de cada ministerio de la iglesia. La supervisión y aprobación de informes y balances financieros del ministerio de administración y finanzas. Pronunciarse como la instancia superior sobre medidas que afecten a los miembros, tales como: nombramientos de cargos, consagraciones al liderazgo y al pastorado, medidas disciplinarias y suspensiones o cancelaciones de la membresía de algún miembro, en conformidad a lo dispuesto por estos estatutos. B) El Cuerpo de Líderes Principales compuesto por doce hombres y doce mujeres que sean nombrados líderes principales por el Pastor y Pastora Principal de la Iglesia. Sus atribuciones son formar y desarrollar sus propias células y discípulos, y C) Los Ministerios Pastorales y de Servicios, compuestos por equipos de discípulos dirigidos por los líderes principales y pastores adjuntos, teniendo como atribuciones atender a las distintas necesidades que se produzcan en la Iglesia, el cumplimiento de los objetivos institucionales y las realidades particulares de sus miembros y su comunidad. Demás estipulaciones en acta de asamblea constitutiva y estatutos, reducidos a escritura pública, con fecha veinticinco de septiembre de dos mil doce, ante el Notario Público Titular de Casablanca, don Hugo Patricio Monroy Foix. Casablanca, 2 de septiembre de 2013.




VolverTamaño de Fuente