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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


IGLESIA CRISTIANA LA PEÑA DE HOREB
Myriam Sánchez Sepúlveda, abogado, Notario Público Titular de Coronel, Sotomayor 520, certifica: Por acta de fundación y aprobación de estatutos, reducida a Escritura Pública de fecha 16 de abril de 2013 y Escritura de Complementación de fecha 1 de agosto de 2013, ambas otorgadas ante mi suplente Mariana Cabezas Figueroa, se constituyó la entidad religiosa de Derecho Público denominada "Iglesia Cristiana La Peña de Horeb" bajo ley 19.638, con domicilio en calle Regumilla número cinco mil quinientos ochenta y seis, Villa La Posada de la comuna de Coronel Región del Biobío, República de Chile, inscrita bajo el N° 2974 del 8 de mayo de 2013. Constituyentes: Zacarías Álvarez Cisternas, Ada Ester Aravena Ruiz, Hugo Iván Daza Vira, Rosa Elvira Sánchez Carrasco, Cristian Marcelo Torres Molina, Viviana Andrea Gutiérrez Riquelme, Cristian Andrés Álvarez Chávez, Yennifer Andrea Sáez Sánchez, Sergio Iván Parra Stuardo, Ruth Natalia Carrillo Venegas, Carola Estrella Álvarez Aravena, Vanessa Alexandra Daza Sánchez. Objetivo: Extender Evangelio de Dios en público o privado, basados en Santa Biblia, rescatar al ser humano integralmente y restituirlo para ser útil a la sociedad y prepararlo para la 2ª Venida de Jesucristo, aceptando el Credo Apostólico en todas sus partes. Para cumplir objetivos usarán radio, TV, computación, prensa, construyendo Templos, institutos, escuelas, centros humanitarios, de beneficencia, vinculándose con entidades afines, del Estado, extranjeras. Miembros: Ilimitados, ingreso libre y voluntario hombre o mujer: Pastores, Evangelistas, Misioneros y Congregacional: Hermanos activos y pasivos. Pastores oficiarán todos los actos propios de la entidad, Bautismo, Presentaciones de Niños, Santa Cena y Matrimonios. Derecho a voz y voto y ser elegidos. La Congregación asiste a Asambleas con derecho a voz. Los órganos de la administración son: Las Asambleas Generales es la máxima autoridad de la entidad, Directorio: Duran dos años, dirigen a la entidad, citan a Asambleas, dan cuenta de la marcha y finanzas; administran y velan por la marcha de la entidad. Pueden ser reelegidos, su Presidente es representante legal, otros órganos administrativos son la comisión revisadora de cuentas y las entidades con personalidad jurídica propia. Asambleas serán Ordinarias mínimo dos cada año y Extraordinarias cuando sean necesarias. Patrimonio: Lo componen rentas de bienes propios, cuotas, ofrendas, donaciones y herencias, legados nacionales o extranjeros. Modificaciones: De Estatutos o extinción sólo en Asamblea General Extraordinaria. Coronel, 10 de septiembre de 2013.




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