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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVO AMANECER. IGLESIA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO
Armando Arancibia Calderón, Notario Público La Cisterna, Gran Avenida J.M. Carrera 6988, complementa extracto de 8 julio 2013, autorizado por mi suplente, Marcela Andrea Medina Ricci, de reducción a escritura pública, Acta de Constitución y Aprobación Estatutos de la Persona Jurídica de Derecho Público "Ministerio Pentecostés Nuevo Amanecer. Iglesia Casa de Dios Puerta del Cielo", inscrita Registro Público N° 2991, de 30 mayo 2013, publicado Diario Oficial 30 agosto 2013. Complementa: 1) Acta reducida corresponde Asamblea de 22 mayo 2013. 2) Órganos administración y atribuciones: A) Ministerio dirigido por Directorio de 9 miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y 5 Directores. Atribuciones: Dirigir Ministerio y velar por su recta administración. B) Conferencia Anual: dos funciones, Espiritual y Administrativa. Objetivo principal: Impartir normas generales de doctrina, actividades, funciones de los Pastores y demás autoridades de las Iglesias. Designar Pastores presentados por el Directorio, imponer sanciones a un Pastor en el informe de Directorio y elegir a los candidatos de Presidente, Vice-Presidente, Tesorero, Secretario y los cinco directores cuando corresponda. Constituyen Conferencia Anual: Obispo, Presbíteros, Pastores, Diáconos, Oficiales y Directorio del Ministerio, quienes serán nombrados por el Directorio. C) Juntas Generales: Ordinarias y Extraordinarias del Directorio. Las primeras se celebrarán una vez al año, en lugar y fecha de celebración de Conferencia Anual y donde el Directorio lo haya acordado, y tienen por objeto resolver todo lo concerniente a la administración y disposición de bienes del Ministerio e impartir normas de carácter general sobre la situación económica y financiera de Iglesia. Además, cualquier asunto de orden temporal relacionado con el Ministerio. Juntas Extraordinarias se celebrarán cuando Directorio lo estime conveniente a propuesta del Presidente. D) Comisión Revisora de Cuentas: Designada por Conferencia Anual, compuesta por 3 integrantes, que serán nombrados por Directorio, con obligaciones y atribuciones: a) Revisar trimestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingreso que el Tesorero debe exhibirle; b) Informar al Directorio sobre el funcionamiento de la Tesorería y el estado de las finanzas y dar cuenta de cualquier irregularidad que notare para que se adopten de inmediato las medidas que correspondan, a fin de evitar daños al patrimonio del Ministerio; c) Elevar a la asamblea general anual un informe escrito sobre las finanzas de la entidad, sobre la forma que se ha llevado la Tesorería durante el año y sobre el balance que el Tesorero confeccione del ejercicio anual, recomendando a la asamblea aprobación o rechazo del mismo. E) Comisión de Orden, Ascenso y Disciplina: Compuesta de 3 miembros, elegidos por Directorio, durarán 2 años en funciones, reelegibles en forma indefinida. Facultada para investigar en caso problemas graves y urgentes, y establecidos hechos por mayoría de sus integrantes, informará a Presidente Directorio, para medidas procedentes. La Cisterna, 3 octubre 2013.




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