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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2013


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
IGLESIA BÍBLICA BAUTISTA DE PUERTO MONTT
Hernán Tike Carrasco, Notario Público Titular Puerto Montt, Urmeneta 414, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2006, otorgada ante Notario Suplente doña Claudia Brahm Bahamonde, Ernesto Manuel González Barría, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 9.635.064-3, domiciliado en esta ciudad, calle Concepción 120, oficina 403, redujo acta de la Corporación Iglesia Bíblica Bautista de Puerto Montt, efectuada en asamblea de fecha 30 de abril de 2006. Su domicilio principal es en Seminario N° 217, de Puerto Montt. Los constituyentes fueron: Louis Stephen Long; Kathleen Elizabeth Long; Héctor Hugo Reyes Eugenio; Elsa Edit Cárcamo Ríos; Pedro Enrique Oyarzún Oyarzún; María Elisa Rodríguez Miranda; Loyda Ruth Landabur Leiva; Humberto Alejandro Espinoza Sánchez; José Roberto Coñuecar Aguilar; Mirtha Cárcamo Ríos; Mirna Isabel Miquel Alcázar; Víctor Hugo Gómez Macías; Corina Soledad Chávez Zurita; Pedro Faisal Sade Álvarez y José Audiel Llancaman Aburto. Elementos esenciales y fundamentos y principios en que se sustenta están dados en regirse por mandamiento de la Biblia, por cuanto considera como Palabra de Dios y objeto será propagación de fe cristiana a través de promoción Culto Bautista conforme Sagradas Escrituras Antiguo y Nuevo Testamento, teniendo prioridad creencia Jesucristo como Salvador personal por gracia y fe y no por obras, según Biblia Efesios 2:8 y 9; así como creación y mantenimiento misiones obras beneficio social, como establecimientos educacionales, asilos, iglesias, orfanatos, policlínicos, institutos teológicos y de toda índole relativa a fines propios. Tendrá domicilio en Puerto Montt y duración indefinida. Administración ejercerá Directorio, presidido por Pastor y compuesto 4 personas con facultades para: a) Dirigir iglesia y administrar sus bienes; b) Citar Asambleas Generales iglesia, ordinarias y extraordinarias, en casos y formas Estatutos indica; c) Elaborar y someter aprobación Asamblea General reglamentos y proyectos sea necesario dictar y ejecutar para funcionamiento iglesia; d) Preparar y someter aprobación Asamblea General balance anual; e) Tomar conocimiento y aprobar ingresos y egresos fondos iglesia; f) Ejecutar acuerdos sobre adquisición, enajenación y gravamen bienes inmuebles entidad; g) Nombrar o contratar personal, fijar remuneración, responsabilidades, deberes, atribuciones y derechos; h) Nombrar comisiones, reglamentar funcionamiento y aceptar renuncia comisionados, designando reemplazantes; i) Conceder licencias a Directores y demás miembros iglesia; j) Otorgar poderes especiales, apoderados no miembros iglesia, en especial a quienes presten servicios profesionales; k) General velar cumplimiento y observancia Estatutos. 2) Por escritura pública fecha 21 agosto 2006, ante doña Claudia Brahm Bahamonde, Notario Suplente del titular don Hernán Tike Carrasco, con domicilio en calle Urmeneta número cuatrocientos catorce, de Puerto Montt, se rectificó Estatutos sentido eliminar palabra Corporación, dejando denominación Iglesia Bíblica Bautista de Puerto Montt, complementar información relativa Culto Bautista y agregar artículo indicando que documentos institución estarán en domicilio principal a disposición interesados. 3) Por escritura pública fecha 7 marzo 2007, ante don Hernán Tike Carrasco, Notario Titular de Puerto Montt, con domicilio en calle Urmeneta número cuatrocientos catorce, de Puerto Montt, ante mí, se rectificó Estatutos sentido eliminar palabra Corporación, dejando denominación Iglesia Bíblica Bautista de Puerto Montt en todo el estatuto, complementar información relativa Culto Bautista y agregar artículo indicando que documentos institución estarán en domicilio principal a disposición interesados. 4) El Registro de la Iglesia Bíblica Bautista de Puerto Montt fue efectuado 15 septiembre 2006 bajo número 01276 en Registro Público perteneciente Ministerio Justicia. Demás estipulaciones escrituras extractadas. Para todos los efectos legales esta persona jurídica tiene un patrimonio inferior a cinco mil unidades de fomento.- Puerto Montt, 21 noviembre 2013.




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